DECRETO 858 2005

Síntesis:

NORMA DEROGADA - AMPLÍA EL DECRETO N° 444-98 - DELEGA LA FACULTADA DE EFECTUAR NOMBRAMIENTOS DE PERSONAL DOCENTE INTERINO A LA SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE RECURSOS Y ACCIÓN COMUNITARIA - SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

Publicación:

16/06/2005

Sanción:

06/06/2005

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


Visto el Expediente N° 32.200/04, y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 444-GCABA/98, se delegó en el señor Secretario de Educación la facultad de efectuar nombramientos de personal docente titular e interino, en su jurisdicción;

Que según surge de los presentes actuados la Subsecretaría de Educación, solicita se proyecte la norma legal pertinente, delegando facultades a la Subsecretaría de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria, para efectuar las designaciones de los docentes en cuestión;

Que hace saber al respecto que el temperamento a adoptar, obedece al cúmulo de actuados que llegan a la misma, y con el fin de agilizar dicha tramitación;

Que por lo expuesto y a fin de regularizar la situación planteada, resulta necesario ampliar los términos del precitado decreto;

Que la Secretaría de Educación, presta su respectiva conformidad;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Amplíanse los términos del Decreto N° 444-GCABA/98, dejándose establecido que se delega la facultad de efectuar nombramientos de personal docente interino, a la Subsecretaría de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria, dependiente de la Secretaría de Educación, exceptuándosela de lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto N° 755/97.

Artículo 2° - Los actos administrativos que se dicten en uso de la facultad delegada por el artículo 1° del presente decreto, deberán contar con la previa intervención de las Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Recursos Humanos, ambas dependientes de la Secretaría de Hacienda y Finanzas.

Artículo 3° - El presente decreto es refrendado por las señoras Secretarias de Educación y Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Secretarías de Educación - Subsecretaría de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria - y de Hacienda y Finanzas - Dirección General de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

EXCEPTUA
Dec. 858-05 - Derogado
MODIFICA
Dec. 858-05 Derogado
DEROGADA POR
Dec. 1206-05 Deroga el Dec. 858-05