RESOLUCIÓN 2079 2024 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
APRUEBA - PLAN CURRICULAR INSTITUCIONAL - CARRERA DE FORMACIÓN DOCENTE PRESENCIAL - PROFESORADO DE EDUCACIÓN FÍSICA - AUTORIZA SU IMPLEMENTACIÓN EN EL INSTITUTO INCORPORADO A LA ENSEÑANZA OFICIAL INSTITUTO DR. JOSÉ INGENIEROS - A-761 - AVENIDA DEL LIBERTADOR 7395 - MINISTERIO DE EDUCACION
Publicación:
16/08/2024
Sanción:
08/08/2024
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: La Ley Nacional 26.206 y sus modificatorias, las Leyes Nros. 33 (texto
consolidado por Ley N° 6.588) y 6.684, la Resolución del Consejo Federal de Cultura y
Educación N° 24/07, las Resoluciones Nros. 1.067-MEGC/15 y 2.666-GCABA-
Que por estas actuaciones tramita la aprobación del Plan Curricular Institucional de la
carrera de Formación Docente presencial "Profesorado de Educación Física", del
Instituto "Dr. José Ingenieros" (A-761);
Que, conforme dispone el Artículo N° 74 de la Ley Nacional N° 26.206 y sus
modificatorias les corresponde al Ministerio de Educación y al Consejo Federal de
Educación acordar los lineamientos para la organización y administración del sistema
de formación docente, así como los parámetros de calidad que orienten los diseños
curriculares;
Que la Ley N° 6.684, dispone que el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las
facultades y responsabilidades que la misma les confiere;
Que, en el marco de la precitada norma le corresponde al Ministerio de Educación de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, diseñar, promover, implementar y evaluar las
políticas y programas educativos que conformen un sistema educativo único e
integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social;
Que la Ley N° 33 (texto consolidado por Ley N° 6.588) dispone que todo nuevo plan de
estudio o cualquier modificación a ser aplicada en los contenidos o carga horaria de
los planes de estudio vigentes en los establecimientos educativos de cualquier nivel,
modalidad y tipo de gestión dependientes o supervisados por el Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, para lograr validez, deberán estar sujetos a la aprobación
del Ministerio de Educación, mediante el dictado de resolución fundada para cada
caso concreto;
Que mediante la Resolución del Consejo Federal de Cultura y Educación N° 24/07 se
aprobó el documento "Lineamientos Curriculares Nacionales para la Formación
Docente Inicial";
Que por Resolución N° 2.666-GCABA-MEDGC/23 se aprobó el Diseño Curricular
Jurisdiccional para la Formación Docente del Profesorado de Educación Física para
instituciones dependientes de Gestión Estatal como Privada;
Que la Resolución N° 1.067-MEGC/15 regula el proceso de aprobación de los Planes
Curriculares Institucionales de Formación Docente y especifica los componentes que
los institutos deben elevar para su aprobación;
Que el Instituto "Dr. José Ingenieros" (A-761), elaboró su Plan Curricular Institucional
de acuerdo con el Diseño Curricular Jurisdiccional;
Que, en consecuencia, la aprobación del presente Plan Curricular Institucional
conlleva la validez nacional de los títulos que se otorguen para las cohortes que se
establezcan en el nivel nacional;
Que tomaron la intervención correspondiente las Direcciones Generales Educación de
Gestión Privada y Sistema de Formación Docente, y la Subsecretaría de Planeamiento
e Innovación Educativa;
Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional tomó debida intervención
en el trámite.
Por ello y en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Aprobar el Plan Curricular Institucional de la carrera de Formación
Docente presencial "Profesorado de Educación Física", del Instituto "Dr. José
Ingenieros" (A-761), de conformidad al detalle obrante en el Anexo (IF-2024-
16527564-GCABA-DGEGP), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2°.- Autorizar su implementación en el instituto incorporado a la enseñanza
oficial Instituto "Dr. José Ingenieros" (A-761), sito en Av. del Libertador N° 7395 de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 3°.- Encomendar a la Dirección General Educación de Gestión Privada el
seguimiento, la evaluación y la elevación de la aplicación del Plan Curricular
Institucional aprobado en el Artículo 1° de la presente.
Artículo 4°.- Dejar constancia de que lo aprobado en el Artículo 1° no lleva implícito el
derecho a percibir aporte gubernamental.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y,
comuníquese a la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, a las
Direcciones Generales Coordinación Legal e Institucional, Sistema de Formación
Docente y Educación de Gestión Privada, y a la Gerencia Operativa Innovación y
Contenidos Educativos. Cumplido, archívese. Miguel
ANEXOS
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6937