DECRETO 731 2000

Síntesis:

DELEGA EN EL SEÑOR SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS LA FACULTAD DE OTORGAR PERMISOS PRECARIOS PARA OCUPAR EL SUBSUELO DE LA VIA PÚBLICA PARA EL TENDIDO DE REDES SUBTERRANEAS

Publicación:

02/06/2000

Sanción:

22/05/2000

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto la Ordenanza N° 45.892, y

CONSIDERANDO:

Que dicha ordenanza contempla el régimen al que deberá someterse toda persona pública o privada que, en razón de su actividad, deba realizar una o varias aperturas o roturas, de calzada, de vereda, cordón o calle por cualquier motivo;

Que por Decreto N° 507-95 se establece la Metodología para la obtención de Permisos de Apertura de la Vía Pública;

Que a fin de agilizar las gestiones resulta conveniente delegar la competencia para otorgar permisos para ocupar el subsuelo de la vía pública hasta cinco años, como así también para determinar las condiciones a la que los mismos deberán sujetarse, en el señor Secretario de Obras y Servicios Públicos;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias conforme artículos 102 y 104 inc. 23) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° Delégase en el señor Secretario de Obras y Servicios Públicos la competencia para otorgar permisos precarios hasta cinco años, sujetos a revocación, sin derecho a reclamo o indemnización alguna, para ocupar el subsuelo de la vía pública para el tendido de redes subterráneas.

Art. 2° Delégase en el señor Secretario de Obras y Servicios Públicos la competencia para determinar las condiciones a las que deberán sujetarse dichos permisos.

Art. 3° El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Obras y Servicios Públicos y de Hacienda y Finanzas.

Art. 4° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial, y remítase a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos . Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Arts. 1 y 2 Dto. 731-00 Mod. Art. 9 Ord. 45892. SOYSP; Autoridad de Aplicación; Facultades; Competencias.