RESOLUCIÓN 43 2024 SECRETARIA DE TRANSPORTE
Síntesis:
SUSTITUYE ANEXO I - RESOLUCIÓN 38-GCABA-SECT-2024 - PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CIRCUITOS TURÍSTICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES A TRAVÉS DE VEHÍCULOS DE TRANSPORTE TERRESTRE - PARADA COMPARTIDA CAMINITO EN LA AV. PEDRO DE MENDOZA AL 2100, ENTRE B. QUINQUELA MARTÍN Y PALACIOS - SECRETARIA DE TRANSPORTE
Publicación:
14/08/2024
Sanción:
13/08/2024
Organismo:
SECRETARIA DE TRANSPORTE
Estado:
No vigente
VISTO: Las Leyes Nros. 2.148 (texto consolidado conforme Ley N° 6.588), 5.953 y
6.684, los Decretos Nros. 337/20, y 387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones
Nros. 771-GCABA-SECTOP-2023 y 38-GCABA-SECT-2024, el expediente electrónico
N° EX-2024-26185966-GCABA-SSPMO, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones citadas en el Visto tramita un proyecto de acto
administrativo tendiente a sustituir el Anexo I (IF-2024-26578966-GCABA-SECT -
Listado de Paradas del Bus Turístico) de la aludida Resolución N°38-GCABA-SECT-
2024, en el cual se detallan los espacios destinados para el ascenso y descenso de
personas, siendo utilizados, en forma exclusiva, por los vehículos autorizados por el
Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para la prestación del
"Servicio de Circuitos Turísticos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de
Vehículos de Transporte Terrestre";
Que en este sentido, mediante Nota N° NO-2024-27959767-GCABA-DGDTU, la
Dirección General de Desarrollo Turístico ENTUR, dependiente del Ministerio de
Desarrollo Económico, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitó
la modificación de una parada, en el marco de la Licitación Pública Nacional e
Internacional de Etapa Múltiple para la Concesión de la prestación del Servicio de
Circuitos Turísticos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de Vehículos de
Transporte Terrestre (Bus Turístico), concesión a su cargo, en virtud de lo establecido
por las Leyes Nros. 600 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y modificatorias y 2.627
(texto consolidado por Ley N° 6.347) y modificatorias; requiriendo el "...corrimiento de
la parada compartida "Caminito", ubicada en Av. Pedro de Mendoza 1959, entre
Ibarlucea y Rocha (...) a nueva ubicación en la Av. Pedro de Mendoza al 2100, entre
B. Quinquela Martín y Palacios";
Que, en la mencionada Nota, la referida Dirección General de Desarrollo Turístico
ENTUR expresa que lo requerido se encuentra "...en concordancia con el Plan Integral
Caminito, planificado e implementado por distintas áreas de gobierno, con el objeto de
mejorar la circulación sobre Av. Don Pedro de Mendoza y en línea con la iniciativa de
expandir la zona turística en Caminito...";
Que al efecto, conforme surge de los términos del Informe N°IF-2024-30151182-
GCABA-SSPMO, la Gerencia Operativa de Transporte Colectivo de Pasajeros,
dependiente de la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad, de esta Secretaría
de Transporte, ha evaluado la nueva ubicación de la mencionada parada, destacando
que resulta adecuada su incorporación al listado vigente, motivo por el cual se estima
pertinente propiciar la correspondiente modificación del "Listado de Paradas del Bus
Turístico" con el agregado del emplazamiento solicitado;
Que por Ley N° 6.684, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al
Ministerio de Infraestructura;
Que oportunamente, por Decreto N° 337/20, se designó a la entonces Secretaría de
Transporte y Obras Públicas, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, o el
organismo que en un futuro la reemplace, como Autoridad de Aplicación del Código de
Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (aprobado por Ley N°
2.148, texto consolidado por Ley N° 6.588);
Que en este sentido, la Secretaría de Transporte, dependiente del mencionado
Ministerio de Infraestructura, ha asumido las funciones de la extinta Secretaría de
Transporte y Obras Públicas en lo todo relativo a " Entender en la regulación y control
del transporte y el tránsito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", y "Entender en la
formulación de políticas, planificación, regulaciones y planes de los sistemas de
tránsito y transporte concernientes al ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y su articulación con el Área Metropolitana, así como en la coordinación
interjurisdiccional";
Que consecuentemente, resulta pertinente dictar el acto administrativo que sustituya el
Anexo I de la Resolución N° 38-GCABA-SECT-2024, incorporando a los espacios
destinados para el ascenso y descenso de personas, en el marco de la prestación del
"Servicio de Circuitos Turísticos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de
Vehículos de Transporte Terrestre", la parada compartida "Caminito", en la Av. Pedro
de Mendoza al 2100, entre B. Quinquela Martín y Palacios.
Por ello, y en uso de las atribuciones legales conferidas por los Decretos Nros. 337/20,
y 387/23 y sus modificatorios,
Artículo 1°.- Sustituir el Anexo I (IF-2024-26578966-GCABA-SECT) de la Resolución
N° 38-GCABA-SECT-2024, por el documento N° IF-2024-30309614-GCABA-SECT,
que como anexo forma parte integrante de la presente medida.
Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y
para su conocimiento y demás efectos, notificar al Ente de Turismo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, a la Dirección General de Ordenamiento del Espacio
Público, a la Dirección General del Cuerpo de Agentes de Tránsito, y a las Gerencias
Operativas de Estacionamiento Ordenado y Regulación del Cordón y de Transporte
Colectivo de Pasajeros. Cumplido, archívese. Kogan
ANEXOS
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6935