RESOLUCIÓN 24 2024 SECRETARIA DE BIENESTAR INTEGRAL
Síntesis:
INCREMENTA - VALOR DE LA HORA BASE - SUBSIDIO - ATENCIÓN DOMICILIARIA DE PERSONAS MAYORES - SECRETARIA DE BIENESTAR INTEGRAL - LEY 731 - ASISTENTES GERONTOLÓGICOS DOMICILIARIOS Y HOSPITALARIOS
Publicación:
09/02/2024
Sanción:
07/02/2024
Organismo:
SECRETARIA DE BIENESTAR INTEGRAL
VISTO: las Leyes N° 731 y 5671 (textos consolidados Ley N° 6.588), los Decretos N°
101/17, N° 387/23 y N° 412/23, el expediente electrónico N° EX-2024-06662705-
GCABA-DGPAPM, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Ley N° 731 (texto consolidado Ley N° 6.588) se instituyó el subsidio
para la atención domiciliaria y hospitalaria para personas mayores sin cobertura social
o de escasos recursos que requieran ayuda en sus domicilios o en efectores de la
salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los que se encuentren
transitoriamente internados;
Que el referido subsidio tiene por objeto el pago de las prestaciones en horas de
asistencia gerontológica domiciliaria, siendo sus destinatarios personas mayores sin
cobertura social o de escasos recursos, con o sin familia, que por diversos motivos
requieran ayuda en sus domicilios para mantener o restablecer su bienestar físico,
social y/o afectivo y/o para realizar las actividades elementales de la vida diaria;
Que la Ley N° 5671 (texto consolidado Ley N° 6.588) y su decreto reglamentario N°
101/17 definieron y establecieron las funciones de los Asistentes Gerontológicos
calificándolos como Institucionales o Domiciliarios de acuerdo al lugar en el cual
presten sus servicios, agregando que se trata de un servicio especializado con visión
gerontológica de prevención, acompañamiento, apoyo, contención y asistencia;
Que, asimismo, las normas referidas determinaron la obligatoriedad de inscripción en
el Registro Único y Obligatorio y la capacitación inicial, periódica y permanente de las
personas que cumplen dicha función;
Que, conforme las previsiones del art. 3° de la Ley N° 731 (texto consolidado Ley N°
6.588), la entonces Dirección General de Tercera Edad fue designada como el
organismo responsable de la capacitación e inscripción en un registro que se
habilitaría al efecto;
Que por Decreto N° 387/2023 se modificó la estructura orgánico funcional dependiente
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
transfiriéndose la Secretaría Bienestar Integral y sus Direcciones Generales
dependientes, entre ellas la Dirección General Políticas Asistenciales para Personas
Mayores, desde el ámbito del Ministerio de Salud hacia la órbita del Area Vicejefatura
de Gobierno, a partir del 10 de diciembre de 2023;
Que la Dirección General Políticas Asistenciales para Personas Mayores, continuadora
de la entonces Dirección General de Tercera Edad, tiene entre sus funciones "Ejecutar
las políticas, acciones y/o programas implementados en el ejercicio de las funciones y
atribuciones establecidas por la Ley N° 5.671... e ...Implementar y administrar los
programas de entrega de subsidios que tengan como beneficiarios a las personas
mayores..., entre otras;
Que, a través del informe Nro. IF-2024-06666275-GCABA-DGPAPM, la Coordinación
del Programa Asistentes Gerontológicos Domiciliarios y Hospitalarios informa respecto
de la necesidad de realizar una nueva actualización del valor de la hora;
Que, por informe Nro. IF-2024-06677172-GCABA-DGPAPM, el Director General
Políticas Asistenciales para Personas Mayores solicita se incremente el valor de la
hora que se abona por los servicios prestados por los Asistentes Gerontológicos
Domiciliarios en un CINCUENTA Y SIETE POR CIENTO (57%) respecto del valor
vigente a la fecha;
Que, en función de todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo
pertinente que incremente, a partir del mes de enero de 2024, el valor de la hora base
que se reconoce como subsidio para la atención domiciliaria de las personas mayores
en un CINCUENTA Y SIETE POR CIENTO (57%), quedando determinado el valor
hora en la suma de PESOS MIL CIEN ($ 1.100,00.);
Que se cuenta con los créditos presupuestarios para la gestión del incremento que se
propicia;
Que por Decreto N° 412/23 se designó a la Sra. Victoria Morales Gorleri como
Secretaria de Bienestar Integral, dependiente de la Vicejefatura de Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por lo expuesto, y en virtud de los Decretos N°
387/2023 y N° 412/23,
Artículo 1°.- Incrementar, a partir del mes de enero de 2024, el valor de la hora base
que se reconoce como subsidio para la atención domiciliaria de las personas mayores,
en un CINCUENTA Y SIETE POR CIENTO (57%), quedando determinado el valor
hora en la suma de PESOS MIL CIEN ($ 1.100,00.-).
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
y para su conocimiento y demás efectos, gírese a la Dirección General Políticas
Asistenciales para Personas Mayores. Cumplido, archívese. Morales Gorleri