RESOLUCIÓN 257 2024 SECRETARIA DE TRABAJO Y EMPLEO

Síntesis:

FIJA SUMA DINERARIA MENSUAL FIJA - NO REMUNERATIVA - PRACTICANTES - ASIGNACIÓN ESTÍMULO - AÑO 2024 - RÉGIMEN ESPECIAL DE PRÁCTICAS DE FORMACIÓN PARA EL EMPLEO - LEY N° 6393

Publicación:

04/04/2024

Sanción:

25/03/2024

Organismo:

SECRETARIA DE TRABAJO Y EMPLEO


VISTO: Las Leyes N° 265, N° 6.684 y N° 6.393 (textos consolidados por Ley N°

6.588), los Decretos N° 88-GCABA/01, 387-GCABA/23 y sus modificatorios, las

Resoluciones N° 211-GCABA-SSTIYC/21, N° 197-GCABA/SSTIYC/23, 474-

GCABA/SSTIYC/23 y N° 844-GCABA-SSTIYC/23, el Expediente Electrónico N°

7253368-GCABA-SSTIYC-2021, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 265, se establecen las competencias de la Autoridad Administrativa de

Trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre las cuales se encuentra la de

elaborar políticas tendientes a la capacitación y recalificación de los trabajadores,

como así también programas de incentivos y promoción de empleo;

Que por el Decreto N° 88-GCABA/01 se instituyó a la entonces Subsecretaría de

Trabajo y Empleo como Autoridad Administrativa del Trabajo de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires en los términos de la Ley N° 265;

Que por medio de la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre los Ministerios del Poder

Ejecutivo al Ministerio de Justicia;

Que en sentido concordante, el Decreto N° 387-GCABA/23 y modificatorios, aprobó la

estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires encontrándose la Secretaría de Trabajo y Empleo bajo la órbita del

citado Ministerio;

Que a través la Ley N° 6.393 (texto consolidado por Ley N° 6.588) se crea el Régimen

Especial de Prácticas de Formación para el Empleo en el ámbito de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, con el objetivo de mejorar las competencias y destrezas

de personas mayores de 18 años, sin empleo, en situación de vulnerabilidad laboral

y/o social, a través del desarrollo de prácticas formativas en ambientes de trabajo,

complementarias de procesos de fortalecimiento y tendientes a mejorar sus

condiciones de empleabilidad;

Que en su artículo 3°, dicho plexo normativo establece que la Autoridad Administrativa

del Trabajo será la Autoridad de Aplicación del Régimen creado y que además tendrá

a su cargo el dictado de la normativa reglamentaria correspondiente;

Que asimismo, en el artículo 12 de dicha Ley, se establece que, con vistas a permitir el

adecuado cumplimiento de la asistencia y mantenimiento del proceso formativo, cada

participante recibirá una suma dineraria mensual fija no remunerativa en concepto de

asignación estimulo que será solventada por la Autoridad de Aplicación y/o la Entidad

Formadora;

Que posteriormente, mediante Resolución N° 211-GCABA-SSTIYC/21 se aprueba la

reglamentación de la Ley N° 6.393 de Promoción del Empleo de Prácticas Formativas;

Que asimismo, mediante Resolución N° 474-GCABA-SSTIYC/23 y con el fin de

incentivar la utilización del régimen creado por la Ley N° 6.393 por empresas

pequeñas y medianas, se modificó el artículo 13 del Anexo I de la Resolución N° 211-

GCABA-SSTIYC/23 y el artículo 1° de la Resolución N° 197-GCABA-SSTIYC/23;

Que por Resolución N° 844-GCABA-SSTIYC/23 se fijó el monto de la asignación

estímulo para el año 2023;

Que atento a que la asignación estímulo constituye un aporte de relevancia como

incentivo para los beneficiarios del Régimen, se considera pertinente ajustar

nuevamente el monto de aquella.

Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas,

EL SECRETARIO DE TRABAJO Y EMPLEO

RESUELVE:

Artículo 1°.- Fijase en PESOS NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SESENTA

($ 91.260.-), la suma dineraria mensual fija no remunerativa que reciban los

practicantes en concepto de asignación estímulo para el año 2024, en el marco del

Régimen Especial de Prácticas de Formación para el Empleo instituido por la Ley N°

6.393. La Unidad Ejecutora podrá incrementar el valor antes establecido hasta en un

VEINTICUATRO PORCIENTO (24%) en aquellas entidades formadoras cuya cantidad

de empleados sea de uno (1) a diecinueve (19) y hasta un DOCE POR CIENTO (12%)

en aquellas cuya cantidad de empleados sea de entre veinte (20) a noventa y nueve

(99).

Artículo 2°.- Establécese que los términos de la presente Resolución son de aplicación

únicamente para aquellos procesos formativos que se presenten con posterioridad a la

entrada en vigencia de la presente.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Dirección General de Empleo para su conocimiento y demás

efectos. Cumplido, archívese. Jarvis

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolucion 595-SECTE/25 fija en PESOS CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL ($ 145.000.-), la<br />suma dineraria mensual fija no remunerativa que reciban los practicantes en concepto de asignación estímulo para el año 2025, quedando modificada la suma aprobada por Resolución 257-SECTE/24.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1º  de la Resolución N° 257-SECTE/24 fija la suma dineraria mensual fija no remunerativa que reciban los practicantes en concepto de asignación estímulo para el año 2024, modificando la Resolución N° 297-SSTIYC/21.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1º  de la Resolución N° 257-SECTE/24 fija la suma dineraria mensual fija no remunerativa que reciban los practicantes en concepto de asignación estímulo para el año 2024, instituido por la Ley Nº 6.393, reglamentado por Resolucion 211-SSTIYC/21.</p>