RESOLUCIÓN 569 2021 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
APRUEBA INSTRUMENTO DENOMINADO PLAN PERSONAL DE APRENDIZAJE - CICLO LECTIVO 2021 - ACOMPAÑAMIENTO PERSONALIZADO - ESTUDIANTES - PRIMER Y SEGUNDO AÑO DE NIVEL SECUNDARIO - ESCUELAS DE GESTIÓN ESTATAL - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
27/03/2024
Sanción:
20/01/2021
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: La Ley Nacional N° 26.206, la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N°
6.347), la Resolución CFE N° 93/09, las Resoluciones Nros. 4145-SSGECP/12, sus
complementarias y modificatorias, 321- MEGC/15, sus complementarias y
modificatorias, 653-MEGC/18, 1318-MEIGC/19, 1058-MEDGC/20 y 1186-MEDGC/20,
el Expediente Electrónico N° 3.776.110-GCABA-DGEGE/21, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional N° 26.206 propicia que las jurisdicciones garanticen "las
alternativas de acompañamiento de la trayectoria escolar de los/as jóvenes, tales
como tutores/as y coordinadores/as de curso, fortaleciendo el proceso educativo
individual y/o grupal de los/as alumnos/as";
Que la Ley N° 6.292 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones
por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les
confiere dicha Ley;
Que en el marco de la precitada norma, le corresponde al Ministerio de Educación
diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social;
Que conforme a la Resolución N° 93-CFE/09 se aprobó el documento "Orientaciones
para la Organización Institucional de la Educación Secundaria Obligatoria";
Que la mencionada norma establece que las escuelas secundarias deberán tener
rasgos organizativos que permitan "sostener y orientar las trayectorias escolares de
los estudiantes";
Que por la Resolución N° 1058-MEDGC/20 se establecieron las pautas para la
implementación de la función tutorial;
Que por Resolución N° 4145-SSGECP/12, sus complementarias y modificatorias, se
aprobó el Diseño Curricular Primer Ciclo de la Modalidad Técnico Profesional de Nivel
Secundario diurno;
Que, asimismo, por la Resolución N° 321-MEGC/15, complementarias y
modificatorias, se aprobó el Diseño Curricular y la Estructura Curricular para el Ciclo
Básico y para el Ciclo Orientado de la Formación General de los establecimientos
correspondientes de la Dirección de Educación Media y de la Dirección de Educación
Técnica de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, y de la entonces
Dirección de Formación Docente y de Educación Artística, de la entonces Dirección
General de Educación Superior y de la Dirección General de Gestión Privada
correspondiente a la Nueva Escuela Secundaria en el ámbito de la Ciudad de Buenos
Aires;
Que los citados Diseños Curriculares se vienen implementando en esta jurisdicción, en
virtud de lo cual deviene necesario continuar con el proceso de profundización de los
mismos, así como de las metodologías de enseñanza;
Que es uno de los propósitos de la Nueva Escuela Secundaria, fortalecer el trabajo
conjunto de los tutores con las autoridades, los profesores, preceptores, asesores y
otros actores educativos, generando un entramado de colaboración desde el cual se
construya la mirada integral sobre las trayectorias escolares y se diseñen
intervenciones integrales, desde una perspectiva de acompañamiento institucional a
las mismas;
Que particularmente, la función tutorial se plasma en la construcción del Proyecto
Institucional de Tutoría como parte del Proyecto Escuela;
Que de esta manera, por la Resolución N° 653-MEGC/18, se aprobó el instrumento
denominado Plan Personal de Aprendizaje con el objeto de dar cuenta del
acompañamiento personalizado que el equipo tutorial realiza con cada estudiante de
primer año de nivel secundario, conforme el diseño curricular aprobado por Resolución
N° 4145-SSGECP/12, complementarias y modificatorias, y por la Resolución N° 321-
MEGC/15, complementarias y modificatorias, ello para las escuelas allí citadas;
Que posteriormente, y atento la Profundización de la Nueva Escuela Secundaria se
aprobaron mediante Resoluciones Nros. 1318-MEIGC/19 y 1186-MEDGC/20 los
instrumentos Plan Personal de Aprendizaje para los ciclos lectivos 2019 y 2020
respectivamente;
Que igualmente, por las mencionadas Resoluciones se estableció que la tarea
desarrollada por el Equipo Tutorial de cada establecimiento será plasmada en el
instrumento aprobado por dicho acto, por un miembro del equipo tutorial, designado
por el Director/a o Rector/a;
Que de esta manera, y atento a la Profundización de la Nueva Escuela Secundaria
deviene necesario aprobar el instrumento denominado Plan Personal de Aprendizaje
para el ciclo lectivo 2021, dando cuenta del acompañamiento personalizado que el
equipo tutorial realiza con cada estudiante de primer (1er) y segundo (2do) año de
nivel secundario de las escuelas detalladas en el Anexo III (IF-2021-03768252-
GCABA-DGEGE), según corresponda;
Que las Direcciones Generales de Planeamiento Educativo, de Escuelas Normales
Superiores y Artísticas, y de Gestión Estatal, y las Subsecretarías de Carrera Docente
y de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, tomaron intervención en el marco
de sus respectivas competencias;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébase, para el ciclo lectivo 2021, el instrumento denominado Plan
Personal de Aprendizaje, de conformidad con el detalle obrante en el Anexo I (IF-
2021-03750970-GCABA-DGEGE), que a todos sus efectos forma parte integrante de
la presente Resolución, cuyo objetivo es dar cuenta del acompañamiento
personalizado que el equipo tutorial realiza con cada estudiante de Primer (1er) año de
nivel secundario para las escuelas de Gestión Estatal que se detallan en el Anexo III
(IF-2021-03768252-GCABA-DGEGE) según corresponda, conforme el diseño
curricular aprobado por la Resolución N° 4145-SSGECP/12, complementarias y
modificatorias, y por la Resolución N° 321-MEGC/15, complementarias y
modificatorias.
Artículo 2°.- Apruébase, para el ciclo lectivo 2021, el instrumento denominado Plan
Personal de Aprendizaje, de conformidad con el detalle obrante en el Anexo II (IF-
2021-03751315-GCABA-DGEGE), que a todos sus efectos forma parte integrante de
la presente Resolución, cuyo objetivo es dar cuenta del acompañamiento
personalizado que el equipo tutorial realiza con cada estudiante de segundo (2do) año
de nivel secundario para las escuelas detalladas en el Anexo III (IF-2021-03768252-
GCABA-DGEGE) según corresponda, conforme el diseño curricular aprobado por la
Resolución N° 4145-SSGECP/12, complementarias y modificatorias, y por la
Resolución N° 321- MEGC/15, complementarias y modificatorias.
Artículo 3°.- Establécese que la tarea desarrollada por el equipo tutorial de cada
establecimiento será plasmada en el instrumento aprobado por los Artículos 1° y 2° de
la presente Resolución por un miembro de dicho equipo tutorial, designado por la
máxima autoridad de Nivel Secundario del establecimiento.
Artículo 4°.- Determínase que el gasto que demande el cumplimiento de lo aquí
expuesto será imputado a la Jurisdicción 55. UE 7342. Programa 37. Actividad 10000.
Inciso 1. FF11.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Subsecretarías de Carrera Docente
y de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, a las Direcciones Generales de
Administración de Recursos, de Personal Docente y No Docente, de Educación de
Gestión Estatal, de Escuelas Normales Superiores y Artísticas y de Planeamiento
Educativo del Ministerio de Educación, y a la Dirección General de Administración y
Liquidación de Haberes y a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio
de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Acuña