DISPOSICIÓN 2164 2024 DIRECCION GENERAL PERMISOS Y FERIAS
Síntesis:
RECTIFICA - ART 2 DE LA DISPOSICIÓN N° 2.137-GCABA-DGPF/24 - APRUEBA FORMULARIOS DECLARACIONES JURADAS CORRESPONDIENTES AL REGISTRO PÚBLICO DE ARMADORES - ANEXOS I-A - I-B - II-A - II-B - IIIA - III-B - IV-A - IV-B - V-A - V-B - FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN AL REGISTRO PÚBLICO DE ARMADORES DE FERIAS DE LA CIUDAD ANEXO VI
Publicación:
13/08/2024
Sanción:
07/08/2024
Organismo:
DIRECCION GENERAL PERMISOS Y FERIAS
Estado:
No vigente
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos Nro. 1.510/97, Las Leyes Nros.
4.121 y 6.684, Los Decretos Nros. 387/23, 91/24, 246/24 y 152/24, Disposición Nro.
2.137-DGPF/24, el Expediente Electrónico Nro. 29002440-GCABA-DGFER/24 y;
CONSIDERANDO:
Que, por Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires estableciendo para el Ministerio de Espacio Público e
Higiene Urbana, entre otros, las responsabilidades primarias de entender en lo relativo
al ordenamiento del Espacio Público, planificando estrategias y diseñando e
implementando políticas en relación con el mismo, así como entender en lo relativo al
uso del espacio público;
Que, mediante Decreto N° 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluyendo dentro de la Órbita del
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana a la Dirección General Permisos y
Ferias dependiente de la Subsecretaría Ordenamiento Urbano;
Que, asimismo por los Decretos Nros. 91/24 y 246/24, se modificó la estructura
orgánica funcional del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, asignando a la Dirección General Permisos y
Ferias dependiente de la Subsecretaría Ordenamiento Urbano, las responsabilidades
primarias para "Actuar como autoridad de aplicación de la Ley N° 4.121 (...)", como así
también planificar, diseñar y ejecutar políticas de regulación relativas al uso y
ocupación del espacio público;
Que, la Ley N° 4.121 regula funcionamiento y el emplazamiento de las actividades
feriales, creando en su artículo 3° la figura del armador y el Registro Público de
Armadores;
Que, por el expediente citado en el visto, N° 29002440-GCABA-DGPF/24 tramitó la
solicitud de la Gerencia Operativa Ferias, con el fin de Aprobar el Reglamento del
Registro Público de Armadores;
Que, por Disposición N° 2137-DGPF/24 se aprobó el Reglamento del Registro Público
de Armadores;
Que, éste nivel ha detectado un error material e involuntario en la información
correspondiente en el Art. 2, consignando como numero de actuación del Anexo V-B el
informe N° IF-2024-29070330-GCABA-DGPF, siendo lo correcto el infome N° IF-2024-
29070345-GCABA-DGPF ;
Que, toda vez que se trata de un error material involuntario que puede ser subsanado
en el marco de lo dispuesto en el artículo N° 124 de la Ley de Procedimientos
Administrativos N° 1510/97, dado que su enmienda no altera lo sustancial de la
Disposición de marras;
Que atento a ello, corresponde rectificar el Artículo°2, de la Disposición N° 2.137-
DGPF/24;
Que, habiendo verificado la documentación obrante en las presentes corresponde
dictar el pertinente acto administrativo.
Artículo 1°- Rectificar el Art 2 de la Disposición N° 2.137- GCABA-DGPF/24, el cual
quedará redactado de la siguiente manera: "Aprobar los formularios de las
declaraciones juradas correspondientes al Registro Público de Armadores que, como
Anexos I-A (IF-2024-29070058-GCABA-DGPF), I-B (IF-2024-29070086-GCABA-
DGPF), II-A (IF-2024-29070248-GCABA-DGPF), II-B (IF-2024-29070286-GCABA-
DGPF), IIIA (IF-2024-29070295-GCABA-DGPF), III-B(IF-2024-29070300-GCABA-
DGPF), IV-A (IF-2024-29070308-GCABA-DGPF) ,IV-B(IF-2024-29070317-GCABA-
DGPF), V-A (IF-2024-29070330-GCABA-DGPF), V-B, (IF-2024-29070345-GCABA-
DGPF) y el formulario de inscripción al Registro Público de Armadores de Ferias de la
Ciudad, que como Anexo VI (IF-2024-29070362-GCABA-DGPF), forman parte
integrante de la presente".
Artículo 2 ° .-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Gerencia Operativa de Ferias dependiente de esta Dirección
General, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, y a la Secretaría de
Innovación y Transformación Digital del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires Cumplido, archívese. Fiore