DECRETO 96 2024
Síntesis:
MODIFICA - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - OBJETIVOS - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - PROCURACIÓN GENERAL - CIUDAD DE BUENOS AIRES - VIGENCIA: PARTIR DEL 1 DE FEBRERO DE 2024
Publicación:
08/02/2024
Sanción:
07/02/2024
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 1218 (texto consolidado por Ley N° 6588), los Decretos N° 298/06,
N° 400/17 y su modificatorio N° 116/22, N° 387/23 y modificatorios, el Expediente
Electrónico N° 06435456-GCABA- DGTALPG /24, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 1218 establece las competencias e integración de la Procuración
General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante Decreto N° 400/17 y su modificatorio N° 116/22, se aprobó la estructura
orgánico funcional de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 387/23, se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder
Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Procuración
General de la Ciudad de Buenos Aires como Organismo Fuera de Nivel bajo la órbita
de la Jefatura de Gobierno;
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico, creando nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras
orgánico funcionales;
Que en virtud de la experiencia de la gestión de gobierno, es menester realizar
diversas modificaciones en la estructura organizativa de la Procuración General de la
Ciudad de Buenos Aires, a los fines de viabilizar un mejor desarrollo técnico-operativo
y una mayor eficiencia de sus competencias;
Que a su vez, corresponde establecer que, hasta tanto se apruebe la nueva estructura
organizativa correspondiente a las unidades de conducción superior o nivel gerencial
de la Procuración General de la Ciudad, se mantendrá vigente la estructura aprobada
para tales unidades por el Decreto N° 400/17 y su modificatorio 116/22;
Que, asimismo, corresponde facultar al Procurador General de la Ciudad a efectuar las
designaciones transitorias para cubrir los cargos de conducción superior, hasta tanto
se realicen organicen los concursos correspondientes, de conformidad a lo establecido
previstos en el artículo 26 de la Ley N° 1.218;
Que, en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modificar, a partir del 1 de febrero de 2024, la estructura organizativa de la
Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, quedando modificados
parcialmente el Decreto N° 400/17 y su modificatorio N° 116/22 y el Decreto N°
387/23, de acuerdo con los Anexos I (IF-2024-06521104-GCABA-PG) (Organigrama) y
II (IF-2024-06528440-GCABA-PG) (Responsabilidades Primarias), los que a todos sus
efectos forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.- Establecer que, hasta tanto se apruebe la nueva estructura organizativa
correspondiente a los niveles de las unidades de conducción superior o nivel gerencial
de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, se mantendrá vigente la
estructura aprobada para tales unidades por el Decreto N° 400/17 y su modificatorio
N° 116/22.
Artículo 3°.- Modificar los objetivos de la Procuración General de la Ciudad de Buenos
Aires.
Artículo 4°.- Modificar la denominación y las responsabilidades primarias de la
Procuración General Adjunta Asuntos Fiscales y Responsabilidad Estatal y de la
Procuración General Adjunta Asuntos Institucionales y Empleo Público, las que
pasarán a denominarse Procuración General Adjunta Dictámenes y Procuración
General Adjunta Asuntos Judiciales, respectivamente, de la Procuración General de la
Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 5°.- Suprimir la Dirección General Responsabilidad y Contrataciones y la
Dirección General Asuntos Tributarios y Recursos Fiscales, ambas dependientes de la
entonces Procuración General Adjunta Asuntos Fiscales y Responsabilidad Estatal y la
Dirección General Asuntos Institucionales y Patrimoniales y la Dirección General
Empleo Público, ambas dependientes de la entonces Procuración General Adjunta
Asuntos Institucionales y Empleo Público, de la Procuración General de la Ciudad de
Buenos Aires.
Artículo 6°.- Crear la Dirección General Dictámenes y Litigios Complejos dependiente
de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 7°.- Crear la Dirección General Asuntos Judiciales Generales, la Dirección
General Asuntos Judiciales Tributarios y Fiscales, y la Dirección General Asuntos
Judiciales del Empleo Público, todas dependientes de la Procuración General Adjunta
Asuntos Judiciales de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 8°.- Crear la Dirección General Dictámenes dependiente de la Procuración
General Adjunta Dictámenes de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 9°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal dependiente de la Procuración General de la Ciudad de Buenos
Aires.
Artículo 10°.- Modificar las responsabilidades primarias y la dependencia de la
Dirección General Asuntos Comunales y del Espacio Público, la que pasará a
depender de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 11.- Modificar las responsabilidades primarias y la dependencia de la
Dirección General Sumarios, la que pasará a depender de la Procuración General
Adjunta Dictámenes de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 12.- Facultar al Procurador General de la Ciudad a efectuar las designaciones
transitorias para cubrir los cargos de conducción superior hasta tanto se realicen los
concursos correspondientes, de conformidad con lo establecido en el artículo 26 de la
Ley N° 1.218.
Artículo 13.- Derogar el Decreto N° 298/06.
Artículo 14.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento al presente Decreto.
Artículo 15.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y
Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 16.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones
Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de
Haberes, y Desarrollo del Servicio Civil todas dependientes del Ministerio de Hacienda
y Finanzas. Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Procuración General
de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. MACRI - Arengo Piragine -
Grindetti