RESOLUCIÓN 859 2023 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Síntesis:
VIGENCIA ESPECIAL -ESTABLECE - CONTRIBUYENTES Y-O RESPONSABLES - IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS - SERAN INCORPORADOS DENTRO DEL SISTEMA DE VERIFICACIÓN CONTINUA PARA GRANDES CONTRIBUYENTES - REGISTREN INGRESOS TOTALES SUPERIORES A PESOS MIL MILLONES - HAYAN DECLARADO EN CONCEPTO DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS UN IMPORTE SUPERIOR A PESOS CUARENTA Y OCHO MILLONES - EJERCICIO FISCAL INMEDIATO ANTERIOR - LA PRESENTE RESOLUCIÓN RIGE A PARTIR DEL 1° DE ABRIL DE 2023 - DIRECCION GENERAL DE RENTAS
Publicación:
15/04/2024
Sanción:
31/03/2023
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
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VISTO: La Resolución N° 161-AGIP/19 (BOCBA N° 5658) y sus complementarias
Nros. 418-DGR/21 (BOCBA N° 6477), 972-DGR/22 (BOCBA N° 6362), 1337-DGR/22
(BOCBA N° 6386), 1788-DGR/22 (BOCBA N° 6419) y 2663-DGR/22 (BOCBA N°
6477) y el Expediente Electrónico N° 12.734.121/GCABA-DGANFA/23, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución N° 161/AGIP/2019 ha creado el Sistema de Verificación Continua
para Grandes Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, con el objetivo
de efectuar un estricto control y seguimiento del cumplimiento de las obligaciones
tributarias de ciertos contribuyentes y/o responsables en el Impuesto sobre los
Ingresos Brutos;
Que por medio del artículo 2° de la citada Resolución se fijan los parámetros
aplicables para la incorporación de los contribuyentes y/o responsables al Sistema de
Verificación Continua para Grandes Contribuyentes, hallándose vinculados con las
actividades desarrolladas, el carácter de contribuyente de la Contribución que incide
sobre las Compañías de Electricidad y los ingresos totales y del impuesto declarado
en el ejercicio fiscal inmediato anterior;
Que complementariamente, se dispone que la Dirección General de Rentas procederá
a fijar anualmente el monto mínimo de ingresos totales (gravados, no gravados y
exentos) y los importes mínimos declarados en concepto del Impuesto sobre los
Ingresos Brutos para la inclusión de los sujetos dentro de dicho Sistema;
Que asimismo, el artículo 3° de la norma mencionada dispone que la nominación de
los sujetos dentro del Sistema de Verificación Continua para Grandes Contribuyentes
será efectuada con carácter anual (abril - marzo) por Resolución emanada de la
Dirección General de Rentas durante el mes de marzo de cada año;
Que por otra parte, mediante el artículo 11 de la Resolución N° 161-AGIP/19 se faculta
expresamente a esta Dirección General de Rentas a incorporar actividades adicionales
y a nominar a contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos
que, por sus características específicas, revistan un mayor interés fiscal;
Que por la Resolución N° 418-DGR/21, esta Dirección General de Rentas ha
establecido que los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos
Brutos debían ser incorporados al Sistema de Verificación Continua para Grandes
Contribuyentes, cuando registraran ingresos totales (gravados, no gravados y exentos)
superiores a $ 150.000.000 (Pesos ciento cincuenta millones) y hubieran declarado en
concepto del Impuesto sobre los Ingresos Brutos un importe superior a
$ 3.500.000,00.- (Pesos tres millones quinientos mil), ambos en el ejercicio fiscal
inmediato anterior;
Que asimismo, la citada Resolución incorporó, desde el día 1° de abril de 2021 hasta
el día 31 de marzo de 2022, al Sistema de Verificación Continua para Grandes
Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los contribuyentes y/o
responsables nominados en su Anexo I; Que posteriormente, las Resoluciones Nros.
972-DGR/22, 1337-DGR/22, 1788-DGR/22 y 2663-DGR/22 prorrogaron hasta el día 31
de marzo del corriente año, la inclusión de los contribuyentes y/o responsables
nominados por la Resolución N° 418-DGR/21 dentro del Sistema de Verificación
Continua para Grandes Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos;
Que en consecuencia, resulta necesario proceder a nominar a los contribuyentes y/o
responsables que se incorporarán al Sistema de Verificación Continua para Grandes
Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, fijando los importes de los
parámetros establecidos en el inciso c) del artículo 2° de la Resolución N° 161-
AGIP/19.
Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por la Resolución N° 161-AGIP/19,
Artículo 1°.- Establécese que los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre
los Ingresos Brutos deberán ser incorporados dentro del Sistema de Verificación
Continua para Grandes Contribuyentes, cuando registren ingresos totales (gravados,
no gravados y exentos) superiores a los $ 1.000.000.000,00.- (Pesos mil millones) y
hayan declarado en concepto del Impuesto sobre los Ingresos Brutos un importe
superior a $ 48.000.000,00.- (Pesos cuarenta y ocho millones), ambos en el ejercicio
fiscal inmediato anterior.
Artículo 2°.- Incorpóranse al Sistema de Verificación Continua para Grandes
Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los contribuyentes y/o
responsables nominados en el Anexo I, el cual forma parte integrante de la presente
Resolución a todos sus efectos.
Artículo 3°.- La incorporación de los contribuyentes y/o responsables nominados en el
Anexo I al Sistema de Verificación Continua para Grandes Contribuyentes se
extenderá desde el día 1° de abril de 2023 hasta el día 31 de marzo de 2024.
Artículo 4°.- La presente Resolución rige a partir del día 1° de abril de 2023.
Artículo 5°.- Comuníquese a la Dirección General de Planificación y Control y a todas
las áreas dependientes de esta Dirección General de Rentas. Pase a la Dirección
Administración y Control de Tributos Autodeterminados dependiente de la
Subdirección General de Servicios y Control Tributario y a la Dirección Procedimientos
y Sistematización dependiente de la Subdirección General de Sistematización de la
Recaudación para su conocimiento y demás efectos. Notifíquese a los contribuyentes
y responsables de conformidad con lo dispuesto por el artículo 41, inciso 5), del
Código Fiscal vigente. Cumplido, archívese. Tujsnaider