RESOLUCIÓN 1291 2005 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Síntesis:
FIJA LA FECHA DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE PATENTES VEHICULARES - REGISTRO NACIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y CRÉDITOS PRENDARIOS - GRANDES CONTRIBUYENTES - VEHÍCULOS EN GENERAL - PAGO DE CUOTAS
Publicación:
06/05/2005
Sanción:
27/04/2005
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Visto que los vehículos dados de alta (0 Km. y alta por cambio de radicación) ante el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios, incluidos los adheridos al sistema de grandes contribuyentes, hasta el 31/12/04, ingresados al sistema informático con posterioridad a la fecha de cierre del ingreso de novedades al padrón, 22/12/04, y presentados ante esta Dirección General hasta el 31/12/04, inclusive, y no fueron comprendidos en la primera emisión general de patentes sobre vehículos en general para el período fiscal 2005, ni se generaron los débitos correspondientes, para el pago del tributo anual o de las cuotas 1, 2 y 12 del corriente ejercicio y,
CONSIDERANDO:
Que para facilitar el pago del tributo es necesario efectuar una emisión suplementaria;
Que en consecuencia, debe establecerse una fecha especial de vencimiento para este universo de contribuyentes respecto de la cuota 12 (pago anual con descuento), 1, 2 del período fiscal 2005;
Que por razones operativas hacen recomendable fijar como fecha de vencimiento 20/5/05 para las cuotas 12, 1 y 2/05;
Que la Dirección General de Rentas posee las facultades para determinar el precitado vencimiento, otorgadas por el art. 25 de la Resolución N° 3.247-SHyF/04;
Por ello, en ejercicio de las facultades mencionadas,
Artículo 1° - Establécese el 20/5/05 como fecha de vencimiento para el pago de las cuotas 12, 01 y 2/05 de patentes sobre vehículos en general para todos los dominios, inclusive, los adheridos al sistema de grandes contribuyentes, para los vehículos dados de alta (0Km y cambio de radicación) ante el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios hasta el 31/12/04, inclusive, e ingresados al sistema informatizado con posterioridad a la fecha de cierre del ingreso de novedades al padrón, 22/12/04 y presentados ante esta Dirección General, por el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios, hasta el 31/12/04, inclusive.
Artículo 2° - Ratifícase el vencimiento establecido por la Resolución N° 3.247-SHyF/04 para el pago de la cuota 3 de 2005.
Artículo 3° - Si la fecha fijada en el artículo 1° resultara día no laborable para la administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o entidades bancarias, el vencimiento se producirá el primer día hábil siguiente.
Articulo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, y para su conocimiento hágase saber a las distintas dependencias de esta Dirección General y al Banco Ciudad de Buenos Aires.