DECRETO 943 2006

Síntesis:

DEROGA LOS DECRETOS N° 791-03 Y 1453-04, Y EL ART. 12 DEL DECRETO 298-06. ESTABLECE COMPETENCIAS PARA LAS CONTRATACIONES DE BIENES Y SERVICIOS QUE REALICE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD - CONTRATACIÓN DIRECTA - MONTOS Y COMPETENCIAS - LEY DE CONTABILIDAD - PAUTAS - PROCEDIMIENTOS - AUTORIZACIONES - LICITACIONES PÚBLICAS - LICITACIONES PRIVADAS - APROBACIÓN DE PLIEGOS - LLAMADO

Publicación:

25/07/2006

Sanción:

17/07/2006

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto las Leyes Nros. 70 (B.O. N° 539) y 1.925 (B.O. N° 2407), el Decreto N° 791/03 (B.O. N° 1718), modificado por sus similares Nros. 1.453/04 (B.O. N° 2010) y 298/06 (B.O. N° 2410), el Decreto N° 350/06 (B.O. N° 2416) y el Expediente N° 38.080/06, y;

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 791/03 y sus modificatorios establecen el régimen de competencias para autorizar y aprobar contrataciones de bienes y servicios en el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en función de los montos de cada una de las mismas;

Que por el artículo 12 del Decreto N° 298/06 (B.O. N° 2410), modificatorio del citado precedentemente, se otorgaron a la Dirección General Técnica, Administrativa de la Procuración General competencias equivalentes a la de las Direcciones Generales Técnicas, Administrativas y Legales de las distintas jurisdicciones;

Que la Cláusula Transitoria Tercera de la Ley N° 70 dispone que Hasta tanto no se sancione una Ley que regule el sistema de contrataciones del Estado y que organice la administración de sus bienes, continuará rigiendo la normativa vigente a la fecha de la sanción de esta ley;

Que la Ley N° 1.925, de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, determina que el despacho de los negocios del Gobierno de la Ciudad está a cargo de once (11) Ministerios, cuyos titulares integran en conjunto el gabinete del Poder Ejecutivo y al mismo tiempo, establece que las tareas de apoyo necesarias para la actividad del Jefe de Gobierno son atendidas por tres (3) Secretarías;

Que, por otra parte, por Decreto N° 350/06 se modificó la estructura organizativa dependiente de este Poder Ejecutivo, en el marco de la indicada Ley N° 1.925;

Que, habiendo variado sustancialmente el primer nivel de la estructura dependiente del Poder Ejecutivo y habida cuenta el cambio de estructuras señalado, resulta necesario modificar la normativa citada en primer término, adecuando tanto los niveles de competencias como así también sus respectivas denominaciones;

Que, a su vez, resulta necesario precisar las facultades para aprobar pliegos, autorizar el llamado a la contratación y aprobar la misma, disponiendo la adjudicación pertinente;

Por ello, y en uso de las facultades legales que les son propias,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Deróganse los Decretos Nros. 791/03 y 1.453/04 y el artículo 12 del Decreto N° 298/06.

Artículo 2° - Establécense las competencias, según los montos y las distintas modalidades, para las contrataciones de bienes y servicios que realice el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de sus jurisdicciones, correspondientes al Capítulo IV de la Ley de Contabilidad y su reglamentación, según se detalla en el Anexo que se adjunta al presente y que, como tal, forma parte integrante del mismo.

Artículo 3° - Facúltase al Ministerio de Hacienda para dictar la normativa complementaria que fuere necesaria a fin de dar cumplimiento a los términos del presente decreto.

Artículo 4° - Las contrataciones ya autorizadas quedan sujetas al régimen establecido en el cuadro de competencias que se aprueba por el artículo 2° del presente decreto.

Artículo 5° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda.

Artículo 6° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Subsecretaría de Gestión Operativa del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Contaduría y, para su conocimiento y demás fines, remítase a la Dirección General de Compras y Contrataciones, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Operativa del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.


ANEXOS

ANEXO


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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art. 1 del Dto. 943-06 deroga el Art. 12 del Dto. 298-06 que establecía que el DGTA de la Procuración General tenía competencias equivalentes, en cuanto al monto, a la del DGTAyL de las distintas Secretarías del PE.
COMPLEMENTA
<p>Art. 2 del Dto. 943-06 establece competencias correspondientes al Capítulo IV de la Ley de Contabilidad 23354</p>
MODIFICADA POR
Dec. 754-08 Modifica montos y competencias el Dec. 943-06
DEROGA
Art 1 del Dto. 943-06 deroga Dto. 791-03
DEROGA
Art 1 del Dto. 943-06 deroga Dto. 1453-04