LEY 1678 2005
Síntesis:
MODIFICA CÓDIGO DE HABILITACIONES Y VERIFICACIONES - ESTADIOS DE FÚTBOL - CLUB DE FÚTBOL DE PRIMERA DIVISIÓN - ENTRADAS DE DETECTORES DE METALES - CAMPEONATOS - ASOCIACIÓN DE FÚTBOL ARGENTINO - AFA - PLAZOS
Publicación:
27/05/2005
Sanción:
21/04/2005
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
18/05/2005
Estado:
No vigente
Artículo 1° - Elimínase el inciso b) del artículo 10.1.31 de la Ordenanza N° 33.266, Código de Habilitaciones y Verificaciones.
Artículo 2° - Comuníquese, etc. de Estrada - Alemany
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el art. 8° del Decreto N° 2.343-GCABA/98, certifico que la Ley N° 1.678 (Expediente N° 23.691/05), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 21 de abril de 2005 ha quedado automáticamente promulgada el día 18 de mayo de 2005.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Seguridad. Cohen