DECRETO 441 2023

Síntesis:

APRUEBA REGLAMENTACIÓN - DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA N° 3/23 - CREACION - RÉGIMEN ESPECIAL DE SUBSIDIOS PARA DAMNIFICADOS - CATÁSTROFE METEOROLÓGICA EXTRAORDINARIA OCURRIDA EL 17 DE DICIEMBRE DE 2023 -  EN EL ÁMBITO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Publicación:

20/12/2023

Sanción:

19/12/2023

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 3/23 y el Expediente N° 46646155-

GCABA-SECGVC/23, y

CONSIDERANDO:

Que en atención a la catástrofe meteorológica extraordinaria acontecida en la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires el 17 de diciembre de 2023, se estableció mediante

Decreto de Necesidad y Urgencia N° 3/23 un Régimen Especial de Subsidios;

Que dicha norma prevé el otorgamiento de subsidios para los vecinos y las vecinas

damnificados/as por el fenómeno climático antedicho, en relación a bienes inmuebles y

automotores radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que hubieran sufrido

daños en ocasión del mencionado fenómeno;

Que por lo expuesto, resulta necesario proceder a la reglamentación del Decreto de

Necesidad y Urgencia 3/23 a los fines de establecer los mecanismos de

implementación que efectivicen los beneficios comprendidos en el Régimen de

Subsidios allí establecidos;

Que con el objeto de agilizar los procedimientos la Autoridad de Aplicación deberá

aprobar el procedimiento administrativo necesario, como así también dictar las normas

complementarias, interpretativas y operativas correspondientes;

Que atento lo expuesto resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Aprobar la reglamentación del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 3/23

que como Anexo I (IF-2023-46652975-GCABA-SECGVC) forma parte integrante del

presente Decreto.

Artículo 2°.- Autorizar a la Autoridad de Aplicación a aprobar el procedimiento

administrativo, y dictar las normas interpretativas, aclaratorias y reglamentarias

necesarias para la aplicación e implementación del Régimen Especial de Subsidios

creado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 3/23.

Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y Entes Descentralizados, para su

conocimiento y demás efectos, y remítase a la Secretaría de Gobierno y Vínculo

Ciudadano. Cumplido, archívese. MACRI - Grindetti


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6774

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 1/SECGVC/23, aprueba el Procedimiento Administrativo de Solicitud, Trámite y Otorgamiento de Subsidios del Régimen Especial de Subsidios para damnificados por la catástrofe meteorológica extraordinaria ocurrida el 17 de Diciembre 2023, según lo previsto por Decreto 441/23.</p>
REGLAMENTA
<p>Artículo 1° del Decreto N° 441/23 aprueba la reglamentación del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 3/23.</p>