DECRETO 298 2006

Síntesis:

MODIFICA LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA PROCURACIÓN GENERAL DE LA CIUDAD - CREA LA UNIDAD DE ADITORÍA INTERNA DE LA PROCURACIÓN GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL DE SUMARIOS - UNIDADES ORGÁNICAS DE CONDUCCIÓN DE LA PROCURACIÓN GENERAL - SUPRIME LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL INTERNO

Publicación:

31/03/2006

Sanción:

17/03/2006

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


Visto la Ley N° 1.218 y los Decretos Nros. 12/96, 2.696/03, 220/04, 305/04, 1.641/04, 2.043/04, 1.370/01 y 791/03, y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 1.218 que regula el funcionamiento de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires determina en su artículo 2° que el citado organismo constitucional se encuentra integrado por el/la Procurador/a General, hasta dos Procuradores/as Generales Adjuntos/as, funcionarios con jerarquía de Director/a General, los/as miembros del plantel de abogados/as de la Procuración General y los/as consultores/as técnicos/as, auxiliares técnicos-jurídicos, operativos/as y demás personal de apoyo;

Que, asimismo, la Ley N° 1.218 estableció que a partir de su entrada en vigencia el mecanismo para el ingreso al organismo es a través del régimen de concurso de antecedentes y oposición para cubrir vacantes y cargos en el organismo, y los requisitos para la integración del Tribunal; cuando se trate del cuerpo de abogados;

Que, por el Decreto N° 220/04 y sus modificatorios Nros. 305/04 y 2.043/04 se aprobó la estructura organizativa de la Procuración General de la Ciudad en los términos de la ley citada, en sus primeros niveles de conducción, a fin de adecuarla a los lineamientos de la citada ley;

Que, por su lado, mediante Decreto N° 1.641/04, se encomendó la creación y puesta en funcionamiento de las Unidades de Auditoría Interna, a los titulares de las jurisdicciones o entidades dependientes del Poder Ejecutivo, en los casos en que no estuviesen constituidas;

Que, por ese mismo decreto se estableció que la Unidad de Auditoría Interna dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete tiene a su cargo el control de las actividades desarrolladas en dicha Secretaría y en el Área Jefe de Gobierno;

Que, teniendo en cuenta las especificidades propias del órgano Procuración General en cuanto a las funciones a su cargo y a la forma diferenciada de ejecución del presupuesto asignado (no sólo para su propio funcionamiento, sino para atender erogaciones judiciales correspondientes a las distintas áreas del Gobierno), resulta necesario que dicho organismo cuente con su propia Unidad de Auditoría Interna que tenga a su cargo, no sólo el control financiero, sino además, el control de gestión de las distintas áreas que la conforman;

Que en este contexto, el control inmediato en el desempeño de los mandatarios y la relación con el área de patrocinio debe ser coincidente para facilitar el control integral de la gestión;

Que, atento lo expuesto, es pertinente adecuar la estructura de la Procuración General, creando, asimismo, los niveles de conducción superior: dirección y departamento, asignándoles sus acciones de conformidad con las actuales necesidades de servicio;

Que hasta tanto se sustancien los concursos para cubrir los cargos que por el presente decreto se crean, se faculta a la Procuradora General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a cubrir interinamente los mismos, con personal de planta permanente, perteneciente al escalafón de la Procuración General;

Que en esta instancia, y toda vez que por el presente decreto se adecua la estructura orgánica incluyendo los niveles de conducción superior resulta pertinente, conforme lo establece la Ley N° 1.218, determinar la dotación del organismo, circunstancia que permite impulsar el proceso de selección para la cobertura de las vacantes existentes en la Procuración General de acuerdo con el art. 24 y la cláusula transitoria cuarta del Escalafón de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, por otra parte, la ausencia de estructura orgánica a partir del Decreto N° 12/96 y la dinámica de funcionamiento del organismo provocaron sucesivas y superpuestas designaciones y limitaciones de responsabilidad que, de mantenerse conspiran contra el proceso de institucionalización que se inicia con la creación de la Procuración General con rango constitucional de organismo de control (art. 134 de la Constitución de la Ciudad) y la Ley N° 1.218;

Que en mérito a lo expuesto, corresponde dejar sin efecto las designaciones y asignaciones de funciones que se hubieren efectuado al personal en niveles de sección, división, departamento y dirección, en la Procuración General;

Que, por otra parte, esta medida no causa perjuicio alguno, toda vez que a los agentes que resulten alcanzados por la medida les será aplicable la cláusula transitoria sexta del Escalafón de la Procuración General (Resolución N° 1.960-SHyF-PG/05);

Que, en concordancia con lo expuesto respecto a cualidades propias de la Procuración General, corresponde equiparar a la Dirección General Técnica Administrativa de esa repartición con las Direcciones Generales Técnicas Administrativas y Legales del Poder Ejecutivo en lo que atañe a las asignaciones de competencia que versan en los Decretos Nros. 1.370/01 y 791/03;

Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los arts. 102 y 104, inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Modifícase la estructura organizativa de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de conformidad con lo establecido en el presente decreto.

Artículo 2° - Sustitúyense los Anexos I/3 (Organigrama) y II/3 (Objetivos y Responsabilidad Primaria) del Decreto N° 2.696/03 y sus modificatorios Nros. 220/04, 305/04, y 2.043/04, por los que como Anexos forman parte del presente decreto.

Artículo 3° - Créase la Unidad de Auditoría Interna de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, y apruébanse sus responsabilidades primarias. Exclúyese al/la Auditor/a Interno/a y al/la Auditor/a Interno/a Adjunto/a de los beneficios del Decreto N° 2.147-MCBA/84 y modificatorios y por consiguiente, de la asignación Ordenanza N° 42.924.

Artículo 4° - Créase la Dirección General de Sumarios con dependencia directa de la Procuración General, y apruébanse sus responsabilidades primarias.

Artículo 5° - Suprímese la Dirección General de Control Interno y transfiérese su personal, patrimonio y presupuesto a las Direcciones Generales de Sumarios, de Asuntos Tributarios y Recursos Fiscales, Técnica Administrativa y a la Unidad de Auditoría Interna, en la forma que determine la Procuración General.

Artículo 6° - Créanse las unidades orgánicas de conducción de la Procuración General, con nivel de dirección y departamento, y apruébase la descripción de sus acciones, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo II/3, que integra el presente.

Artículo 7° - Déjanse sin efecto todas las designaciones y asignaciones de funciones de conducción con nivel de sección, división, departamento y dirección en la Procuración General, resultando de aplicación para dichos agentes la cláusula transitoria sexta del Escalafón de la Procuración General (Resolución N° 1.960-SHyF-PG/05).

Artículo 8° - Determínase la dotación de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, con el total y de la forma que se individualiza en el Anexo III, que integra el presente.

Artículo 9° - El/la titular de la Procuración General asigna al personal que revistará en las distintas áreas que le dependen.

Artículo 10 - Facúltase a la Procuradora General a dictar las normas necesarias para el llamado a los concursos y sustanciarlos de acuerdo con el art. 24 y la cláusula transitoria cuarta del Escalafón de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires para la cobertura de las vacantes en la dotación del organismo y, de los cargos de conducción.

Artículo 11 - Delégase en la Procuradora General la atribución de cubrir las jefaturas de dirección, de departamento y de división, hasta la cobertura de dichos cargos por concurso, con el personal que integra la Procuración General.

Artículo 12 - Incorpórase en el Anexo del Decreto N° 791/03, al Director General Técnico Administrativo de la Procuración General, con competencias equivalentes, en cuanto al monto, a la del Director General Técnico Administrativo y Legal de las distintas Secretarías del Poder Ejecutivo.

Artículo 13 - Incorpórase dentro del cuadro de competencias del artículo 1°, inciso d) del Decreto N° 1.370/01 y hasta un monto de pesos cincuenta mil ($ 50.000) a la Dirección General Técnica Administrativa de la Procuración General.

Artículo 14 - La Secretaría de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas presupuestarias pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente decreto.

Artículo 15 - El presente decreto es refrendado por la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 16 - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Secretarías y Subsecretarías del Área Jefe de Gobierno y a la Procuración General y, para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Recursos Humanos, de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y de Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo. Cumplido, archívese.


ANEXOS

ANEXO


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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 13 del Decreto N° 96/24 deroga el Decreto N° 298/06.</p>
EXCEPTUA
Dec. 298-06 Excluye al personal de la Auditoría Interna de la Procuración Gral de los beneficios de la asignación prevista en la Ord. 42924
EXCEPTUA
Dto. 298-06 Excluye al Auditor-a Interno-a y al Auditor-a Interno-a Adjunto-a de la Proc. Gral de los beneficios del Dto. 2147-84
MODIFICA
Dec. 298-06 Incorpora a la DGTAyL de la Procuración General en el Anexo del Dec. 791-03
MODIFICA
Dec. 298-06 Incorpora a la DGTAYL de la Procuración Gral dentro del cuadro de competencias del art. 1, inciso d) del Dec. 1370-01
INTEGRA
Dec. 298-06 Art. 10 Integra sus alcances al art. 24 y la cláusula transitoria 4ta de la Res. 1960-PG-06
INTEGRA
Dec.298-06 Art. 3ro incorpora la UAI de la Procuración Gral
MODIFICA
Dto. 298-06 Modifica Dto. 220-04 Aprueba Estructura Orgánica de la Procuración nivel Dir. Gral. inclusive
MODIFICA
Dto. 298-06 Modifica Dto. 2696-03 Aprueba Estructura Orgánica de la Procuración Gral.
MODIFICADA POR
Art. 1 del Dto. 943-06 deroga el Art. 12 del Dto. 298-06 que establecía que el DGTA de la Procuración General tenía competencias equivalentes, en cuanto al monto, a la del DGTAyL de las distintas Secretarías del PE.
MODIFICADA POR
Res. 190-06 establece la Coordinación y Supervisión del Departamento Penal que forma parte de la Procuración General, quedando así modificada su Estructura Organizativa, aprobada por Dto. 298-06
MODIFICADA POR
Art 2 de la Res 294-PG-08 establece que a partir del 3-11-08 la Dirección de Control de Mandatarios dependerá funcionalmente de la Procuración General Adjunta de Asuntos Contenciosos, quedando modificada la estructura aprobada por Dto 298-06
COMPLEMENTADA POR
ARt 1 de la Res 184-PG-08 designa una una Comisión Jurídica Especial en la Procuración General, estructura aprobada por Dto 298-06
MODIFICADA POR
Dec. 804-09 art. 9: Deroga el Dec. 298-06 en lo pertinente