RESOLUCIÓN 199 2024 MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT
Síntesis:
MODIFICA - DEPENDENCIA FUNCIONAL - REGISTRO ÚNICO DE UNIDADES PRODUCTIVAS DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOCIAL (RUPEPYS) - DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Y TERRITORIAL - SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO DEL POTENCIAL HUMANO - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT
Publicación:
10/05/2024
Sanción:
07/05/2024
Organismo:
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT
VISTO: Las Leyes N° 6.376 y N° 6.684 (textos consolidados Ley N° 6.588), el Decreto
N° 387/23 y sus modificatorios, el Decreto N° 15/21, la Resolución N° 268-
MDHYHGC/2021 y el Expediente Electrónico N° EX-2024-15523243- -GCABA-SSDPH
y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Ministerios N° 6.684, en su artículo 25, estableció que el Ministerio de
Desarrollo Humano y Hábitat tiene entre sus objetivos "promover la igualdad de
derechos y de oportunidades de todos los habitantes en el marco del respeto por la
diversidad, impulsando el desarrollo social equilibrado en todo el territorio de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires", así como "diseñar e implementar políticas, planes y
programas que promuevan el ejercicio pleno de la ciudadanía social y económica";
Que por Decreto N° 387/23 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, contemplándose en la órbita del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat a la
Subsecretaría de Desarrollo del Potencial Humano; entre cuyas responsabilidades
primarias las que se destacan las de "...Entender en el diseño, implementación y
evaluación de políticas para la promoción de la economía social y popular...", así como
las de "...Asistir al Ministro de Desarrollo Humano y Hábitat en la implementación de la
Ley N° 6.376 de Promoción de la Economía Social...";
Que, asimismo, en el mencionado Decreto se contempla a la Dirección General de
Desarrollo Institucional y Territorial en la órbita de la citada Subsecretaría, y establece
entre sus responsabilidades primarias las de "...Administrar registros que permitan dar
trazabilidad a los programas de la Dirección General, en coordinación con la
Subsecretaría y sus áreas dependientes..." y "...Coordinar con la Subsecretaría y sus
áreas dependientes y con competencia en la materia, la promoción y difusión
comunicacional de información útil y oportuna relativa a los derechos, programas de
gobierno y garantías existentes para las personas en situación de vulnerabilidad...";
Que la Ley N° 6.376 tiene como objeto estimular el desarrollo social y económico a
través de políticas de incentivos para el fortalecimiento de las actividades de las
Unidades Productivas de la Economía Social en el ámbito de toda la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que, por Decreto N° 15/21 se aprobó la reglamentación de los artículos 4 inc.c, 7,
8,10,11,14, 15, 19 y 22 de la Ley N° 6.376, designando al Ministerio de Desarrollo
Humano y Hábitat como autoridad de aplicación de la mentada Ley (artículo 1°) y, por
otra parte, se faculta al titular del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, o a quien
designe, a dictar las normas complementarias que resulten necesarias para su
aplicación e implementación (artículo 2°);
Que, en tal marco, por Resolución N° 268-MDHYHGC/2021 se crea el "REGISTRO
ÚNICO DE UNIDADES PRODUCTIVAS DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOCIAL"
(RUPEPyS) en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la órbita de la
Dirección General de Economía Popular y Social dependiente de la Subsecretaría de
Desarrollo del Potencial Humano (artículo 1°) y se aprueban los Lineamientos
Generales para el funcionamiento de dicho Registro en su Anexo (artículo 2°);
Que, de acuerdo a la gestión de gobierno y a la modificación de la estructura orgánico
funcional, la Subsecretaría de Desarrollo del Potencial Humano entiende conveniente
modificar la dependencia funcional del "REGISTRO ÚNICO DE UNIDADES
PRODUCTIVAS DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOCIAL" (RUPEPyS) que actuará
en la órbita de la Dirección General de Desarrollo Institucional y Territorial;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 2° del Decreto N° 15/2021;
Artículo 1°. - Modificar la dependencia funcional del "REGISTRO ÚNICO DE
UNIDADES PRODUCTIVAS DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOCIAL" (RUPEPyS)
creado por artículo 1° de la Resolución N° 268-MDHYHGC/2021, que actuará en la
órbita de la Dirección General de Desarrollo Institucional y Territorial dependiente de la
Subsecretaría de Desarrollo del Potencial Humano del Ministerio de Desarrollo
Humano y Hábitat. -
Artículo 2°.- Establecer que, a partir de la vigencia del presente, toda mención y/
referencia a la "Dirección General de Economía Popular y Social" en los Lineamientos
Generales para el funcionamiento del "REGISTRO ÚNICO DE UNIDADES
PRODUCTIVAS DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOCIAL" (IF-2021-12904215-
GCABA-DGEPS) aprobados como Anexo por el artículo 2° de la Resolución N° 268-
MDHYHGC/2021, así como toda normativa complementaria que se haya dictado en
consecuencia, se sustituye por "Dirección General de Desarrollo Institucional y
Territorial".-
Artículo 3°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comunicar a la Subsecretaría de Desarrollo del Potencial Humano, a la Dirección
General de Economía Popular y Social y a la Dirección General de Desarrollo
Institucional y Territorial. Mraida