RESOLUCIÓN 20 2025 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO - PLAN ANUAL DE ENTRENAMIENTO - PERSONAL CON ESTADO POLICIAL - POLICÍA DE LA CIUDAD - AÑO 2024 -.APRUEBA - PLAN ANUAL DE ENTRENAMIENTO - PERSONAL CON ESTADO POLICIAL - POLICÍA DE LA CIUDAD - AÑO 2025 - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PUBLICA
Publicación:
18/02/2025
Sanción:
14/02/2025
Organismo:
INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Estado:
No vigente
33-GCABA-ISSP/24 y N° 143-GCABA-ISSP/24, la NO-2025-07710128-GCABA-
SAISSP, el IF-2025-07708268-GCABA-SAISSP, el Expediente Electrónico N°
7614860-GCABA-SGAISSP/25, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.764), establece las bases
jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente a su composición, misión,
función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, así como para la
formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad
pública;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de
apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública, y órgano
rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados en todo el sistema, entre los que se encuentra la Policía de la Ciudad de
Buenos Aires;
Que conforme el artículo 69 de la citada Ley, la Policía de la Ciudad es una institución
civil armada jerarquizada profesionalmente, depositaria de la fuerza pública del Estado
en el ámbito de la Ciudad, y de acuerdo al artículo 68, cumple funciones de seguridad
general, prevención, investigación de los delitos, protección y resguardo de personas y
bienes, y de auxiliar de la justicia;
Que conforme los artículos 110 y 111 de la norma de referencia, el estado policial
confiere derechos esenciales entre los que se encuentra la capacitación permanente
para la mejora del desarrollo de sus funciones y labores policiales, e impone deberes y
obligaciones esenciales como lo es el asistir a las actividades de capacitación,
actualización, entrenamiento y especialización que establezca el Instituto;
Que de acuerdo al artículo 378, la formación y capacitación en general, tiende a la
profesionalización y especialización del desempeño policial de acuerdo a la función
específica de cada uno de los cargos que ejerciera el efectivo a lo largo de la carrera
policial. Asimismo, el plan de formación y capacitación se desarrolla teniendo en
cuenta las competencias funcionales necesarias para el desempeño eficiente del
cargo;
Que la capacitación de los efectivos consiste en el adiestramiento, entrenamiento,
perfeccionamiento y actualización permanente a lo largo de toda la carrera profesional
y está asentada en la producción de capacidades y competencias específicas
derivadas de las tareas básicas propias de los perfiles y especialidades policiales,
conforme dispone el artículo 381, privilegiándose los aspectos relativos al manejo con
la comunidad, y la resolución de conflictos de forma autónoma, autosuficiente y
responsable, tal como lo establece el artículo 379;
Que esta casa de estudios desarrolla periódicamente actividades educativas bajo
variadas modalidades para continuar la capacitación, actualización y especialización
del personal con estado policial, tal como lo prescribe el artículo 386;
Que, en esa inteligencia, mediante el artículo 2 de la Resolución N° 33-GCABA-
ISSP/24 se aprobó el "Plan Anual de Entrenamiento para el Personal con Estado
Policial de la Policía de la Ciudad. Año 2024", cuyo anexo fue sustituido
posteriormente por medio de la Resolución N° 143-GCABA-ISSP/24;
Que de la experiencia colectada en su dictado durante el pasado año 2024, y
atendiendo a la necesidad de que el entrenamiento del personal con estado policial de
la Policía de la Ciudad responde a las exigencias profesionales más actuales, se
estimó necesario rediseñar la estrategia del plan, de manera que permita realizar un
seguimiento anual de las habilidades técnicas, propendiendo al logro de una aptitud
operativa eficiente que permita afrontar las exigencias y estándares de idoneidad que
requiere la función encomendada;
Que, en tal sentido, la Sra. Secretaria Académica por medio de la NO-2025-07710128-
GCABA-SAISSP, elevó a consideración de esta instancia la propuesta del "Plan Anual
de Entrenamiento para el Personal con Estado Policial de la Policía de la Ciudad. Año
2025.", de carácter obligatorio, destinado al personal con estado policial de la policía
de la Ciudad, inclusive el personal que se encuentre dentro de la Especialidad
Transitoria de "Bomberos", que consta de dos etapas de Entrenamiento, el
Entrenamiento I a desarrollarse durante los meses de marzo a julio y el Entrenamiento
II de agosto a diciembre de 2025;
Que las actividades a desarrollar en el "Entrenamiento I" y "Entrenamiento II",
consisten en una práctica de trabajo en seco con arma de fuego, un entrenamiento de
tiro real en polígono, prácticas de defensa policial y finaliza con una práctica de
simulación de casos que permite recrear un supuesto de intervención policial con
distintos tipos de incidencias, para utilizar las herramientas del uso racional, progresivo
y diferenciado de la fuerza, afianzando la estricta observancia de los principios de
actuación establecidos en los artículos 81 a 88 y subsiguientes de la mencionada Ley
N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.764);
Que la asistencia al "Plan Anual de Entrenamiento", es de carácter obligatorio para
todo el personal y su cumplimiento íntegro será condición inexcusable para la
inscripción al Procedimiento de Selección para el Ascenso Ordinario del año 2026;
Que la Responsable del Departamento de Asuntos Legales de este Instituto, intervino
en el marco de su competencia emitiendo el correspondiente Dictamen Legal;
Que a la luz de lo expuesto, corresponde dejar sin efecto el "Plan Anual de
Entrenamiento para el Personal con Estado Policial de la Policía de la Ciudad. Año
2024", aprobado mediante el artículo 2 de la Resolución N° 33-GCABA-ISSP/24, cuyo
anexo resultó posteriormente modificado por Resolución N° 143-GCABA-ISSP/24, y
aprobar el nuevo Plan actualizado.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Dejar sin efecto el "Plan Anual de Entrenamiento para el Personal con
Estado Policial de la Policía de la Ciudad. Año 2024", aprobado mediante el artículo 2
de la Resolución N° 33-GCABA-ISSP/24, modificado posteriormente por medio de la
Resolución N° 143-GCABA-ISSP/24.
Artículo 2.- Aprobar el "Plan Anual de Entrenamiento para el Personal con Estado
Policial de la Policía de la Ciudad. Año 2025", cuyo programa y contenidos obran en el
Anexo que como IF-2025-07819831-GCABA-ISSP, forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 3.- Establecer que el "Plan Anual de Entrenamiento para el Personal con
Estado Policial de la Policía de la Ciudad. Año 2025", al que refiere el artículo
precedente, es de carácter obligatorio y su cumplimiento íntegro es condición
necesaria para la inscripción al Procedimiento de Selección para el Ascenso Ordinario
del año 2026.
Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
para su conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Seguridad, a la
Jefatura de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, a la Secretaría Académica y a la
Secretaría General Administrativa del Instituto Superior de Seguridad Pública.
Cumplido, archívese. López Zavaleta
ANEXOS
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7063