RESOLUCIÓN 430 2025 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Síntesis:
APRUEBA - PLAN ANUAL DE ENTRENAMIENTO - PERSONAL CON ESTADO POLICIAL - POLICÍA DE LA CIUDAD - AÑO 2026 - PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN PARA EL ASCENSO ORDINARIO - MINISTERIO DE SEGURIDAD - JEFATURA DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - SECRETARÍA ACADÉMICA - SECRETARÍA GENERAL ADMINISTRATIVA - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA
Publicación:
22/12/2025
Sanción:
17/12/2025
Organismo:
INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
VISTO: La Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.764), la Resolución N° 20-
GCABA-ISSP/25, la NO-2025-53258927-GCABA-SAISSP, el IF-2025-53301847-
GCABA-SAISSP, el Expediente Electrónico N° 53180957-GCABA-SAISSP/25, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.764) establece las bases
jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tanto en lo referente a su composición, misión,
función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento; como así también
para la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de
seguridad pública;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de
apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública, y órgano
rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados en todo el sistema y de la producción de conocimientos científicos y
técnicos sobre seguridad;
Que mediante el artículo 68 y subsiguientes de la citada Ley se crea a la Policía de la
Ciudad de Buenos Aires, con el fin de que cumpla funciones de seguridad general,
prevención, conjuración, investigación de los delitos, protección y resguardo de
personas y bienes, y de auxiliar de la Justicia; asimismo, se la constituye como una
institución civil jerarquizada profesionalmente, depositaria de la fuerza pública del
Estado en el ámbito de la Ciudad;
Que de acuerdo a los artículos 110 y 111 de la norma de referencia, el estado policial
confiere el derecho esencial a la capacitación permanente para la mejora del
desarrollo de sus funciones y labores policiales; e impone la obligación de asistir a las
actividades de capacitación, actualización, entrenamiento y especialización que
establezca este Instituto Superior;
Que el artículo 378 de la Ley establece que la formación y capacitación en general
tiende a la profesionalización y especialización del desempeño policial de acuerdo a la
función específica de cada uno de los cargos que ejerciera el oficial a lo largo de su
carrera policial. A su vez, dispone que el plan de formación y capacitación se
desarrolla teniendo en cuenta las competencias funcionales necesarias para el
desempeño eficiente del cargo;
Que la norma continúa enunciando en su artículo 380 y subsiguientes que, a fin de
institucionalizar el control sobre la formación y desempeño de todos los grados y
niveles dentro de la estructura organizativa de la institución, la formación y
capacitación debe incluir el desarrollo permanente de las competencias propias del
quehacer policial, siendo su aprobación requisito ineludible para el desempeño en las
funciones de mayor jerarquía; asimismo, establece que tal capacitación consiste en el
adiestramiento, entrenamiento, perfeccionamiento y actualización permanente a lo
largo de toda la carrera profesional, y se encuentra asentada en la producción de
capacidades y competencias específicas derivadas de las tareas básicas propias de
los perfiles y especialidades policiales;
Que tal como lo prescribe el artículo 386 de la Ley, esta casa de estudios en ejercicio
de las funciones encomendadas desarrolla periódicamente actividades educativas bajo
diversas modalidades, a fin de continuar la capacitación, actualización y
especialización del personal con estado policial;
Que, en esa inteligencia, mediante la Resolución N° 20-GCABA-ISSP/25 se aprobó el
"Plan Anual de Entrenamiento para el Personal con Estado Policial de la Policía de la
Ciudad. Año 2025", cuyo programa y contenidos obran en el Anexo que como IF-2025-
07819831-GCABA-ISSP forma parte integrante de la misma;
Que de la experiencia colectada en su dictado durante el corriente año 2025 y
atendiendo a la necesidad de que el entrenamiento del personal con estado policial de
la Policía de la Ciudad responda a las exigencias profesionales más actuales, se
estimó necesario rediseñar la estrategia del plan, de manera que permita realizar un
seguimiento anual de las habilidades técnicas, propendiendo al logro de una aptitud
operativa eficiente que permita afrontar las exigencias y estándares de idoneidad que
requiere la función encomendada;
Que en tal sentido, la Sra. Secretaria Académica por medio de la NO-2025-53258927-
GCABA-SAISSP elevó a consideración de esta instancia la propuesta del "Plan Anual
de Entrenamiento para el Personal con Estado Policial de la Policía de la Ciudad. Año
2026", que luce por el IF-2025-53301847-GCABA-SAISSP, destinado al personal con
estado policial de la policía de la Ciudad, inclusive el personal que se encuentre dentro
de la Especialidad Transitoria de "Bomberos";
Que el plan anual de entrenamiento consistirá en dos (2) actividades denominadas
"Entrenamiento I" y "Entrenamiento II" mediante las cuales se realizarán una práctica
de trabajo en seco con arma de fuego, tonfa y defensa policial; una práctica de tiro real
en polígono; ejercicios de simulación de casos en el marco del uso progresivo y
racional de la fuerza, en servicio y en franco de servicio, a fin de procurar el respeto de
los principios de actuación establecidos en los artículos 81 a 88 y subsiguientes de la
mencionada Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.764); y, ejercitación
física. Asimismo, se impartirán durante toda la cursada módulos académicos mediante
la plataforma virtual de este Instituto Superior;
Que, por último, es necesario destacar que la asistencia al plan anual de
entrenamiento es de carácter obligatorio para todo el personal y su cumplimiento
íntegro será condición inexcusable para la inscripción al Procedimiento de Selección
para el Ascenso Ordinario del año 2027;
Que la Responsable del Departamento de Asuntos Legales de este Instituto intervino
en el marco de su competencia emitiendo el correspondiente Dictamen Legal;
Que a la luz de lo expuesto, corresponde dejar sin efecto el "Plan Anual de
Entrenamiento para el Personal con Estado Policial de la Policía de la Ciudad. Año
2025", aprobado mediante el artículo 2° de la Resolución N° 20-GCABA-ISSP/25 y
aprobar el nuevo plan actualizado.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Dejar sin efecto el "Plan Anual de Entrenamiento para el Personal con
Estado Policial de la Policía de la Ciudad. Año 2025", aprobado mediante el artículo 2°
de la Resolución N° 20-GCABA-ISSP/25.
Artículo 2°.- Aprobar el "Plan Anual de Entrenamiento para el Personal con Estado
Policial de la Policía de la Ciudad. Año 2026", cuyo programa y contenidos obran en el
Anexo que como IF-2025-53301847-GCABA-SAISSP, forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 3°.- Establecer que el "Plan Anual de Entrenamiento para el Personal con
Estado Policial de la Policía de la Ciudad. Año 2026", al que refiere el artículo
precedente, es de carácter obligatorio y su cumplimiento íntegro es condición
necesaria para la inscripción al Procedimiento de Selección para el Ascenso Ordinario
del año 2027.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
para su conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Seguridad, a la
Jefatura de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, a la Secretaría Académica y a la
Secretaría General Administrativa del Instituto Superior de Seguridad Pública.
Cumplido, archívese. López Zavaleta