RESOLUCIÓN 757 2023 SECRETARIA DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Síntesis:

MODIFICA - ARTÍCULO 1° - RESOLUCIÓN N° 261/SECTOP/2023 - REQUERIMIENTOS DE LAS SOLICITUDES Y CONDICIONES DE INSTALACIÓN DE BICICLETEROS - ESTABLECE CONDICIONES UNIFORMES Y SEGURAS PARA EL ESTACIONAMIENTO DE LOS CICLORODADOS - ASEGURA UN CORRECTO USO DE LA INFRAESTRUCTURA EN CUESTIÓN - A COSTO Y CARGO DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - SECRETARIA DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

Publicación:

06/12/2023

Sanción:

01/12/2023

Organismo:

SECRETARIA DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS


VISTO: Las Leyes Nros. 2.148 (Texto consolidado por Ley N° 6.588), 2.930, 5.651,

6.292 y sus respectivas normas modificatorias y reglamentarias, los Decretos Nros

429/13 y 463/19 y sus modificatorios, la Resolución N° 261/SECTOP/2023, y el

Expediente N° EX-2023-10788803-GCABA- DGPUE, y

CONSIDERANDO:

Que, el Plan de Movilidad Sustentable, implementado por parte del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es un marco de acción traducido en un programa

cuyo propósito es guiar la política de movilidad en el mediano plazo, con una

planificación orientada hacia la accesibilidad, equidad y sustentabilidad;

Que, la Ciudad asumió ambiciosos compromisos en materia ambiental, con el objetivo

de ser una Ciudad innovadora, baja en carbono, resiliente e inclusiva para el año

2050, y que en ese marco se elaboraron acciones que conforman el Plan de Acción

Climática (PAC) 2050 donde se destacan metas en materia de movilidad sustentable,

a mediano y largo plazo;

Que, dentro del citado compromiso, se plantearon acciones como la expansión de la

red de ciclovías hacia barrios y áreas metropolitanas; la ampliación del sistema público

de bicicletas y de la red de estacionamiento de las mismas; la mejora en la

intermodalidad entre bicicleta y transporte público; el fomento de planes de movilidad

sostenible en empresas, entre otras;

Que, los bicicleteros como parte de la infraestructura de estacionamiento de bicicletas,

resultan indispensables en la implementación, expansión y promoción del uso de la

bicicleta como medio de transporte eficiente e inclusivo, ecológico y saludable.

Asimismo, se ha observado que instalar tales elementos facilita y promueve el uso de

la misma;

Que, mediante Decreto N° 463/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura

orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Secretaría de Transporte y Obras

Públicas como dependiente de Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que, la Secretaría de Transporte y Obras Públicas tiene a su cargo la Subsecretaría

de Gestión de la Movilidad, la Subsecretaría de Obras y la Subsecretaría de

Planificación de la Movilidad;

Que, dentro de la descripción de las responsabilidades primarias de la Subsecretaría

de Planificación de la Movilidad se encuentran la de planificar, implementar y evaluar

proyectos de transporte y tránsito y/o programas y servicios que mejoren la movilidad,

la circulación y el tránsito en la Ciudad de Buenos Aires; promover políticas para

fomentar el uso de la bicicleta, movilidad peatonal y otros medios de transporte no

motorizados como medios de transporte ecológico, saludable, rápido y económico,

entre otras;

Que, mediante el citado Decreto, se contempló dentro la órbita de dicha Subsecretaría

a la Dirección General Planificación, Uso y Evaluación, cuyas principales misiones y

funciones son las de propiciar la normativa para el ordenamiento del tránsito y los

distintos medios de transporte públicos y privados, en consonancia con los

lineamientos derivados de la planificación del sector, realizar el planeamiento

estratégico de la red de ciclovías y bicisendas, en vinculación con el resto del sistema

de transporte y realizar relevamientos de datos ligados a la movilidad y evaluar la

experiencia de los usuarios con respecto a los proyectos y servicios de transporte en

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre otras competencias asignadas;

Que, en consecuencia, y atento la necesidad de regular las pautas a seguir para los

requerimientos de las solicitudes y condiciones de instalación de bicicleteros a costo y

cargo de esta Administración, y a fin de establecer condiciones uniformes y seguras

para el estacionamiento de los ciclorodados, asegurando un correcto uso de la

infraestructura en cuestión, con fecha 3 de mayo del año 2023, esta Secretaría de

Transporte y Obras Públicas dictó la Resolución N° 261/SECTOP/2023;

Que por dicha Resolución se aprobaron los requisitos de presentación para la solicitud

de bicicleteros a costo y cargo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

así como el procedimiento administrativo para disponer la instalación de los mismos;

Que, en su Anexo -IF-2023-10792671-GCABA-DGPUE- apartado B. se establece el

procedimiento administrativo para el análisis de las solicitudes de bicicletero, siendo la

Dirección General Planificación, Uso y Evaluación quien tiene a su cargo el análisis

técnico de las solicitudes de bicicleteros a costo y cargo del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, recibidas mediante la Plataforma de Tramitación a

Distancia "TAD", que a su vez, en caso de corresponder, solicita a la Dirección

General de Infraestructura del Transporte, perteneciente a la Subsecretaría de Obras,

la ejecución de las obras que fueren necesarias para la instalación de bicicleteros, en

función de las condiciones de disponibilidad del área;

Que, para el caso de solicitudes que requieran instalación de bicicleteros en la

calzada, toma intervención previa la Dirección General Gestión de Servicios de la

Movilidad, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad, la cual,

mediante su Gerencia Operativa de Estacionamiento Ordenado y Regulación del

Cordón, efectúa el análisis de las implicancias que el emplazamiento sobre calzada

generaría sobre el estacionamiento y la regulación del cordón;

Que posteriormente, y como instancia previa a la instalación de los mencionados

bicicleteros se consideró oportuno y conveniente que tomen intervención la Dirección

General Obras en Vías Peatonales, el Ente de Mantenimiento Urbano Integral

dependientes de la Subsecretaría de Mantenimiento Urbano, del Ministerio de Espacio

Público e Higiene Urbana, como también la Subsecretaría de Gestión Comunal, o a las

reparticiones que en el futuro las reemplacen;

Que, en consecuencia, resulta necesario modificar el Anexo -IF-2023-10792671-

GCABA-DGPUE- y dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 463/2019 y sus

modificatorios,

LA SECRETARIA DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Modificar el Artículo 1° de la Resolución N° 261/SECTOP/2023, el que

quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 1°.- Aprobar los requisitos de

presentación para la solicitud de bicicleteros a costo y cargo del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires así como el procedimiento administrativo para disponer su

instalación que, como Anexo (IF-2023-42474295-GCABA-DGPUE), forma parte

integrante de la presente."

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese al Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, a la Dirección

General Obras en Vías Peatonales, a la Secretaría de Desarrollo Urbano, a la

Subsecretaría de Gestión de la Movilidad, a la Subsecretaría de Obras, a la

Subsecretaría de Planificación de la Movilidad, a la Subsecretaría de Gestión

Comunal, y al Ente de Mantenimiento Urbano Integral. Cumplido, archívese. López

Menéndez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6763

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 757/SECTOP/23 modifica el Artículo 1º de la Resolución N° 261/SECTOP/2023. </p>