RESOLUCIÓN 33 2024 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN N° 23-GCABA-ISSP/23 - APRUEBA - PLAN ANUAL DE ENTRENAMIENTO PARA EL PERSONAL CON ESTADO POLICIAL DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD AÑO 2024 - ESTABLECE - CARÁCTER OBLIGATORIO - CUMPLIMIENTO ÍNTEGRO ES CONDICIÓN NECESARIA - PARA LA INSCRIPCIÓN AL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN PARA EL ASCENSO ORDINARIO DEL AÑO 2025
Publicación:
06/03/2024
Sanción:
01/03/2024
Organismo:
INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Estado:
No vigente
TEXTO ACTUALIZADO
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de actualización: 16 de abril del 2024.
VISTO: La Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.588), la Resolución N° 23-
GCABA-ISSP/23, la NO-2024-09195969-GCABA-SAISSP, y el Expediente Electrónico
N° 09030463-GCABA-SGISSP/24, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.588), establece las bases
jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente a su composición, misión,
función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, y para la formulación,
implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de
apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y es el
órgano rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados, entre los que se encuentra la Policía de la Ciudad de Buenos Aires;
Que conforme el artículo 69 de la citada Ley, la Policía de la Ciudad es una institución
civil armada jerarquizada profesionalmente, depositaria de la fuerza pública del Estado
en el ámbito de la Ciudad, y de acuerdo al artículo 68, cumple funciones de seguridad
general, prevención, investigación de los delitos, protección y resguardo de personas y
bienes, y de auxiliar de la justicia;
Que el estado policial confiere derechos esenciales entre los que se encuentra la
capacitación permanente para la mejora del desarrollo de sus funciones y labores
policiales e impone deberes y obligaciones esenciales como lo es el asistir a las
actividades de capacitación, actualización, entrenamiento y especialización que
establezca el Instituto;
Que la formación y capacitación en general, tiende a la profesionalización y
especialización del desempeño policial de acuerdo a la función específica de cada uno
de los cargos que ejerciera el efectivo a lo largo de la carrera policial. Asimismo, el
plan de formación y capacitación se desarrolla teniendo en cuenta las competencias
funcionales necesarias para el desempeño eficiente del cargo, conforme surge del
artículo 372;
Que la capacitación consiste en el adiestramiento, entrenamiento, perfeccionamiento y
actualización permanente a lo largo de toda la carrera profesional y está asentada en
la producción de capacidades y competencias específicas derivadas de las tareas
básicas propias de los perfiles y especialidades policiales, conforme dispone el artículo
375, privilegiándose los aspectos relativos al manejo con la comunidad, y la resolución
de conflictos de forma autónoma autosuficiente y responsable;
Que esta casa de estudios desarrolla periódicamente actividades educativas bajo
variadas modalidades para continuar la capacitación, actualización y especialización
del personal con estado policial, tal como lo prescribe el artículo 380;
Que, en esa inteligencia, mediante el artículo 2 de la Resolución N° 23-GCABA-
ISSP/23 se aprobó el "Plan Anual de Entrenamiento para el Personal con Estado
Policial de la Policía de la Ciudad. Año 2023";
Que de la experiencia colectada en su dictado durante el pasado año 2023, y
atendiendo a la necesidad de que el entrenamiento del personal con estado policial de
la Policía de la Ciudad responda a las exigencias profesionales más actuales, se
estimó necesario rediseñar la estrategia del plan, de manera que permita realizar un
seguimiento anual de las habilidades técnicas, propendiendo al logro de una aptitud
operativa eficiente que permita afrontar las exigencias y estándares de idoneidad que
requiere la función encomendada;
Que, en tal sentido, la Sra. Secretaria Académica considerando adecuada dicha
propuesta, por medio de la NO-2024-09195969-GCABA-SAISSP, elevó a
consideración de esta instancia la propuesta del "Plan Anual de Entrenamiento para el
Personal con Estado Policial de la Policía de la Ciudad. Año 2024." de carácter
obligatorio, destinado al personal con estado policial de la policía de la Ciudad,
incluyendo al personal que se encuentre dentro de la Especialidad Transitoria de
"Bomberos", que consta de dos etapas de Entrenamiento, el Entrenamiento I a
desarrollarse durante los meses de marzo a julio y el Entrenamiento II de agosto a
diciembre de 2024;
Que las actividades a desarrollar en el "Entrenamiento I", consisten en prácticas de
defensa policial, una práctica de trabajo en seco con arma de fuego y un
entrenamiento de tiro real en polígono. Por su parte, el "Entrenamiento II" procura
consolidar las técnicas ejercitadas por medio del trabajo en seco con el arma de fuego,
el entrenamiento de tiro real y finaliza con una práctica de simulación que permite
recrear un supuesto de intervención policial con distintos tipos de incidencias, para
utilizar las herramientas del uso racional, progresivo y diferenciado de la fuerza,
afianzando la estricta observancia de los principios de actuación establecidos en los
artículos 83 a 95 y subsiguientes de la mencionada Ley N° 5.688 (texto consolidado
según Ley N° 6.588);
Que la asistencia al Plan Anual de Entrenamiento es de carácter obligatorio para todo
el personal y su cumplimiento íntegro será condición inexcusable para la inscripción al
Procedimiento de Selección para el Ascenso Ordinario del año 2025;
Que la Secretaria General de este Instituto, intervino en el marco de su competencia
emitiendo el correspondiente Dictamen Legal;
Que a la luz de lo expuesto, corresponde dejar sin efecto el "Plan Anual de
Entrenamiento para el Personal con Estado Policial de la Policía de la Ciudad. Año
2023", aprobado mediante el artículo 2 de la Resolución N° 23-GCABA-ISSP/23, y
aprobar el nuevo Plan con sus especificidades.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Dejar sin efecto el "Plan Anual de Entrenamiento para el Personal con
Estado Policial de la Policía de la Ciudad. Año 2023", aprobado mediante el artículo 2
de la Resolución N° 23-GCABA-ISSP/23.
Artículo 2.- Aprobar el "Plan Anual de Entrenamiento para el Personal con Estado
Policial de la Policía de la Ciudad. Año 2024", cuyo programa y contenidos obran en el
Anexo que como IF-2024-09328430-GCABA-SAISSP, forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 3.- Establecer que el "Plan Anual de Entrenamiento para el Personal con
Estado Policial de la Policía de la Ciudad. Año 2024" al que refiere el artículo
precedente, es de carácter obligatorio y su cumplimiento íntegro es condición
necesaria para la inscripción al Procedimiento de Selección para el Ascenso Ordinario
del año 2025.
Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
para su conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Justicia y
Seguridad, a la Jefatura de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, a la Secretaría
Académica y a la Secretaría General del Instituto Superior de Seguridad Pública.
Cumplido, archívese. López Zavaleta