RESOLUCIÓN 111 2024 SECRETARIA DE BIENESTAR INTEGRAL

Síntesis:

DEROGA - RESOLUCIÓN N° 259-GCABA-SECBI/23 - APRUEBA MONTO - ESCALA DE SUBSIDIOS TRIMESTRALES - ENTIDADES DE BIEN PÚBLICO - CENTROS DE DÍA PARA LA TERCERA EDAD - VIGENCIA A PARTIR DEL SEGUNDO TRIMESTRE DEL EJERCICIO DEL AÑO 2024

Publicación:

08/08/2024

Sanción:

23/07/2024

Organismo:

SECRETARIA DE BIENESTAR INTEGRAL


VISTO: La Ordenanza N° 43.819 (Texto Consolidado por Ley N° 6.588), las Leyes

Nros. 908 (Texto consolidado por Ley N° 6.588) y 6.684, los Decretos N° 977/05,

578/16, 387/23 y su modificatorio, la Resolución Nro. 209-GCABA-AVJG/24, y el

Expediente Electrónico N° EX-2024-27114783-GCABA-DGPBS, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el visto tramita la solicitud de aumento de la escala

correspondiente al segundo trimestre del ejercicio del año 2024 de subsidios

trimestrales a entidades de bien público donde funcionan Centros de Día para la

Tercera Edad, dependiente de la Dirección General de Promoción y Bienestar Social;

Que por Ordenanza N° 43.819 (texto consolidado por Ley N° 6.588) se instituyó el

Programa de creación de "Centros de Día para la Tercera Edad" en el ámbito de la

entonces Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, con la finalidad de favorecer el

desarrollo de actividades culturales, artísticas, artesanales o de capacitación de los

adultos mayores, pudiendo destinar inmuebles al funcionamiento de los Centros

referidos;

Que por la Ley N° 908 (texto consolidado por Ley N° 6.588) se otorgaron subsidios

trimestrales a instituciones de bien público donde funcionan Centros de Día para la

tercera edad;

Que los objetivos de la ley citada fueron cumplidos durante su vigencia, y que,

continúa siendo de imperiosa necesidad otorgar tal asistencia para el sostenimiento de

los Centros de Día;

Que por Decreto N° 977/05, se delegó en la entonces Secretaría de Desarrollo Social,

luego Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, el otorgamiento de subsidios

trimestrales a entidades de bien público donde funcionen Centros de Día para la

Tercera Edad, con la finalidad de sostener la vigencia del Programa en cuestión y la

facultó a dictar las normas reglamentarias y complementarias que fueren menester

para la implementación del otorgamiento de los subsidios;

Que el Decreto N° 578/16 establece que el Vicejefe de Gobierno, los Ministros,

Secretarios y Subsecretarios del Poder Ejecutivo aprueban los programas de gestión,

en el marco de sus respectivas competencias, pudiendo delegar dicha facultad en

funcionarios que se desempeñen hasta el nivel de Subsecretarios de sus respectivas

estructuras organizativas;

Que de acuerdo lo establecido en el artículo 3° del precitado Decreto, los programas

de gestión podrán prever la entrega de subsidios, becas y premios, dentro de la

previsión presupuestaria para el ejercicio;

Que por Resolución N° 209-GCABA-AVJG/24, la Vicejefa de Gobierno delega en la

Secretaría de Bienestar Integral y en las Subsecretarías que le dependen, la facultad

de aprobar los Programas de Gestión en el marco de sus competencias, los que

podrán prever la entrega de subsidios, becas y premios, dentro de la previsión

presupuestaria para el ejercicio, conforme lo establecido en los artículos 2° y 3° del

Decreto N° 578/16;

Que por Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 387/23 y su modificatorio, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplándose a la Secretaría de Bienestar Integral dependiente de la Vicejefatura

de Gobierno;

Que entre las responsabilidades primarias de la Secretaría de Bienestar Integral se

encuentra la de "Diseñar e implementar políticas que mejoren la calidad de vida de los

ciudadanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", "Diseñar políticas de integración

comunitaria que promuevan la construcción de proyectos y redes de vinculación entre

las personas mayores, sus familias y con su entorno a través de actividades sociales,

educativas, deportivas y culturales, en coordinación con las áreas competentes",

"Promover políticas públicas a través de programas que favorezcan el fortalecimiento

institucional y mejoramiento de los vínculos con las organizaciones de la sociedad civil

cuyo objeto de trabajo se encuentre relacionado con la promoción del bienestar

integral de los ciudadanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en coordinación

con las áreas competentes" y "Disponer el otorgamiento de subsidios a las

organizaciones de la sociedad civil cuyo objeto de trabajo se encuentre relacionado

con la promoción del bienestar de la población", entre otras;

Que de la citada Secretaría de Bienestar integral depende la Dirección General

Promoción y Bienestar Social, que entre sus responsabilidades primarias tiene las de

"Asistir a la Secretaria de Bienestar Integral en el diseño e implementación de

políticas, programas y proyectos innovadores, enfocados en el bienestar social, a

través de la participación ciudadana y la construcción colectiva de una red de

ciudadanos y facilitadores en coordinación con las áreas competentes", la de "Diseñar

e implementar programas y actividades destinados al desarrollo integral y bienestar de

las personas, en coordinación con las distintas reparticiones.", así como también

"Coordinar con las áreas competentes el diseño e implementación de programas y

actividades socioculturales, deportivas y educativas que promuevan la participación y

el bienestar emocional y psicosocial de las personas en todas las etapas de la vida";

Que la Resolución N° 259-GCABA-SECBI/23, aprobó la escala de los montos de

subsidios trimestrales a otorgar a entidades de bien público donde funcionan Centros

de Día para la Tercera Edad, respecto al tercer y cuarto trimestre del ejercicio del año

2023, teniendo en consideración a la cantidad de concurrentes al último mes anterior

al trimestre involucrado;

Que a través del IF-2024-26226242-GCABA-DGPBS la Gerencia Operativa de

Promoción Social y Comunitaria, informó la necesidad de incrementar el monto de los

subsidios a fin de solventar los gastos en que incurren las entidades de bien público

para garantizar el mantenimiento de las condiciones de habitabilidad de los inmuebles

atento a que, a la fecha, el mismo resulta insuficiente a los fines de cumplir con el fin

propuesto;

Que a través del IF-2024-27117191-GCABA-DGPBS la Dirección General de

Promoción y Bienestar Social, fundamenta la solicitud de incremento en la distorsión

permanente en los montos de los gastos que las instituciones deben afrontar,

generada por la situación económica actual;

Que a efectos de sostener el programa en cuestión, es imprescindible contar con las

sedes que permiten utilizar sus instalaciones, con el objeto de brindar el servicio de

centros de día para la tercera edad, en diferentes zonas de esta ciudad;

Que como consecuencia de ello, contando con la disponibilidad presupuestaria para el

ejercicio 2024, se propicia un aumento del monto de los subsidios trimestrales;

Que por lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

Por ello en virtud de las facultades conferidas,

LA SECRETARIA DE BIENESTAR INTEGRAL

RESUELVE:

Artículo 1°.- Derogar la Resolución N° 259-GCABA-SECBI/23.

Artículo 2°.- Aprobar a partir del segundo trimestre del ejercicio del año 2024, el monto

de la escala de subsidios trimestrales a otorgar a entidades de bien público donde

funcionan Centros de Día para la Tercera Edad, conforme Anexo I (IF-2024-27772773-

GCABA-DGPBS), el cual forma parte integrante de la presente.

Artículo 3°.- Establecer que la clasificación de las entidades beneficiarias en las

escalas aprobadas en el Anexo I (IF-2024-27772773-GCABA-DGPBS), de acuerdo

con lo establecido en el artículo precedente, se efectuará considerando la cantidad de

concurrentes al último mes anterior al trimestre involucrado.

Artículo 4°.- El gasto que implica el otorgamiento de dichos subsidios se imputará al

presupuesto en vigor.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento y demás efectos, gírese a la Dirección General de Promoción y

Bienestar Social de la Secretaría de Bienestar Integral. Cumplido, archívese. Morales

Gorleri


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6930

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 2º de la Resolución N° 111-SECBI/24 aprueba a partir del segundo trimestre del ejercicio del año 2024, el monto de la escala de subsidios trimestrales a otorgar a entidades de bien público donde funcionan Centros de Día para la Tercera Edad, quedando modificada la escala aprobada por Resolución 1021-MDSGC/10.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 111-SECBI/24 deroga la Resolución N° 259-SECBI/23.</p>