RESOLUCIÓN 161 2019 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

SE CREA - SISTEMA DE VERIFICACIÓN CONTINUA PARA GRANDES CONTRIBUYENTES - IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS - CARÁCTER ANUAL - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DEROGA RESOLUCIÓN 258-DGR-1995 

Publicación:

17/07/2019

Sanción:

11/07/2019

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO: LAS RESOLUCIONES N° 16142/DGR/1994 (BM N° 19950), N°

258/DGR/1995 (BM N° 19970) Y N° 4191/DGR/2007 (BOCBA N° 2840) Y SUS

MODIFICATORIAS Y COMPLEMENTARIAS, Y

CONSIDERANDO:

Que por medio de la Resolución N° 258/DGR/1995 se ha creado el Sistema Integrado

de Control de las Obligaciones Fiscales de los Grandes Contribuyentes del Impuesto

sobre los Ingresos Brutos;

Que por Resolución N° 4191/DGR/2007 y sus modificatorias se designaron los

contribuyentes y/o responsables incorporados al actual Sistema de Control Especial

(SCE) de Grandes Contribuyentes, los cuales deben dar cumplimiento a las

obligaciones fiscales cuya aplicación, percepción y fiscalización se halla a cargo de

esta Administración mediante los aplicativos destinados a tal efecto;

Que en virtud de la constante implementación de políticas tendientes a optimizar los

procedimientos tributarios vinculados con la recaudación, determinación y fiscalización

de los tributos, conjuntamente con el continuo desarrollo de herramientas tecnológicas

que faciliten el cumplimiento de las obligaciones fiscales, resulta oportuno reemplazar

el sistema de control de las obligaciones fiscales de los grandes contribuyentes.

Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

"EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE":

Artículo 1.- Créase el Sistema de Verificación Continua para Grandes Contribuyentes

del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Artículo 2.- Los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos

Brutos deberán ser incorporados dentro del Sistema de Verificación Continua para

Grandes Contribuyentes, cuando indistintamente:

a) Desarrollen las actividades de servicios de la banca mayorista, minorista y/o de

inversión.

b) Se hallen alcanzados por la Contribución que incide sobre las Compañías de

Electricidad.

c) Registren ingresos totales (gravados, no gravados y exentos) y hayan declarado en

concepto del Impuesto sobre los Ingresos Brutos importes superiores a los fijados

anualmente por la Dirección General de Rentas a tal efecto, ambos en el ejercicio

fiscal inmediato anterior.

Artículo 3.- La nominación de los contribuyentes y/o responsables dentro del Sistema

de Verificación Continua para Grandes Contribuyentes será efectuada con carácter

anual (abril - marzo) por Resolución emanada de la Dirección General de Rentas

durante el mes de marzo de cada año.

Artículo 4.- En el supuesto de procesos de reorganización empresaria en los cuales

intervengan contribuyentes y/o responsables comprendidos dentro del Sistema de

Verificación Continua para Grandes Contribuyentes, los sujetos continuadores

formarán parte del citado Sistema en forma automática.

Artículo 5.- La notificación fehaciente de la nominación del contribuyente y/o

responsable dentro del Sistema de Verificación Continua para Grandes Contribuyentes

deberá ser realizada mediante comunicación informática, de conformidad con lo

dispuesto por el inciso 5) del artículo 32 del Código Fiscal (t.o. 2019).

Artículo 6.- El Sistema de Verificación Continua para Grandes Contribuyentes

comprende el estricto control y seguimiento del cumplimiento de las obligaciones

tributarias de los contribuyentes y/o responsables nominados en el Impuesto sobre los

Ingresos Brutos.

Artículo 7.- El carácter de sujeto obligado a actuar como agente de recaudación en los

términos de la Resolución N° 939/AGIP/2013 (BOCBA N° 4302) y sus modificatorias

resulta independiente de la nominación de los contribuyentes y/o responsables del

Impuesto sobre los Ingresos Brutos dentro del Sistema Verificación Continua para

Grandes Contribuyentes.

Artículo 8.- Establécese que la primera nominación de los contribuyentes y/o

responsables dentro del Sistema de Verificación Continua para Grandes

Contribuyentes será efectuada por un plazo de ocho (8) meses (agosto - marzo) por

Resolución emanada de la Dirección General de Rentas durante el mes de julio del

corriente ejercicio fiscal.

Artículo 9.- Los contribuyentes y/o responsables que hubieren sido incorporados al

Sistema de Control Especial (S.C.E.) por Resolución N° 4191/DGR/2007 y sus

modificatorias deberán continuar efectuando sus presentaciones y pagos respecto de

los gravámenes empadronados mediante los aplicativos habilitados a tal efecto en la

página Web del Organismo (www.agip.gob.ar).

Artículo 10.- Los contribuyentes y/o responsables que hubieren sido incorporados al

Sistema de Control Especial (S.C.E.) por Resolución N° 4191/DGR/2007 y sus

modificatorias deberán ajustarse a sus disposiciones respecto del Impuesto sobre los

Ingresos Brutos hasta el día 31 de julio de 2019.

Artículo 11.- Facúltase a la Dirección General de Rentas para:

a) Incorporar actividades adicionales a las consignadas en el inciso a) del artículo 2 de

la presente Resolución.

b) Nominar a contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos

que, por sus características específicas, revistan un mayor interés fiscal.

c) Implementar acciones específicas de verificación y control respecto del universo de

contribuyentes incorporado al Sistema de Verificación Continua para Grandes

Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Artículo 12.- Derógase la Resolución N° 258/DGR/1995 y sus modificatorias y

complementarias.

Artículo 13.- La presente Resolución rige a partir del día de su publicación.

Artículo 14.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

comuníquese a las Direcciones Generales de Rentas y de Planificación y Control

dependientes de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Pase a la

Subdirección General de Agentes de Recaudación y Control Fiscal de la Dirección

General de Rentas para su conocimiento y demás efectos. Cumplido archívese.

Ballotta

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolucion 859-DGR-23 establece que los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los ingresos Brutos deberán ser incorporados dentro del Sistema de Verificación Continua para Grandes Contribuyentes creado por Resolucion 161-AGIP-19</p>
INTEGRADA POR
<p>Artículo 1°.- Prorrógase hasta el día 30 de septiembre de 2022, la inclusión de los contribuyentes y/o responsables nominados por la Resolución N° 418-DGR/21 dentro del Sistema de Verificación Continua para Grandes Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, implementado por la Resolución N ° 161-AGIP/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art.1 de la Resolución 232-AGIP-20, prorroga hasta el día 31 de marzo de 2021, la inclusión de los contribuyentes y/o responsables nominados por la Resolución  2447-DGR/2019 dentro del Sistema de Verificación Continua para Grandes Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, implementado por la Resolución  161-AGIP/2019.</p>
INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 418/DGR/21 establece que los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos deberán ser incorporados dentro del Sistema de Verificación Continua para Grandes Contribuyentes, cuando registren ingresos totales (gravados, no gravados y exentos) superiores a los $ 150.000.000,00.- (Pesos ciento cincuenta millones) y hayan declarado en concepto del Impuesto sobre los Ingresos Brutos un importe superior a $ 3.500.000,00.- (Pesos tres millones quinientos mil), ambos en el ejercicio fiscal inmediato anterior.</p>
INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 144-AGIP/20 prorroga la inclusión de los contribuyentes y/o responsables nominados por la Resolución N° 2447-DGR/2019 dentro del Sistema de Verificación Continua para Grandes Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, implementado por la Resolución N° 161-GCABA-AGIP/2019.</p>
INTEGRA
<p>Art. 7 de la Resolución 161-AGIP-19 establece que el carácter de sujeto obligado a actuar como agente de recaudación en los términos de la Resolución 939-AGIP-13 y sus modificatorias resulta independiente de la nominación de los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos dentro del Sistema Verificación Continua para Grandes Contribuyentes.</p>
INTEGRA
<p>Art. 9 de la Resolución 161-AGIP-19 establece que Los contribuyentes y/o responsables que hubieren sido incorporados al Sistema de Control Especial por Resolución 4191-DGR-07 y sus modificatorias deberán continuar efectuando sus presentaciones y pagos respecto de los gravámenes empadronados mediante los aplicativos habilitados a tal efecto en la página Web del Organismo.</p>
DEROGA
<p>Art. 12 de la Resolución 161-AGIP-18 deroga la Resolución 258-DGR-95  y sus modificatorias y complementarias.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución N° 194-AGIP/20 prorroga hasta el día 30 de agosto de 2020, la inclusión de los contribuyentes y/o responsables nominados por la Resolución N° 2447-DGR/2019 dentro del Sistema de Verificación Continua para Grandes Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, implementado por la Resolución Nº 161-GCABAAGIP/2019.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 24 de la Resolución 257-AGIP-19 establece el metodo de cancelación de deuda mediante un plan de facilidades de pago. Contribuyentes y/o responsables no incluidos en el Sistema de Verificación Continua, aprobado por Resolución 161-AGIP-19.</p><p>Art. 25 establece el metodo de cancelación de deuda mediante un plan de facilidades de pago Contribuyentes y/o responsables incluidos en el Sistema de Verificación Continua.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 6195 establece que el beneficio de condonación de obligaciones tributarias y sus accesorios, sólo procede respecto de contribuyentes y/o responsables que no se hallen incluidos en el actual Sistema de Verificación Continua para Grandes Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, normado por la Resolución 161-AGIP/2019.</p><p>Art. 15 establece el esquema en que los contribuyentes y/o responsables, que se hallen incluidos en el actual<br />Sistema de Verificación Continua para Grandes Contribuyentes, podrán regularizar sus obligaciones tributarias.</p>