RESOLUCIÓN 1 2023 SECRETARIA DE GOBIERNO Y VINCULO CIUDADANO
Síntesis:
APRUEBA - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE SOLICITUD TRÁMITE Y OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL RÉGIMEN ESPECIAL DE SUBSIDIOS - PARA DAMNIFICADOS POR LA CATÁSTROFE METEOROLÓGICA EXTRAORDINARIA OCURRIDA EL 17 DE DICIEMBRE DE 2023 - APRUEBA - ESQUEMA DE PONDERACIÓN DE VULNERABILIDAD SOCIAL Y DAÑOS VERIFICADOS EN INMUEBLES Y RODADOS - FACULTADES - SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS AL CIUDADANO - SECRETARÍA DE GOBIERNO Y VÍNCULO CIUDADANO
Publicación:
21/12/2023
Sanción:
21/12/2023
Organismo:
SECRETARIA DE GOBIERNO Y VINCULO CIUDADANO
VISTO: La Ley N° 6684/2023, el Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. N° 3/23, el
Decreto Reglamentario Nro. 441/23 y el Expediente N° 46646155-GCABA-
SECGVC/2023, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 6686 se sancionó la nueva Ley de Ministerios del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires contemplándose dentro de las Secretarías del
Poder Ejecutivo a la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano;
Que conforme la citada ley, le corresponde a esta Secretaría asistir al Jefe de
Gobierno en todo lo inherente a sus competencias tales como las de diseñar y
supervisar el sistema de atención y reclamos de los ciudadanos;
Que el fenómeno meteorológico acaecido con fecha 17 de diciembre de 2023 en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires derivó en importantes daños y pérdidas materiales
no sólo en el espacio público sino también en bienes de los vecinos y las vecinas;
Que, en virtud de lo expuesto, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 3/23
se creó el Régimen Especial de Subsidios para damnificados por la catástrofe
meteorológica extraordinaria referida, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, con el objeto de atender las necesidades originadas por los daños directos
ocasionados por los fuertes vientos registrados en la madrugada de la fecha
mencionada;
Que el Decreto N° 441/23, reglamentó el Decreto de Necesidad y Urgencia indicado
en el considerando precedente, y autorizó a la Autoridad de Aplicación a aprobar el
procedimiento administrativo, y dictar las normas interpretativas, aclaratorias y
reglamentarias necesarias para la aplicación e implementación del Régimen Especial
de Subsidios creado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 3/23;
Que conforme surge de la reglamentación, la Autoridad de Aplicación del Régimen
Especial de Subsidios es la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano;
Que con el objeto de establecer los lineamientos para la tramitación de las solicitudes
de los/as vecinos/as damnificados/as, en el marco del Régimen Especial de Subsidios,
y los parámetros correspondientes, de forma tal de evaluar y dar trámite a dichas
solicitudes, resulta oportuno proceder a la aprobación del Procedimiento Administrativo
correspondiente;
Que, atento lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto de Necesidad y Urgencia
N° 3/23 y el Decreto Reglamentario N° 441/23,
Artículo 1°.- Aprobar el Procedimiento Administrativo de Solicitud, Trámite y
Otorgamiento de Subsidios del Régimen Especial de Subsidios para damnificados por
la catástrofe meteorológica extraordinaria ocurrida el 17 de diciembre de 2023, en el
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que como Anexo I ( IF-2023-
46788612-GCABA-SECGVC) forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Aprobar el Esquema de Ponderación de Vulnerabilidad Social y Daños
verificados en inmuebles y rodados que como Anexo II (IF-2023-46788560-GCABA-
SECGVC) forma parte integrante de la presente.
Aprobar 3°.- Encomendar a la Subsecretaría de Servicios al Ciudadano, dependiente
de esta Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano, la facultad para otorgar o
denegar la solicitud de los subsidios del Régimen Especial de Subsidios creado por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 3/23.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su
conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Subsecretaría Servicios al
Ciudadano, a la Dirección General Atención Ciudadana y Servicios Desconcentrados,
a la Dirección General de Flota Automotor y al Instituto de la Vivienda de la Ciudad.
Cumplido, archívese. Torres