DISPOSICIÓN 270 2024 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Síntesis:

APRUEBA PROTOCOLO DE ACTUACIÓN - EQUIPO DE APOYO A LA CONSTRUCCIÓN DE PROYECTOS ADOPTIVOS -ECPA -   DIRECCIÓN OPERATIVA DE PROGRAMAS ESPECIALES DE PROTECCIÓN PARA NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES SIN CUIDADOS PARENTALES - DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE POLÍTICAS Y PROGRAMAS - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Publicación:

15/07/2024

Sanción:

08/07/2024

Organismo:

F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES


VISTO: La Ley Nacional N° 25.854, las Leyes N° 114 y N° 1.417 (textos consolidados

por Ley N° 6.588), la Resolución N° 353-CDNNyA/17, modificada por la Resolución N°

326-GCABA-CDNNyA/19, la Resolución N° 419-GCABA-CDNNyA/20, el Expediente

Electrónico N° 24671251-GCABA-DGGPP/24, y

CONSIDERANDO:

Que el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (RUAGA) fue

creado por la Ley Nacional N° 25.854, la cual establece que su objeto es formalizar

una nómina de aspirantes a guarda con fines de adopción;

Que dicho Registro se instrumentó en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires bajo la órbita del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

mediante la Ley N° 1.417 (texto consolidado por Ley N° 6.588), siendo facultad del

mismo evaluar la idoneidad de los/as aspirantes para ser admitidos/as, pudiendo

aceptar o denegar las solicitudes de admisión, así como también decidir sobre su

continuidad o revocación;

Que por la Resolución N° 353-CDNNyA/17 se creó el Programa de Niñas, Niños y

Adolescentes sin Cuidados Parentales bajo la órbita de la Dirección General de

Gestión de Políticas y Programas de este organismo, el cual se encuentra integrado

por el Área de RUAGA, el Área de Gestión Administrativa y Seguimiento Judicial, el

Área de Búsquedas de Legajos para Niñas, Niños y Adolescentes, el Área de

Seguimiento de Vinculaciones y Guardas con Fines de Adopción y el Área del

Programa Abrazar, en tanto que por la Resolución N° 326-GCABA-CDNNyA/19 se

aprobó el reglamento del mencionado Programa;

Que, a su vez, por la Resolución N° 419-GCABA-CDNNyA/20 se aprobó el Protocolo

de Evaluación del RUAGA, instrumento utilizado por el Equipo Técnico del citado

Registro para realizar los procesos de evaluación/revaluación de los/as aspirantes a

guarda con fines adoptivos;

Que, a partir de la experiencia desarrollada en el marco del Programa de Niñas, Niños

y Adolescentes sin Cuidados Parentales, surgió la necesidad de regular nuevas

situaciones existentes que no se encontraban previstas al momento de dictarse la

Resolución N° 353-CDNNyA/17, modificada por la Resolución N° 326-GCABA-

CDNNyA/19;

Que, en este sentido, desde la Dirección Operativa de Programas Especiales de

Protección para Niñas, Niños y Adolescentes sin Cuidados Parentales, dependiente de

esta Dirección General, se propicia que el Equipo de Apoyo a la Construcción de

Proyectos Adoptivos (ECPA) lleve a cabo un proceso de reflexión y profundización con

aquellos/as aspirantes/postulantes a guarda con fines de adopción que se encuentren

en proceso de evaluación o revaluación ante el RUAGA, y con relación a los cuales se

hayan detectado aspectos de sus proyectos adoptivos que requieren un abordaje más

profundo;

Que dicho proceso tiene como finalidad primordial favorecer la construcción de

proyectos adoptivos viables y responsables, contribuyendo así a la presentación de

postulaciones que respondan a las necesidades de los/as niños/as y adolescentes que

se encuentran en situación de adoptabilidad;

Que, en virtud de lo expuesto, y a fin de brindar un marco de actuación al mencionado

Equipo de Apoyo, corresponde dictar el acto administrativo mediante el cual se

apruebe el Protocolo de Actuación del ECPA;

Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el

ámbito de su competencia.

Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 1.417 (texto consolidado

por Ley N° 6.588) y la Resolución N° 34-GCABA-CDNNyA/24,

LA DIRECTORA GENERAL

DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE POLÍTICAS Y PROGRAMAS

DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

DISPONE:

Artículo 1°.- Aprobar el Protocolo de Actuación del Equipo de Apoyo a la Construcción

de Proyectos Adoptivos (ECPA), el cual funciona bajo la órbita de la Dirección

Operativa de Programas Especiales de Protección para Niñas, Niños y Adolescentes

sin Cuidados Parentales, dependiente de esta Dirección General de Gestión de

Políticas y Programas del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes,

que como Anexo IF-2024-25982335-GCABA-DGGPP forma parte integrante de la

presente disposición.

Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial. Pase a esta Dirección General de Gestión de

Políticas y Programas para su conocimiento, comunicar a la Dirección Operativa de

Programas Especiales de Protección para Niñas, Niños y Adolescentes sin Cuidados

Parentales y demás efectos. Álvarez de la Fuente


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6912

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 1° de la Disposicion 270-CDNNYA-24 aprueba el Protocolo de Actuación del Equipo de Apoyo a la Construcción<br />de Proyectos Adoptivos (ECPA) en el marco de la Resolucion 353-CDNNYA-17</p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 1° de la Disposicion 270-CDNNYA-24 aprueba el Protocolo de Actuación del Equipo de Apoyo a la Construcción<br />de Proyectos Adoptivos (ECPA) en el marco de la Resolucion 419-CDNNYA-20</p>