DISPOSICIÓN 499 2020 DIRECCION GENERAL DESARROLLO CULTURAL Y CREATIVO

Síntesis:

APRUEBA IMPLEMENTACIÓN - INGRESO VIRTUAL - PRESENTACIONES VINCULADAS CON LOS SUBSIDIOS Y/O BENEFICIOS - REGÍMENES DE PROMOCIÓN CULTURAL - GERENCIA OPERATIVA OPERACIONES Y REGÍMENES DE PROMOCIÓN CULTURAL - COVID-19 -  CORONAVIRUS - EMERGENCIA SANITARIA - TRÁMITES - MINISTERIO DE CULTURA

Publicación:

23/04/2024

Sanción:

11/06/2020

Organismo:

DIRECCION GENERAL DESARROLLO CULTURAL Y CREATIVO


VISTO: El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/2020, N° 297-PEN/2020 y

N°520-PEN/2020, el Decreto N° 147-GCABA/2020, las Disposiciones N°484-

DGDCC/2020 y N° 497-DGDCC/2020 y el Expediente Electrónico N °15220852

GCABA-DGDCC/2020, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/20 se declaró la emergencia

sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de

2020 a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el

riesgo de propagación del contagio en la población del virus COVID-19 (Coronavirus);

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297-PEN/2020, prorrogado por el

Decreto de Necesidad y Urgencia N° 520-PEN/2020, el Poder Ejecutivo de la Nación,

estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el día 28 de junio del

corriente año, inclusive, en las zonas donde existe transmisión comunitaria del virus,

dentro de la cual se encuentra comprendida la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por el Decreto N° 147-GCABA/2020 se facultó a las autoridades superiores con

rango no inferior a Director General o equivalente, cuyas reparticiones no sean de

máxima esencialidad e imprescindibles durante la vigencia de la pandemia COVID-19

(Coronavirus), para organizar el desempeño de las tareas de sus áreas, adoptando las

medidas necesarias para que los trabajadores afectados presten servicios conforme el

esquema allí indicado;

Que en este contexto mediante la Disposición N° 484-DGDCC/2020, prorrogada por la

Disposición N° 497-DGDCC/2020, se dispuso el cierre de la Mesa de Entradas de la

Gerencia Operativa Operaciones y Regímenes de Promoción Cultural de esta

Dirección General hasta el 28 de junio de 2020, inclusive, y se estableció la prórroga

de los plazos establecidos en la normativa que regula los Regímenes de Promoción

Cultural a cargo de la referida Gerencia Operativa, hasta el 3 de julio de 2020,

inclusive;

Que en ese contexto, y sin perjuicio de la referida prórroga de plazos vigente, resulta

pertinente aprobar con carácter excepcional la implementación del ingreso virtual de

presentaciones vinculadas con los subsidios y/o beneficios de los Regímenes de

Promoción Cultural a cargo de la referida Gerencia Operativa, a través de los correos

electrónicos institucionales mesaregimenes@buenosaires.gob.ar y

participacioncultural@buenosaires.gob.ar;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL

DE DESARROLLO CULTURAL Y CREATIVO

DISPONE:

Artículo 1°.- Apruébase, con carácter excepcional, la implementación del ingreso

virtual de presentaciones vinculadas con los subsidios y/o beneficios de los

Regímenes de Promoción Cultural a cargo de la Gerencia Operativa Operaciones y

Regímenes de Promoción Cultural de esta Dirección General, a través de los correos

electrónicos institucionales que a continuación se detallan:

a. Correo electrónico mesaregimenes@buenosaires.gob.ar correspondiente al

Régimen de Concertación para la Actividad Teatral no Oficial; Régimen de

Concertación para la Actividad Milongas no Oficial; Régimen de Fomento para la

Actividad de la Danza No Oficial; Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura,

las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires; Régimen de Reconocimiento a

la Actividad Literaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Registro de Usos

Culturales; y al Catálogo de Espacios Culturales Independientes;

b. Correo electrónico participacioncultural@buenosaires.gob.ar correspondiente al

Régimen de Participación Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2°.- Exceptúase de la presente medida aquellas presentaciones vinculadas

con las rendiciones de cuentas correspondientes a subsidios y/o beneficios otorgados

en el marco de los Regímenes de Promoción Cultural a cargo de la Gerencia

Operativa Operaciones y Regímenes de Promoción Cultural de esta Dirección

General.

Artículo 3°.- La presente medida se extenderá durante la vigencia de lo establecido en

la Disposición N° 484-DGDCC/2020 y sus correspondientes prórrogas.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

y, para su conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Cultura.

Cumplido, archívese. Scillama

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Artículo 1º  de la Disposición N° 788/DGDCC/21, modifíca el Artículo 1° inciso b) de la Disposición N° 499-DGDCC/20.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 3 de la Disposición 499-DGDCC/20 establece que la presente medida se extenderá durante la vigencia de lo establecido en la Disposición 484-DGDCC/2020 y sus correspondientes prórrogas.</p>