RESOLUCIÓN 1086 2024 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
DEROGA - RESOLUCIÓN N° 1962-MCGC/23 - APRUEBA LÍNEAS DE SUBSIDIOS - MARCO DEL RÉGIMEN DE CONCERTACIÓN PARA LA ACTIVIDAD MILONGAS NO OFICIAL - BAMILONGA - REGLAMENTO GENERAL BAMILONGA - FORMULARIO DE DATOS PARA LA INSCRIPCIÓN O ACTUALIZACIÓN DEL REGISTRO - FORMULARIO DE SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN O ACTUALIZACIÓN DEL REGISTRO Y DECLARACIÓN JURADA - FORMULARIO DE DATOS PARA LA SOLICITUD DEL SUBSIDIO - FORMULARIO DE LÍNEAS PARA LA SOLICITUD DEL SUBSIDIO - NOTA DE SOLICITUD DE READECUACIÓN DE PROYECTO - INFORME DE ACTIVIDADES DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS - INFORME FINANCIERO DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS - NOTA DE COMPENSACIÓN POR LOS SERVICIOS PRESTADOS - MINISTERIO DE CULTURA
Publicación:
03/06/2024
Sanción:
03/04/2024
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
Estado:
No vigente
VISTO: Las Leyes Nros. 5.735 y 1.218 (textos consolidados por Ley N° 6.588); el
Decreto N° 429/17; la Resolución N° 1962-MCGC/23; el Expediente Electrónico N° EX-
2024-09532981-GCABA-DGDCC, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.735 (texto consolidado por Ley N° 6.588) crea el Régimen de
Concertación para la Actividad Milongas No Oficial, con el objeto de diseñar e
implementar mecanismos de protección, fortalecimiento, fomento y promoción de la
actividad milonga en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que la precitada Ley establece al Ministerio de Cultura como autoridad de aplicación
del Régimen creado.
Que asimismo, la normativa indicada crea, en el ámbito de este Ministerio, el Registro
de beneficiarios del Régimen de Concertación para la Actividad Milongas No Oficial en
el que podrán inscribirse los sujetos comprendidos por la misma;
Que el Decreto N° 429/17 reglamenta la referida ley;
Que el precitado Decreto estipula en el artículo 1° de su Anexo I que se denominará
"BAMILONGA" al Régimen de Concertación creado por el artículo 1° de la Ley N°
5.735 (texto consolidado por Ley N° 6.588);
Que por Resolución N° 1962-MCGC/23 se aprobaron las líneas de subsidios: a) Línea
Organizadores de Milongas, para las solicitudes de subsidios de los sujetos
comprendidos en el artículo 12 inciso a) de la Ley N° 5.735 (texto consolidado por Ley
N° 6.588); b) Línea Salones de Milonga, para las solicitudes de subsidios de los
sujetos comprendidos en el artículo 12 inciso b) de la Ley N° 5.735 y c) Línea Clubes y
Asociaciones, para las solicitudes de subsidios de los sujetos comprendidos en el
artículo 12 inciso c) de la Ley N° 5.735 (texto consolidado por Ley N° 6.588);
Que a su vez, mediante la citada Resolución, se aprobó la reglamentación atinente a
la presentación de las solicitudes de inscripción y actualización del Registro
BAMILONGA y de subsidios, en el marco del referido Régimen, conforme los
lineamientos establecidos en sus Anexos I "Reglamento General BAMILONGA"
(identificado bajo N° IF-2023-08464112-GCABA-DGDCC), II "Formulario de datos para
la inscripción o actualización del Registro y Declaración Jurada" (bajo N° IF-2023-
08440897-GCABA-DGDCC); III "Formulario de solicitud de inscripción o actualización
del Registro" (bajo N° IF-2023-08441220-GCABA-DGDCC); IV "Formulario de datos
para la solicitud del subsidio" (bajo N° IF-2023-08441549-GCABA-DGDCC); V
"Formulario de líneas para la solicitud del subsidio" (bajo N° IF-2023-08442092-
GCABA-DGDCC); VI "Nota de solicitud de readecuación de proyecto" (bajo N° IF-
2023-08442380-GCABA-DGDCC) y VII "Formulario de rendición de cuentas" (bajo N°
IF-2023-08442772-GCABA-DGDCC), que forman parte integrante de la citada
Resolución.
Que a fin de readecuar el procedimiento para la presentación de solicitudes de
inscripción y actualización del indicado Registro y de subsidios, en el marco del
referido Régimen, la Dirección General Desarrollo Cultural y Creativo, mediante N° IF-
2024-12691024-GCABA-DGDCC, propicia la derogación de la Resolución N° 1962-
MCGC/23.
Que en virtud de ello, resulta menester la aprobación del Reglamento General del
Régimen de Concertación para la Actividad Milongas No Oficial conforme los
lineamientos establecidos en los Anexos I "Reglamento General BAMILONGA"
(identificado bajo N° IF-2024-12483627-GCABA-DGDCC), II "Formulario de datos para
la inscripción o actualización del Registro" (identificado bajo N° IF-2024-09434765-
GCABA-DGDCC); III "Formulario de solicitud de inscripción o actualización del
Registro y Declaración Jurada" (identificado bajo N° IF-2024-12468451-GCABA-
DGDCC); IV "Formulario de datos para la solicitud del subsidio" (identificado bajo N°
IF-2024-09436625-GCABA-DGDCC); V "Formulario de líneas para la solicitud del
subsidio" (identificado bajo N° IF-2024-09550731-GCABA-DGDCC); VI "Nota de
solicitud de readecuación de proyecto" (identificado bajo N° IF-2024-09437724-
GCABA-DGDCC); VII "Informe de actividades de la rendición de cuentas (identificado
bajo N° IF-2024-09438403-GCABA-DGDCC); VIII "Informe financiero de la rendición
de cuentas" (identificado bajo N° IF-2024-09438787-GCABA-DGDCC) y IX "Nota de
compensación por los servicios prestados" (identificado bajo N° IF-2024-09439172-
GCABA-DGDCC), que forman parte integrante de la propiciada Resolución.
Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio ha tomado
la intervención de su competencia.
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado
intervención de conformidad con las previsiones de la Ley N° 1.218 (texto consolidado
por Ley N° 6.588).
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;
Artículo 1°.- Derógase la Resolución N° 1962-MCGC/23.
Artículo 2°.- Apruébase en el marco del Régimen de Concertación para la Actividad
Milongas No Oficial, creado por la Ley N° 5.735 (texto consolidado por Ley N° 6.588),
las siguientes líneas de subsidios:
a) Línea Organizadores de Milongas, para las solicitudes de subsidios de los sujetos
comprendidos en el artículo 12 inciso a) de la Ley N° 5.735 (texto consolidado por Ley
N° 6.588).
b) Línea Salones de Milonga, para las solicitudes de subsidios de los sujetos
comprendidos en el artículo 12 inciso b) de la Ley N° 5.735 (texto consolidado por Ley
N° 6.588).
c) Línea Clubes y Asociaciones, para las solicitudes de subsidios de los sujetos
comprendidos en el artículo 12 inciso c) de la Ley N° 5.735 (texto consolidado por Ley
N° 6.588).
Artículo 3°.- Apruébase la reglamentación atinente a la presentación de las solicitudes
de inscripción y actualización del Registro BAMILONGA y de subsidios, en el marco
del Régimen BAMILONGA, que como Anexo I "Reglamento General BAMILONGA"
(identificado bajo N° IF-2024-12483627-GCABA-DGDCC), forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 4°.- Apruébanse los Anexos II "Formulario de datos para la inscripción o
actualización del Registro" (IF-2024-09434765-GCABA-DGDCC); III "Formulario de
solicitud de inscripción o actualización del Registro y Declaración Jurada" (IF-2024-
12468451-GCABA-DGDCC); IV "Formulario de datos para la solicitud del subsidio" (IF-
2024-09436625-GCABA-DGDCC); V "Formulario de líneas para la solicitud del
subsidio" (IF-2024-09550731-GCABA-DGDCC); VI "Nota de solicitud de readecuación
de proyecto" (identificado bajo N° IF-2024-09437724-GCABA-DGDCC); VII "Informe de
actividades de la rendición de cuentas (IF-2024-09438403-GCABA-DGDCC); VIII
"Informe financiero de la rendición de cuentas" (IF-2024-09438787-GCABA-DGDCC) y
IX "Nota de compensación por los servicios prestados" (IF-2024-09439172-GCABA-
DGDCC), que forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa
Operaciones y Regímenes de Promoción Cultural dependiente de la Dirección General
Desarrollo Cultural y Creativo de este Ministerio. Cumplido, Archívese. Ricardes