RESOLUCIÓN 859 2023 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

Síntesis:

VIGENCIA ESPECIAL -ESTABLECE - CONTRIBUYENTES Y-O RESPONSABLES - IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS - SERAN INCORPORADOS DENTRO DEL SISTEMA DE VERIFICACIÓN CONTINUA PARA GRANDES CONTRIBUYENTES - REGISTREN INGRESOS TOTALES SUPERIORES A PESOS MIL MILLONES - HAYAN DECLARADO EN CONCEPTO DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS UN IMPORTE SUPERIOR A PESOS CUARENTA Y OCHO MILLONES - EJERCICIO FISCAL INMEDIATO ANTERIOR - LA PRESENTE RESOLUCIÓN RIGE A PARTIR DEL 1° DE ABRIL DE 2023 - DIRECCION GENERAL DE RENTAS

Publicación:

15/04/2024

Sanción:

31/03/2023

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS


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VISTO: La Resolución N° 161-AGIP/19 (BOCBA N° 5658) y sus complementarias

Nros. 418-DGR/21 (BOCBA N° 6477), 972-DGR/22 (BOCBA N° 6362), 1337-DGR/22

(BOCBA N° 6386), 1788-DGR/22 (BOCBA N° 6419) y 2663-DGR/22 (BOCBA N°

6477) y el Expediente Electrónico N° 12.734.121/GCABA-DGANFA/23, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 161/AGIP/2019 ha creado el Sistema de Verificación Continua

para Grandes Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, con el objetivo

de efectuar un estricto control y seguimiento del cumplimiento de las obligaciones

tributarias de ciertos contribuyentes y/o responsables en el Impuesto sobre los

Ingresos Brutos;

Que por medio del artículo 2° de la citada Resolución se fijan los parámetros

aplicables para la incorporación de los contribuyentes y/o responsables al Sistema de

Verificación Continua para Grandes Contribuyentes, hallándose vinculados con las

actividades desarrolladas, el carácter de contribuyente de la Contribución que incide

sobre las Compañías de Electricidad y los ingresos totales y del impuesto declarado

en el ejercicio fiscal inmediato anterior;

Que complementariamente, se dispone que la Dirección General de Rentas procederá

a fijar anualmente el monto mínimo de ingresos totales (gravados, no gravados y

exentos) y los importes mínimos declarados en concepto del Impuesto sobre los

Ingresos Brutos para la inclusión de los sujetos dentro de dicho Sistema;

Que asimismo, el artículo 3° de la norma mencionada dispone que la nominación de

los sujetos dentro del Sistema de Verificación Continua para Grandes Contribuyentes

será efectuada con carácter anual (abril - marzo) por Resolución emanada de la

Dirección General de Rentas durante el mes de marzo de cada año;

Que por otra parte, mediante el artículo 11 de la Resolución N° 161-AGIP/19 se faculta

expresamente a esta Dirección General de Rentas a incorporar actividades adicionales

y a nominar a contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos

que, por sus características específicas, revistan un mayor interés fiscal;

Que por la Resolución N° 418-DGR/21, esta Dirección General de Rentas ha

establecido que los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos

Brutos debían ser incorporados al Sistema de Verificación Continua para Grandes

Contribuyentes, cuando registraran ingresos totales (gravados, no gravados y exentos)

superiores a $ 150.000.000 (Pesos ciento cincuenta millones) y hubieran declarado en

concepto del Impuesto sobre los Ingresos Brutos un importe superior a

$ 3.500.000,00.- (Pesos tres millones quinientos mil), ambos en el ejercicio fiscal

inmediato anterior;

Que asimismo, la citada Resolución incorporó, desde el día 1° de abril de 2021 hasta

el día 31 de marzo de 2022, al Sistema de Verificación Continua para Grandes

Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los contribuyentes y/o

responsables nominados en su Anexo I; Que posteriormente, las Resoluciones Nros.

972-DGR/22, 1337-DGR/22, 1788-DGR/22 y 2663-DGR/22 prorrogaron hasta el día 31

de marzo del corriente año, la inclusión de los contribuyentes y/o responsables

nominados por la Resolución N° 418-DGR/21 dentro del Sistema de Verificación

Continua para Grandes Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos;

Que en consecuencia, resulta necesario proceder a nominar a los contribuyentes y/o

responsables que se incorporarán al Sistema de Verificación Continua para Grandes

Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, fijando los importes de los

parámetros establecidos en el inciso c) del artículo 2° de la Resolución N° 161-

AGIP/19.

Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por la Resolución N° 161-AGIP/19,

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

RESUELVE

Artículo 1°.- Establécese que los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre

los Ingresos Brutos deberán ser incorporados dentro del Sistema de Verificación

Continua para Grandes Contribuyentes, cuando registren ingresos totales (gravados,

no gravados y exentos) superiores a los $ 1.000.000.000,00.- (Pesos mil millones) y

hayan declarado en concepto del Impuesto sobre los Ingresos Brutos un importe

superior a $ 48.000.000,00.- (Pesos cuarenta y ocho millones), ambos en el ejercicio

fiscal inmediato anterior.

Artículo 2°.- Incorpóranse al Sistema de Verificación Continua para Grandes

Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los contribuyentes y/o

responsables nominados en el Anexo I, el cual forma parte integrante de la presente

Resolución a todos sus efectos.

Artículo 3°.- La incorporación de los contribuyentes y/o responsables nominados en el

Anexo I al Sistema de Verificación Continua para Grandes Contribuyentes se

extenderá desde el día 1° de abril de 2023 hasta el día 31 de marzo de 2024.

Artículo 4°.- La presente Resolución rige a partir del día 1° de abril de 2023.

Artículo 5°.- Comuníquese a la Dirección General de Planificación y Control y a todas

las áreas dependientes de esta Dirección General de Rentas. Pase a la Dirección

Administración y Control de Tributos Autodeterminados dependiente de la

Subdirección General de Servicios y Control Tributario y a la Dirección Procedimientos

y Sistematización dependiente de la Subdirección General de Sistematización de la

Recaudación para su conocimiento y demás efectos. Notifíquese a los contribuyentes

y responsables de conformidad con lo dispuesto por el artículo 41, inciso 5), del

Código Fiscal vigente. Cumplido, archívese. Tujsnaider

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Artículo 1°de la Resolucion 895-DGR-23 prorroga hasta el día 31 de marzo de 2025, la inclusión de los<br />contribuyentes y/o responsables nominados por la Resolución N° 859-DGR/23 y su rectificativa N° 1224-DGR/23 dentro del Sistema de Verificación Continua para Grandes Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, implementado por la Resolucion 161-AGIP-19.</p>
COMPLEMENTA
<p>Articulo 1° de la Resolucion 859-DGR-23 establece que los contribuyentes y-o responsables del Impuesto sobre<br />los Ingresos Brutos deberán ser incorporados dentro del Sistema de Verificación Continua para Grandes Contribuyentes, cuando registren ingresos totales (gravados,no gravados y exentos) superiores a los $ 1.000.000.000,00 y hayan declarado en concepto del Impuesto sobre los Ingresos Brutos un importe superior a $ 48.000.000,00 ambos en el ejercicio fiscal inmediato anterior, complementando lo dispuesto por Resolución 418-DGR/21.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolucion 859-DGR-23 establece que los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los ingresos Brutos deberán ser incorporados dentro del Sistema de Verificación Continua para Grandes Contribuyentes creado por Resolucion 161-AGIP-19</p>