RESOLUCIÓN 212 2024 MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT

Síntesis:

QUITA LA RESOLUCIÓN 206-MDHYHGC-24 - REEMPLAZA EL ARTÍCULO 1° RESOLUCIÓN 261-MDHYHGC-23 - APRUEBA UN MANUAL OPERATIVO - FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO DE LA ECONOMÍA SOCIAL - FONDOS - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT

Publicación:

23/05/2024

Sanción:

17/05/2024

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT


VISTO: Las Leyes N° 6.376 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y 6.617; el Decreto

N° 15/21, las Resoluciones N° 1040-MDHYHGC/2021, 119-MDHYHGC/2022, N° 211-

MDHYHGC/2022, N° 727-MDHYHGC/2022, 261-MDHYHGC/2023 y N° 206-

MDHYHGC/2024; el Contrato de Fideicomiso registrado bajo el N° RL-2021-

37406711-DGEGRAL y su Adenda registrada bajo el N° RL-2022-48145354-

DGEGRAL; el Expediente Electrónico N° EX-2024-10599934-GCABA-DGAPP; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 6.376 (texto consolidado por Ley N° 6.588) tiene como objeto estimular

el desarrollo social y económico a través de políticas de incentivos para el

fortalecimiento de las actividades de las Unidades Productivas de la Economía Social

en el ámbito de toda la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, el Capítulo IV de la mentada normativa, se denomina FONDO FIDUCIARIO

PARA EL DESARROLLO DE LA ECONOMÍA SOCIAL, y mediante el artículo 10 se

autorizó al Poder Ejecutivo a constituir un Fondo Fiduciario para el Desarrollo de la

Economía Social, denominado en adelante "FONDES", el que será conformado

mediante el aporte de fondos públicos y privados, con los alcances y limitaciones

establecidos en la misma ley y su reglamentación, aplicándose supletoriamente las

normas del Código Civil y Comercial de la Nación;

Que, conforme artículos 11 y 14 de la mentada Ley, el FONDES y el contrato de

fideicomiso que en su marco se establezca, tiene por objeto "dar soluciones de

financiamiento a proyectos productivos de la Economía Social, estimulando e

incentivando la participación público-privada, en las formas y condiciones que

establezca la reglamentación" y se establece que "el contrato de fideicomiso del

FONDES será suscripto entre la Autoridad de Aplicación, como Fiduciante A, las

personas humanas y/o jurídicas de carácter público o privado que decidan apoyar el

desarrollo de la Economía Social como fiduciantes B, y el Banco de la Ciudad de

Buenos Aires, como fiduciario";

Que el artículo 15 de la mentada Ley dispone que "La dirección del FONDES estará a

cargo de un Comité Ejecutivo, integrado por representantes a designar por los

Fiduciantes y presidido por la Autoridad de Aplicación, quien tendrá derecho a veto

sobre las decisiones del mismo. Este comité tendrá competencia para realizar el

análisis y definir la elegibilidad de los destinatarios a los que se proveerá

financiamiento o aportes, la fijación de la política de inversión y los términos y

condiciones para el otorgamiento del financiamiento y aportes. A esos efectos deberá

atenerse a los criterios de distribución que establezca la Autoridad de Aplicación";

Que, por Decreto N° 15/21, se aprobó la reglamentación de los artículos 4 inc. c, 7, 8,

10,11,14, 15, 19 y 22 de la Ley N° 6.376, facultándose al titular del Ministerio de

Desarrollo Humano y Hábitat, o a quien éste designe, a dictar las normas

complementarias que resulten necesarias para su aplicación e implementación; Que,

por artículo 10 del Anexo I del citado Decreto Reglamentario, se constituye el

fideicomiso "FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO DE LA ECONOMÍA

SOCIAL" ("FONDES"); Que por artículo 22 del Anexo I del mencionado Decreto

Reglamentario se designa al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat como

Autoridad de Aplicación de la Ley N° 6.376; Que, en dicho marco, mediante la

Resolución N° 1040-MDHYHGC/2021 se aprobó el texto del Contrato de Fideicomiso

FONDES a suscribirse con el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, el cual ha sido

celebrado con fecha 1° de diciembre de 2021, registrado por ante la Dirección General

Escribanía General bajo el N° RL-2021-37406711-DGEGRAL e inscripto bajo el N° RL

-2021-37168967-DGJRYM en el Registro Público de Contratos de Fideicomisos del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante la Resolución N°

727-MDHYHGC/2022 se aprobó el texto de la Adenda al Contrato de Fideicomiso

FONDES, el cual ha sido suscripto con fecha 29 de diciembre de 2022, registrado por

ante la Dirección General Escribanía General bajo el N° RL-2022-48145354-

DGEGRAL; Que a través de la Resolución N° 119-MDHYHGC/2022, se dispuso la

constitución del Comité Ejecutivo FONDES, conformado por un representante del

Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat que presidirá el mismo, un representante de

la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas o la que en el

futuro la reemplace, un representante de la Subsecretaría de Desarrollo Inclusivo del

Ministerio de Desarrollo Económico y Producción o la que en el futuro la reemplace y

tres miembros del sector privado, Fiduciantes B, Fiduciantes B Donantes y/o

Aportantes Donantes; Que mediante Acta N° 1 de fecha 20 de Abril de 2022 (IF-2022-

14726053-GCABA-MDHYHGC), el Comité Ejecutivo del FONDES, aprobó el Manual

Operativo y sus Anexos (IF-2022-14289913-GCABA-SSDPH) , que son los

documentos que establecen los términos y condiciones y las líneas disponibles de las

soluciones de financiamiento que ofrece el FONDES, el cual fue aprobado mediante la

Resolución N° 211-MDHYHGC/2022 por la Autoridad de Aplicación conforme lo

establecido en los puntos 7.1.a y 7.2.a del Contrato de Fideicomiso antes mencionado.

Que mediante el mediante Acta N° 12 de fecha 20 de Abril de 2023 (IF-2023-

16748725-GCABA-DGAPP),el Comité Ejecutivo del FONDES aprobó un nuevo

Manual Operativo y sus Anexos (IF-2023-14978448-GCABA-DGAPP) el cual fue

aprobado mediante la Resolución N° 261-MDHYHGC/2023;

Que, mediante el Acta N° 20 de fecha 27 de marzo de 2024 (IF-2024-14708788-

GCABA-DGAPP), el Comité Ejecutivo del FONDES, aprobó modificaciones al Manual

Operativo, con el objetivo de fortalecer la sostenibilidad del fondo a largo plazo y

realizar adecuaciones operativas de acuerdo a necesidades detectadas;

Que en virtud de lo establecido en los puntos 7.1.a y 7.2.a del Contrato de Fideicomiso

corresponde asimismo a la Autoridad de Aplicación aprobar dichas modificaciones;

Que ha tomado intervención la Procuración General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, en los términos de la Ley N° 1.218 (Texto Consolidado por Ley N°

6.588);

Que, se ha dictado la Resolución N° 206-MDHYHGC/2024 con un error material

involuntario en laidentificación de uno de los anexos-que altera lo sustancial del acto,

por lo que no contando la misma con eficacia ni principio de ejecución resulta

conveniente dejarla sin efecto;

Que, corresponde dictar el acto administrativo pertienente;

Por ello, en uso de sus facultades,

EL MINISTRO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT

RESUELVE:

Artículo 1°. Dejar sin efecto la Resolución N° 206-MDHYHGC/2024.-

Artículo 2°.- Sustituir Artículo 1° de la Resolución N° 261-MDHYHGC/2023, por el

siguiente: "ARTÍCULO 1°.- Aprobar un Manual Operativo para del Fondo Fiduciario

para el Desarrollo de la Economía Social (FONDES) identificado con el N° IF-2024-

09737639-GCABA-DGAPP y sus Anexos N° IF-2023-14982939-GCABA-DGAPP; IF-

2023-14983717-GCABA-DGAPP; IF-2023-14984501-GCABA-

DGAPP; IF-2023-

14984935-GCABA-DGAPP; IF-2023-14985163-GCABA-DGAPP; IF-2023-14985648-

GCABA-DGAPP; IF-2023-14986161-GCABA-DGAPP; IF-2023-14986659-GCABA-

DGAPP; IF-2023- 14987021-GCABA-DGAPP; IF-2023-14987363-GCABA-DGAPP; IF-

2023-14988221-GCABA-DGAPP; IF-2023-14988622-GCABA-DGAPP; IF-2023-

14988915-GCABA-DGAPP; IF-2023-14989213-GCABA- DGAPP; IF-2023-14989466-

GCABA-DGAPP; IF-2023-14989710-GCABA-DGAPP; e IF-2023-14989961-GCABA-

DGAPP, los que forman parte integrante de la presente Resolución".

Artículo 3°. - Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos comunicar su

dictado a la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a la

Subsecretaría de Desarrollo Inclusivo del Ministerio de Desarrollo Económico y

Producción y al Banco Ciudad de Buenos Aires. Mraida


ANEXOS

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Anexo - PE-RES-MDHYHGC-MDHYHGC-212-24-ANX-1.pdf

Anexo - PE-RES-MDHYHGC-MDHYHGC-212-24-ANX-2.pdf

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Anexo - PE-RES-MDHYHGC-MDHYHGC-212-24-ANX-11.pdf

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Anexo - PE-RES-MDHYHGC-MDHYHGC-212-24-ANX-14.pdf

Anexo - PE-RES-MDHYHGC-MDHYHGC-212-24-ANX-15.pdf

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 2° de la Resolucion 212-MDHYHGC-24 sustitutye el articulo 1° de la Resolución 261-MDHYHGC/2023, modificatoria de la Resolución 211-MDHYHGC/22.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 2 de la Resolucion 212-MDHYHGC-24 sustituye el  artículo 1° de la Resolución 261-MDHYHGC-2023.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1 de la Resolucion 212-MDHYHGC/24 deja sin efecto la Resolución 206-MDHYHGC/24.</p>