RESOLUCIÓN 569 2021 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

APRUEBA  INSTRUMENTO DENOMINADO PLAN PERSONAL DE APRENDIZAJE - CICLO LECTIVO 2021 - ACOMPAÑAMIENTO PERSONALIZADO - ESTUDIANTES - PRIMER Y SEGUNDO AÑO DE NIVEL SECUNDARIO - ESCUELAS DE GESTIÓN ESTATAL - MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Publicación:

27/03/2024

Sanción:

20/01/2021

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: La Ley Nacional N° 26.206, la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N°

6.347), la Resolución CFE N° 93/09, las Resoluciones Nros. 4145-SSGECP/12, sus

complementarias y modificatorias, 321- MEGC/15, sus complementarias y

modificatorias, 653-MEGC/18, 1318-MEIGC/19, 1058-MEDGC/20 y 1186-MEDGC/20,

el Expediente Electrónico N° 3.776.110-GCABA-DGEGE/21, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nacional N° 26.206 propicia que las jurisdicciones garanticen "las

alternativas de acompañamiento de la trayectoria escolar de los/as jóvenes, tales

como tutores/as y coordinadores/as de curso, fortaleciendo el proceso educativo

individual y/o grupal de los/as alumnos/as";

Que la Ley N° 6.292 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones

por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les

confiere dicha Ley;

Que en el marco de la precitada norma, le corresponde al Ministerio de Educación

diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que

conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo

individual y social;

Que conforme a la Resolución N° 93-CFE/09 se aprobó el documento "Orientaciones

para la Organización Institucional de la Educación Secundaria Obligatoria";

Que la mencionada norma establece que las escuelas secundarias deberán tener

rasgos organizativos que permitan "sostener y orientar las trayectorias escolares de

los estudiantes";

Que por la Resolución N° 1058-MEDGC/20 se establecieron las pautas para la

implementación de la función tutorial;

Que por Resolución N° 4145-SSGECP/12, sus complementarias y modificatorias, se

aprobó el Diseño Curricular Primer Ciclo de la Modalidad Técnico Profesional de Nivel

Secundario diurno;

Que, asimismo, por la Resolución N° 321-MEGC/15, complementarias y

modificatorias, se aprobó el Diseño Curricular y la Estructura Curricular para el Ciclo

Básico y para el Ciclo Orientado de la Formación General de los establecimientos

correspondientes de la Dirección de Educación Media y de la Dirección de Educación

Técnica de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, y de la entonces

Dirección de Formación Docente y de Educación Artística, de la entonces Dirección

General de Educación Superior y de la Dirección General de Gestión Privada

correspondiente a la Nueva Escuela Secundaria en el ámbito de la Ciudad de Buenos

Aires;

Que los citados Diseños Curriculares se vienen implementando en esta jurisdicción, en

virtud de lo cual deviene necesario continuar con el proceso de profundización de los

mismos, así como de las metodologías de enseñanza;

Que es uno de los propósitos de la Nueva Escuela Secundaria, fortalecer el trabajo

conjunto de los tutores con las autoridades, los profesores, preceptores, asesores y

otros actores educativos, generando un entramado de colaboración desde el cual se

construya la mirada integral sobre las trayectorias escolares y se diseñen

intervenciones integrales, desde una perspectiva de acompañamiento institucional a

las mismas;

Que particularmente, la función tutorial se plasma en la construcción del Proyecto

Institucional de Tutoría como parte del Proyecto Escuela;

Que de esta manera, por la Resolución N° 653-MEGC/18, se aprobó el instrumento

denominado Plan Personal de Aprendizaje con el objeto de dar cuenta del

acompañamiento personalizado que el equipo tutorial realiza con cada estudiante de

primer año de nivel secundario, conforme el diseño curricular aprobado por Resolución

N° 4145-SSGECP/12, complementarias y modificatorias, y por la Resolución N° 321-

MEGC/15, complementarias y modificatorias, ello para las escuelas allí citadas;

Que posteriormente, y atento la Profundización de la Nueva Escuela Secundaria se

aprobaron mediante Resoluciones Nros. 1318-MEIGC/19 y 1186-MEDGC/20 los

instrumentos Plan Personal de Aprendizaje para los ciclos lectivos 2019 y 2020

respectivamente;

Que igualmente, por las mencionadas Resoluciones se estableció que la tarea

desarrollada por el Equipo Tutorial de cada establecimiento será plasmada en el

instrumento aprobado por dicho acto, por un miembro del equipo tutorial, designado

por el Director/a o Rector/a;

Que de esta manera, y atento a la Profundización de la Nueva Escuela Secundaria

deviene necesario aprobar el instrumento denominado Plan Personal de Aprendizaje

para el ciclo lectivo 2021, dando cuenta del acompañamiento personalizado que el

equipo tutorial realiza con cada estudiante de primer (1er) y segundo (2do) año de

nivel secundario de las escuelas detalladas en el Anexo III (IF-2021-03768252-

GCABA-DGEGE), según corresponda;

Que las Direcciones Generales de Planeamiento Educativo, de Escuelas Normales

Superiores y Artísticas, y de Gestión Estatal, y las Subsecretarías de Carrera Docente

y de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, tomaron intervención en el marco

de sus respectivas competencias;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase, para el ciclo lectivo 2021, el instrumento denominado Plan

Personal de Aprendizaje, de conformidad con el detalle obrante en el Anexo I (IF-

2021-03750970-GCABA-DGEGE), que a todos sus efectos forma parte integrante de

la presente Resolución, cuyo objetivo es dar cuenta del acompañamiento

personalizado que el equipo tutorial realiza con cada estudiante de Primer (1er) año de

nivel secundario para las escuelas de Gestión Estatal que se detallan en el Anexo III

(IF-2021-03768252-GCABA-DGEGE) según corresponda, conforme el diseño

curricular aprobado por la Resolución N° 4145-SSGECP/12, complementarias y

modificatorias, y por la Resolución N° 321-MEGC/15, complementarias y

modificatorias.

Artículo 2°.- Apruébase, para el ciclo lectivo 2021, el instrumento denominado Plan

Personal de Aprendizaje, de conformidad con el detalle obrante en el Anexo II (IF-

2021-03751315-GCABA-DGEGE), que a todos sus efectos forma parte integrante de

la presente Resolución, cuyo objetivo es dar cuenta del acompañamiento

personalizado que el equipo tutorial realiza con cada estudiante de segundo (2do) año

de nivel secundario para las escuelas detalladas en el Anexo III (IF-2021-03768252-

GCABA-DGEGE) según corresponda, conforme el diseño curricular aprobado por la

Resolución N° 4145-SSGECP/12, complementarias y modificatorias, y por la

Resolución N° 321- MEGC/15, complementarias y modificatorias.

Artículo 3°.- Establécese que la tarea desarrollada por el equipo tutorial de cada

establecimiento será plasmada en el instrumento aprobado por los Artículos 1° y 2° de

la presente Resolución por un miembro de dicho equipo tutorial, designado por la

máxima autoridad de Nivel Secundario del establecimiento.

Artículo 4°.- Determínase que el gasto que demande el cumplimiento de lo aquí

expuesto será imputado a la Jurisdicción 55. UE 7342. Programa 37. Actividad 10000.

Inciso 1. FF11.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Subsecretarías de Carrera Docente

y de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, a las Direcciones Generales de

Administración de Recursos, de Personal Docente y No Docente, de Educación de

Gestión Estatal, de Escuelas Normales Superiores y Artísticas y de Planeamiento

Educativo del Ministerio de Educación, y a la Dirección General de Administración y

Liquidación de Haberes y a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio

de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Acuña


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6843- ANEXO I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6843- ANEXO II

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6843- ANEXO III

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Rsolución 569/MEDGC/21 aprueba, para el ciclo lectivo 2021, el instrumento denominado Plan Personal de Aprendizaje, cuyo objetivo es dar cuenta del acompañamiento personalizado que el equipo tutorial realiza con cada estudiante de Primer (1er) año de nivel secundario para las escuelas de Gestión Estatal conforme el diseño curricular aprobado por la Resolución N° 4145-SSGECP/12, complementarias y modificatorias, y por la Resolución N° 321-MEGC/15, complementarias y modificatorias.</p><p>Art. 2°.aprueba para el ciclo lectivo 2021, el instrumento denominado Plan Personal de Aprendizaje, cuyo objetivo es dar cuenta del acompañamiento personalizado que el equipo tutorial realiza con cada estudiante de segundo (2do) año de nivel secundario para las escuelas conforme el diseño curricular aprobado por la Resolución N° 4145-SSGECP/12, complementarias y modificatorias, y por la Resolución N° 321- MEGC/15, complementarias y modificatorias.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Rsolución 569/MEDGC/21 aprueba, para el ciclo lectivo 2021, el instrumento denominado Plan Personal de Aprendizaje, cuyo objetivo es dar cuenta del acompañamiento personalizado que el equipo tutorial realiza con cada estudiante de Primer (1er) año de nivel secundario para las escuelas de Gestión Estatal conforme el diseño curricular aprobado por la Resolución N° 4145-SSGECP/12, complementarias y modificatorias, y por la Resolución N° 321-MEGC/15, complementarias y modificatorias.</p><p>Art. 2°.aprueba para el ciclo lectivo 2021, el instrumento denominado Plan Personal de Aprendizaje, cuyo objetivo es dar cuenta del acompañamiento personalizado que el equipo tutorial realiza con cada estudiante de segundo (2do) año de nivel secundario para las escuelas conforme el diseño curricular aprobado por la Resolución N° 4145-SSGECP/12, complementarias y modificatorias, y por la Resolución N° 321- MEGC/15, complementarias y modificatorias.</p>