RESOLUCIÓN 1086 2024 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

DEROGA - RESOLUCIÓN N° 1962-MCGC/23 - APRUEBA LÍNEAS DE SUBSIDIOS - MARCO DEL RÉGIMEN DE CONCERTACIÓN PARA LA ACTIVIDAD MILONGAS NO OFICIAL - BAMILONGA - REGLAMENTO GENERAL BAMILONGA - FORMULARIO DE DATOS PARA LA INSCRIPCIÓN O ACTUALIZACIÓN DEL REGISTRO - FORMULARIO DE SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN O ACTUALIZACIÓN DEL REGISTRO Y DECLARACIÓN JURADA - FORMULARIO DE DATOS PARA LA SOLICITUD DEL SUBSIDIO - FORMULARIO DE LÍNEAS PARA LA SOLICITUD DEL SUBSIDIO - NOTA DE SOLICITUD DE READECUACIÓN DE PROYECTO - INFORME DE ACTIVIDADES DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS - INFORME FINANCIERO DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS - NOTA DE COMPENSACIÓN POR LOS SERVICIOS PRESTADOS - MINISTERIO DE CULTURA

Publicación:

03/06/2024

Sanción:

03/04/2024

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA

Estado:

No vigente


VISTO: Las Leyes Nros. 5.735 y 1.218 (textos consolidados por Ley N° 6.588); el

Decreto N° 429/17; la Resolución N° 1962-MCGC/23; el Expediente Electrónico N° EX-

2024-09532981-GCABA-DGDCC, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5.735 (texto consolidado por Ley N° 6.588) crea el Régimen de

Concertación para la Actividad Milongas No Oficial, con el objeto de diseñar e

implementar mecanismos de protección, fortalecimiento, fomento y promoción de la

actividad milonga en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que la precitada Ley establece al Ministerio de Cultura como autoridad de aplicación

del Régimen creado.

Que asimismo, la normativa indicada crea, en el ámbito de este Ministerio, el Registro

de beneficiarios del Régimen de Concertación para la Actividad Milongas No Oficial en

el que podrán inscribirse los sujetos comprendidos por la misma;

Que el Decreto N° 429/17 reglamenta la referida ley;

Que el precitado Decreto estipula en el artículo 1° de su Anexo I que se denominará

"BAMILONGA" al Régimen de Concertación creado por el artículo 1° de la Ley N°

5.735 (texto consolidado por Ley N° 6.588);

Que por Resolución N° 1962-MCGC/23 se aprobaron las líneas de subsidios: a) Línea

Organizadores de Milongas, para las solicitudes de subsidios de los sujetos

comprendidos en el artículo 12 inciso a) de la Ley N° 5.735 (texto consolidado por Ley

N° 6.588); b) Línea Salones de Milonga, para las solicitudes de subsidios de los

sujetos comprendidos en el artículo 12 inciso b) de la Ley N° 5.735 y c) Línea Clubes y

Asociaciones, para las solicitudes de subsidios de los sujetos comprendidos en el

artículo 12 inciso c) de la Ley N° 5.735 (texto consolidado por Ley N° 6.588);

Que a su vez, mediante la citada Resolución, se aprobó la reglamentación atinente a

la presentación de las solicitudes de inscripción y actualización del Registro

BAMILONGA y de subsidios, en el marco del referido Régimen, conforme los

lineamientos establecidos en sus Anexos I "Reglamento General BAMILONGA"

(identificado bajo N° IF-2023-08464112-GCABA-DGDCC), II "Formulario de datos para

la inscripción o actualización del Registro y Declaración Jurada" (bajo N° IF-2023-

08440897-GCABA-DGDCC); III "Formulario de solicitud de inscripción o actualización

del Registro" (bajo N° IF-2023-08441220-GCABA-DGDCC); IV "Formulario de datos

para la solicitud del subsidio" (bajo N° IF-2023-08441549-GCABA-DGDCC); V

"Formulario de líneas para la solicitud del subsidio" (bajo N° IF-2023-08442092-

GCABA-DGDCC); VI "Nota de solicitud de readecuación de proyecto" (bajo N° IF-

2023-08442380-GCABA-DGDCC) y VII "Formulario de rendición de cuentas" (bajo N°

IF-2023-08442772-GCABA-DGDCC), que forman parte integrante de la citada

Resolución.

Que a fin de readecuar el procedimiento para la presentación de solicitudes de

inscripción y actualización del indicado Registro y de subsidios, en el marco del

referido Régimen, la Dirección General Desarrollo Cultural y Creativo, mediante N° IF-

2024-12691024-GCABA-DGDCC, propicia la derogación de la Resolución N° 1962-

MCGC/23.

Que en virtud de ello, resulta menester la aprobación del Reglamento General del

Régimen de Concertación para la Actividad Milongas No Oficial conforme los

lineamientos establecidos en los Anexos I "Reglamento General BAMILONGA"

(identificado bajo N° IF-2024-12483627-GCABA-DGDCC), II "Formulario de datos para

la inscripción o actualización del Registro" (identificado bajo N° IF-2024-09434765-

GCABA-DGDCC); III "Formulario de solicitud de inscripción o actualización del

Registro y Declaración Jurada" (identificado bajo N° IF-2024-12468451-GCABA-

DGDCC); IV "Formulario de datos para la solicitud del subsidio" (identificado bajo N°

IF-2024-09436625-GCABA-DGDCC); V "Formulario de líneas para la solicitud del

subsidio" (identificado bajo N° IF-2024-09550731-GCABA-DGDCC); VI "Nota de

solicitud de readecuación de proyecto" (identificado bajo N° IF-2024-09437724-

GCABA-DGDCC); VII "Informe de actividades de la rendición de cuentas (identificado

bajo N° IF-2024-09438403-GCABA-DGDCC); VIII "Informe financiero de la rendición

de cuentas" (identificado bajo N° IF-2024-09438787-GCABA-DGDCC) y IX "Nota de

compensación por los servicios prestados" (identificado bajo N° IF-2024-09439172-

GCABA-DGDCC), que forman parte integrante de la propiciada Resolución.

Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio ha tomado

la intervención de su competencia.

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado

intervención de conformidad con las previsiones de la Ley N° 1.218 (texto consolidado

por Ley N° 6.588).

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;

LA MINISTRA DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Derógase la Resolución N° 1962-MCGC/23.

Artículo 2°.- Apruébase en el marco del Régimen de Concertación para la Actividad

Milongas No Oficial, creado por la Ley N° 5.735 (texto consolidado por Ley N° 6.588),

las siguientes líneas de subsidios:

a) Línea Organizadores de Milongas, para las solicitudes de subsidios de los sujetos

comprendidos en el artículo 12 inciso a) de la Ley N° 5.735 (texto consolidado por Ley

N° 6.588).

b) Línea Salones de Milonga, para las solicitudes de subsidios de los sujetos

comprendidos en el artículo 12 inciso b) de la Ley N° 5.735 (texto consolidado por Ley

N° 6.588).

c) Línea Clubes y Asociaciones, para las solicitudes de subsidios de los sujetos

comprendidos en el artículo 12 inciso c) de la Ley N° 5.735 (texto consolidado por Ley

N° 6.588).

Artículo 3°.- Apruébase la reglamentación atinente a la presentación de las solicitudes

de inscripción y actualización del Registro BAMILONGA y de subsidios, en el marco

del Régimen BAMILONGA, que como Anexo I "Reglamento General BAMILONGA"

(identificado bajo N° IF-2024-12483627-GCABA-DGDCC), forma parte integrante de la

presente Resolución.

Artículo 4°.- Apruébanse los Anexos II "Formulario de datos para la inscripción o

actualización del Registro" (IF-2024-09434765-GCABA-DGDCC); III "Formulario de

solicitud de inscripción o actualización del Registro y Declaración Jurada" (IF-2024-

12468451-GCABA-DGDCC); IV "Formulario de datos para la solicitud del subsidio" (IF-

2024-09436625-GCABA-DGDCC); V "Formulario de líneas para la solicitud del

subsidio" (IF-2024-09550731-GCABA-DGDCC); VI "Nota de solicitud de readecuación

de proyecto" (identificado bajo N° IF-2024-09437724-GCABA-DGDCC); VII "Informe de

actividades de la rendición de cuentas (IF-2024-09438403-GCABA-DGDCC); VIII

"Informe financiero de la rendición de cuentas" (IF-2024-09438787-GCABA-DGDCC) y

IX "Nota de compensación por los servicios prestados" (IF-2024-09439172-GCABA-

DGDCC), que forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa

Operaciones y Regímenes de Promoción Cultural dependiente de la Dirección General

Desarrollo Cultural y Creativo de este Ministerio. Cumplido, Archívese. Ricardes


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6886- ANEXO I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6886- ANEXO II

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6886- ANEXO III

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6886- ANEXO IV

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6886- ANEXO V

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6886- ANEXO VI

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6886- ANEXO VII

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6886- ANEXO IX

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1 de la  Resolución N° 916/MCGC/25 deroga la Resolución N° 1086-MCGC/24.</p>
INTEGRADA POR
<p>Artículo 1°  de la Resolucion 1110-MCGC-24 convoca a los sujetos comprendidos en el marco del Régimen de Concertación para la Promoción de la Actividad Milongas No Oficial (BAMILONGA) para la presentación de solicitudes de subsidios, desde las 10:00 horas del día 9 de abril de 2024 hasta las 17:00 horas del 23 de abril de 2024.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 2° de la Resolución N° 1086-MCGC/24 aprueba líneas de subsidios en el marco del Régimen de Concertación para la Actividad Milongas No Oficial, creado por la Ley N° 5.735.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 1086-MCGC/24 deroga la Resolución N° 1962-MCGC/23.</p>