DISPOSICIÓN 526 2024 DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

Síntesis:

APRUEBA ANEXOS - REGISTRO DE EMPRESAS DE LIMPIEZA DE CAMPANAS CONDUCTOS Y AFINES - FORMULARIO DE INSCRIPCION - CERTIFICADO DE LIMPIEZA - ESTABLECE QUE A PARTIR DEL 01 DE NOVIEMBRE DE 2024 SÓLO PODRÁN EMITIR LOS CERTIFICADOS DE LIMPIEZA AQUELLAS EMPRESAS QUE ESTÉN REGISTRADAS - HASTA DICHA FECHA TAMBIÉN PODRÁN EMITIRLOS LAS EMPRESAS QUE TENGAN REGISTRO EN TRÁMITE - DIRECCION GENERAL FISCALIZACION Y CONTROL DE OBRAS 

Publicación:

19/07/2024

Sanción:

16/07/2024

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS


VISTO: La Ordenanza N° 34.421 Anexo Al "Código de Edificación" (texto consolidado

por la Ley 6.588), los Decretos Nros. 58-AJG/19, 151-AJG/21, 170-AJG/22 y 94/24, las

Resoluciones Nros. 99- SSREGIC/20, 166-SSGU/23 la Resolución 83-MJGCC-SSGU-

2024, el expediente electrónico N° 26470938/AGC/2024, EL DICTÁMEN LEGAL y;

CONSIDERANDO:

Que en el ámbito de la ciudad rige el Código de la Edificación de la Ciudad de Buenos

Aires a fin de establecer los requisitos y procedimientos básicos para las etapas que

componen una obra, para la presentación y elaboración de su proyecto, la ejecución y

fiscalización de la misma, y obligaciones y controles que hacen a la conservación,

como así también de las instalaciones, las condiciones generales para la prevención y

extinción en caso de incendio;

Que, por su parte a través del Artículo 2° del Decreto 58/AJG/2019 el Jefe de Gobierno

ordenó la intervención de la Subsecretaría de Registros, Interpretación y Catastro

dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte como responsable de la

confección de los reglamentos técnicos;

Que asimismo por el Artículo 3° del citado Decreto se designó a la Agencia

Gubernamental de Control a fin de dictar las normas de aplicación en materia de

verificaciones especiales, de inspección respecto de la conservación y mantenimiento

de las instalaciones, de terrenos, de inmuebles, de edificios de obras, así como

también de obras en contravención y todo aquello que se encuentre relacionado con la

fiscalización y control;

Que, mediante la Resolución 83-MJGCC-SSGU-2024, se aprobaron los reglamentos

técnicos RT-050100-020601-01 -LIMPIEZA DE CAMPANAS, CONDUCTOS Y

AFINES;

Que la citada normativa determina la necesidad de ejecutar periódicamente tareas de

limpieza y mantenimiento en campanas y/o chimeneas y/o conductos para evacuar

humos o gases de combustión, fluidos calientes, tóxicos, corrosivos o molestos;

Que para ello las empresas encargadas de las tareas de limpieza y mantenimiento

deberán registrarse por ante la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras;

Que será esta Dirección General la encargada de evaluar los requisitos exigibles para

alcanzar el Registro requerido;

Que en tal sentido resulta pertinente delinear y definir el alcance de dichas tareas,

establecer los requisitos exigibles a las empresas para su registración e implementar

la presentación del certificado de aptitud correspondiente;

Por ello, y visto lo manifestado en el Dictamen Legal y en uso de las facultades que le

fueran conferidas;

LA DIRECTORA GENERAL

DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE

Artículo 1°.- Aprobar el ANEXO I - REGISTRO DE EMPRESAS DE LIMPIEZA DE

CAMPANAS, CONDUCTOS Y AFINES (DI-2024-26993916-GCABA-DGFYCO) que

forma parte integrante de la presente.-

Artículo 2°.- Aprobar el ANEXO II - FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN AL REGISTRO

DE EMPRESA DE LIMPIEZA DE CAMPANAS, CONDUCTOS Y AFINES (DI-2024-

26994096-GCABA-DGFYCO) que forma parte integrante de la presente.-

Artículo 3°.- Aprobar el ANEXO III - CERTIFICADO DE LIMPIEZA DE CAMPANAS,

CONDUCTOS Y AFINES (DI-2024-26994244-GCABA-DGFYCO) que forma parte

integrante de la presente.

Artículo 4°.- Establecer que a partir del 01/11/2024 sólo podrán emitir los certificados

de limpieza aquellas empresas que estén REGISTRADAS, hasta dicha fecha también

podrán emitirlos las empresas que tengan registro "en trámite"

Artículo 5°.-Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a

todas las Direcciones Generales de esta Agencia y a los Consejos Profesionales con

incumbencia en la materia. Taccone


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6916 ANEXO 1

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6916 ANEXO 2

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6916 ANEXO 3

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 1° de la Disposicion 526-DGFYCO-24 aprueba el ANEXO I - REGISTRO DE EMPRESAS DE LIMPIEZA DE CAMPANAS, CONDUCTOS Y AFINES en el marco del articulo 2° Resolucion 83-SSGU-24.</p><p><br />Artículo 2°  aprueba el ANEXO II - FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN AL REGISTRO DE EMPRESA DE LIMPIEZA DE CAMPANAS, CONDUCTOS Y AFINES</p><p><br />Artículo 3° aprueba el ANEXO III - CERTIFICADO DE LIMPIEZA DE CAMPANAS,CONDUCTOS Y AFINES </p>