RESOLUCIÓN 71 2024 MINISTERIO DE JUSTICIA

Síntesis:

ENCOMIENDA - MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS - APROBACIÓN DE LAS ADECUACIONES PROVISORIAS DE PRECIOS - CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA, DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO REGIDOS POR LA LEY N° 6246 - SERVICIOS, SERVICIOS PÚBLICOS Y DE SUMINISTROS NORMADOS POR LEY N° 2095 - MINISTERIO DE JUSTICIA

Publicación:

21/02/2024

Sanción:

16/02/2024

Organismo:

MINISTERIO DE JUSTICIA


VISTO: Las Leyes Nros. 6.246, 2.809 y 2.095, (textos consolidado por Ley N° 6.588) y

sus modificatorias, el Decreto N° 127/14 y 387/23, la Resolución N° 601-MHGC/14 y

modificatorias, el Expediente Electrónico N° 7254555-GCABA-DGTALMJ/24 y,

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 2.809, se estableció el régimen de redeterminación de precios

aplicable a los contratos de obra pública, regidos por la Ley N° 6.246, y a los contratos

de servicios, de servicios públicos y de suministros, que expresamente se establezcan

en la Ley N° 2.095;

Que mediante el artículo 2° del Decreto N° 127/14, reglamentario de la citada Ley N°

2.809, se encomendó al entonces Ministerio de Hacienda, actual Ministerio de

Hacienda y Finanzas, la aprobación de la metodología de adecuación provisoria y

redeterminación definitiva de precios, como así también la fijación del porcentaje de

variación promedio de referencia necesario para habilitar el procedimiento de

redeterminación de precios de los contratos, acorde a lo legalmente aprobado y a las

pautas generales expresamente establecidas para la elaboración de dicha tarea;

Que el citado Decreto en su artículo 6° establece que el/la titular de la jurisdicción

comitente podrá delegar en el entonces Ministro de Hacienda, actual Ministro de

Hacienda y Finanzas (MHFGC), o en funcionarios con rango no inferior a Director

General, la aprobación de las adecuaciones provisorias de precios que deban

efectuarse en los contratos de obras públicas, de servicios de mantenimiento regidos

por la Ley N° 6.246, de servicios, de servicios públicos y de suministros, regidos por la

Ley N° 2.095;

Que el Decreto N° 387/23 aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando

a este Ministerio de Justicia;

Que mediante la Resolución N° 601-MHGC/14, se establecieron las pautas básicas a

las que deberá ajustarse el procedimiento de adecuaciones provisorias y las

redeterminaciones definitivas actualmente en curso, sustanciándose el régimen creado

en la misma norma;

Que la Dirección General Redeterminación de Precios, dependiente de la

Subsecretaría de Gestión Operativa del MHFGC posee entre sus responsabilidades

primarias, actuar como autoridad de aplicación del sistema de redeterminación de

precios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en consideración a la experiencia en la diligencia de los diversos trámites en la

materia que se han gestionado a través de la citada instancia, resulta conveniente, a

los fines de lograr una mayor eficacia en la aprobación de adecuaciones provisorias de

precios en los contratos referidos, delegar en el MHFGC, como órgano técnico en la

materia, la aprobación de las mismas.

Por ello y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2° y 6° del Decreto N°

127/14,

EL MINISTRO DE JUSTICIA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Encomendar al Ministro de Hacienda y Finanzas la aprobación de las

adecuaciones provisorias de precios en los contratos de obra pública, de servicios de

mantenimiento regidos por la Ley N° 6.246, y de servicios, de servicios públicos y de

suministros normados por Ley N° 2.095 de este Ministerio de Justicia, en los términos

del Decreto N° 127/14.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese a la Dirección General Redeterminación de Precios, dependiente del

Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Subgerencia Operativa Compras y

Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este

Ministerio de Justicia. Para conocimiento y fines pertinentes, remítase a la Dirección

General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio de Justicia. Cumplido,

archívese. Tapia

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 71-MJGC/24 encomienda al Ministro de Hacienda y Finanzas la aprobación de las adecuaciones provisorias de precios en los contratos de obra pública, de servicios de mantenimiento regidos por la Ley N° 6.246, y de servicios, de servicios públicos y de suministros normados por Ley N° 2.095 de este Ministerio de Justicia, en los términos del Decreto N° 127/14.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 71-MJGC/24 encomienda al Ministro de Hacienda y Finanzas la aprobación de las adecuaciones provisorias de precios en los contratos de obra pública, de servicios de mantenimiento regidos por la Ley N° 6.246, y de servicios, de servicios públicos y de suministros normados por Ley N° 2.095 de este Ministerio de Justicia, en los términos del Decreto N° 127/14.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 71-MJGC/24 encomienda al Ministro de Hacienda y Finanzas la aprobación de las adecuaciones provisorias de precios en los contratos de obra pública, de servicios de mantenimiento regidos por la Ley N° 6.246, y de servicios, de servicios públicos y de suministros normados por Ley N° 2.095 de este Ministerio de Justicia, en los términos del Decreto N° 127/14.</p>