RESOLUCIÓN 2503 2024 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
PRORROGA SUSPENSIÓN DE PLAZOS - RESOLUCIÓN 1746-MSGC-24 - FACTURACION Y COBRANZA DE LOS EFECTORES PUBLICOS SE -FACOEP SE - MINISTERIO DE SALUD
Publicación:
04/06/2024
Sanción:
30/05/2024
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO: Las Leyes Nros. 153, 5.622 y 6.684 (Textos consolidados por Ley N° 6.588),
los Decretos Nros. 653/16 y 194/11, la Resolución N° 1746-MSGC/24, el Expediente
Electrónico N° 2024- 21036011-GCABA-FACOEP, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Ley N° 5.622 se creó la Sociedad del Estado "FACTURACION Y
COBRANZA DE LOS EFECTORES PUBLICOS S.E" (FACOEP SE), en el ámbito del
Ministerio de Salud, con el objeto de colaborar en el fortalecimiento y mejora del
Sistema Público de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el marco de la Ley se define como uno de los objetivos de la FACOEP S.E.,
gestionar y administrar la facturación y cobranza de las prestaciones brindadas a
personas con cobertura pública, social o privada, por los efectores de la Red Integral
de Cuidados Progresivos del Subsector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que mediante Resolución N° 4212/22 se aprobó el Procedimiento administrativo de
Facturación y Cobranza, estableciéndose los plazos legales de vencimiento, intimación
y formulación del cargo patrimonial para la posterior emisión de Certificados de Deuda;
Que mediante la Resolución N° 1746-MSGC/24, atento la necesidad de adoptar
medidas excepcionales respecto a los procesos citados precedentemente, con el
objetivo de optimizar la labor de cobranza de la FACOEP S.E, se resolvió suspender
los plazos estipulados en la Resolución N° 4212/22, en su Anexo 1 - art. 5 inc. 3 e inc.
4 por el término de treinta (30) días hábiles desde el dictado de dicha Resolución;
Que el Presidente de FACOEP S.E ha solicitado una prórroga de 30 días hábiles de lo
dispuesto en la Resolución N° 1746-MSGC/24 a efectos de poder finalizar las
gestiones de acuerdos en sede administrativa que quedaron en proceso;
Que la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y Gestión en Red ha tomado
intervención en el marco de sus competencias, prestando conformidad a la presente
gestión;
Que conforme a lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 6.684 y el Decreto N°
653/16,
Artículo 1°.- Prorrogar por treinta (30) días hábiles la suspensión de plazos dispuesta
en el Artículo 1° de la Resolución N° 1746-MSGC/24.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y
comuníquese a la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y Gestión en Red y, para su
conocimiento y demás efectos, remítase a la FACOEP S.E. Cumplido, archívese.
González Bernaldo de Quirós