RESOLUCIÓN 2194 2024 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

SUSTITUYE  ANEXOS -  RESOLUCIÓN 1400-MEDGC-24 - CRITERIOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN -  PROYECTO DE APRENDIZAJE INTERDISCIPLINARIO - TERCER  CUARTO Y QUINTO AÑO - NIVEL SECUNDARIO - PRIMER AÑO - SEGUNDO CICLO -  MODALIDAD TÉCNICO PROFESIONAL DE NIVEL SECUNDARIO - CICLO LECTIVO 2024 -  RESOLUCION 1384-MEDGC-24 - PLAN PERSONAL DE ORIENTACION - MINISTERIO DE EDUCACION

Publicación:

06/09/2024

Sanción:

30/08/2024

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional

26206 y sus modificatorias, las Leyes 898 (texto consolidado por Ley 6588) y 6684, las

Resoluciones 328-SED/01, 1055-MEGC/09, 1056-MEGC/09, 1126-MEGC/09, 4144-

SSGECP/12, 4146-SSGECP/12, 4147-SSGECP/12, 4148-SSGECP/12, 4149-

SSGECP/12, 4150-SSGECP/12, 4151-SSGECP/12, 4152-SSGECP/12, 2749-

MEGC/14, 2758-MEGC/14, 2805-MEGC/14, 2820-MEGC/14, 2821-MEGC/14, 4419-

MEGC/14, 4420-MEGC/14, 4455-MEGC/14, 4457-MEGC/14, 53-MCGC/15, 63-

MEGC/15, 74-MEGC/15, 127-MEGC/15, 321-MEGC/15 y sus modificatorias y

complementarias, 607-MEGC/15, 1263-MEGC/15, 1443-MEGC/15, 1574-MEGC/15,

3147-GCABA-MEDGC/20, 3157-GCABA-MEDGC/20, 383-GCABA-MEDGC/21, 921-

GCABA-MEDGC/21, 1384-GCABA-MEDGC/24 y 1400-GCABA-MEDGC/24, el

Expediente Electrónico 30592477-GCABA-DGEGE/24, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires reconoce y garantiza un sistema

educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad, tendiente a

un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;

Que en virtud de la precitada norma la ciudad debe establecer los lineamientos

curriculares para cada nivel educativo;

Que la Ley Nacional 26206 y sus modificatorias propician que las jurisdicciones

garanticen las alternativas de acompañamiento de la trayectoria escolar de los/as

jóvenes;

Que la mentada normativa establece que la educación secundaria en todas sus

modalidades y orientaciones tiene la finalidad de habilitar a los/as adolescentes y

jóvenes para el ejercicio pleno de la ciudadanía, para el trabajo y para la continuación

de estudios;

Que la Ley 6684 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por

los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les confiere

dicha Ley;

Que, en el marco de la precitada norma, le corresponde a este Ministerio diseñar,

promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen

un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y

social;

Que la Ley 898 implementó la obligatoriedad de la Escuela Secundaria en el ámbito de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Resoluciones 4144-SSGECP/12, 4146-SSGECP/12, 4147-SSGECP/12,

4148-SSGECP/12, 4149-SSGECP/12, 4150-SSGECP/12, 4151-SSGECP/12, 4152-

SSGECP/12, , 2749-MEGC/14, 2758-MEGC/14, 2805-MEGC/14, 2820-MEGC/14,

2821-MEGC/14, 4419-MEGC/14, 4420-MEGC/14, 4455-MEGC/14, 4457-MEGC/14,

53-MCGC/15, 63-MEGC/15, 74-MEGC/15, 127-MEGC/15 y 607-MEGC/15, 3147-

GCABA-MEDGC/20, 3157-GCABA-MEDGC/20, 383-GCABA-MEDGC/21 y 921-

GCABA-MEDGC/21 se aprobaron oportunamente los Diseños Curriculares

Jurisdiccional diurno del Segundo Ciclo de la Modalidad Técnico Profesional de Nivel

Secundario, correspondiente a las especialidades de Mecánico, Electromecánica,

Computación, Electrónica, Química, Construcciones, Electricidad, Automotores,

Industria de los Alimentos, Administración de Empresas, Técnicas en Diseño y

Producción de Indumentaria, Óptica, Industrialización de la madera y el mueble,

Metalurgia, Refrigeración y Aire Acondicionado, Diseño de interiores, Jardinería,

Paisajismo y Producción Vegetal, Diseño y producción gráfica, Diseño de artesanías

aplicadas a la industria, Diseño y Comunicación Publicitaria, Geógrafo Matemático,

Industria de la Orfebrería, Producción Multimedial, Tecnologías de la Información y la

Comunicación "TICS", Proceso Productivos Inteligentes y Ortesis y Prótesis,

respectivamente;

Que por Resolución 321-MEGC/15, complementarias y modificatorias, se aprobaron el

Diseño Curricular y la Estructura Curricular para el Ciclo Básico y para el Ciclo

Orientado de la Formación General de los establecimientos correspondientes a la

Dirección Educación Media y a la Dirección Educación Técnica de la Dirección

General Educación de Gestión Estatal, así como a la entonces Dirección Formación

Docente y Dirección Educación Artística de la entonces Dirección General Educación

Superior, y a la Dirección General Educación de Gestión Privada correspondientes a la

Nueva Escuela Secundaria en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires;

Que por Resoluciones 1263-MEGC/15, 1443-MEGC/15 y 1574-MEGC/15 se

aprobaron el Diseño Curricular para el Bachillerato en Artes Visuales con especialidad

en Producción Cerámica, el Bachillerato en Artes Visuales con especialidad en

Producción Artística Contemporánea y el Diseño Curricular para la Formación

Artístico-Técnica en Cerámica para la modalidad artística de nivel secundario en el

ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires respectivamente;

Que, asimismo, mediante las Resoluciones 328-SED/01, 1055-MEGC/09, 1056-

MEGC/09 y 1126-MEGC/09, se aprobaron el Plan de la Tecnicatura de nivel medio de

Teatro, el Plan Artístico de Nivel Secundario con especialización en Música, el Plan

Artístico de Nivel Medio con especialización en Danza Clásica y Contemporánea, el

Plan Artístico de Nivel Medio con especialización en Danzas Folklóricas (Argentinas y

Tango) y el Plan Artístico de Nivel Medio con especialización en Diseño y Realización

en Artes Visuales, respectivamente;

Que atento la necesidad de profundizar la implementación de lo previsto en los

Diseños Curriculares de la jurisdicción y con el propósito de apoyar y enriquecer los

aprendizajes acorde a las exigencias del nivel, mediante Resolución 1400-GCABA-

MEDGC/24 se aprobaron los "Criterios para la implementación del Proyecto de

Aprendizaje Interdisciplinario para Tercer (3°), Cuarto (4°) y Quinto (5°) año de Nivel

Secundario y Primer (1°) año del Segundo Ciclo de la Modalidad Técnico Profesional

de Nivel Secundario" para el Ciclo Lectivo 2024 los que serán de aplicación en los

establecimientos de Gestión Estatal detallados en el Anexo II (IF-2024-10015305-

GCABA-DGEGE);

Que asimismo mediante Resolución 1384-GCABA-MEDGC/24 se aprobó el "Plan

Personal de Orientación" en el marco del acompañamiento del proceso de orientación

de los/as estudiantes para el Ciclo Lectivo 2024 que será de aplicación en las

secciones de Tercer (3er) año de Nivel Secundario y Primer (1er) año del Segundo

Ciclo de la Modalidad Técnico Profesional de Nivel Secundario, de los

establecimientos de Gestión Estatal detallados en el Anexo II (IF-2024-10015684-

GCABA-DGEGE);

Que, con posterioridad al dictado de las citadas normas, se ha advertido la omisión

involuntaria de la Escuela Técnica Raggio en los Anexos IF-2024-10015305-GCABA-

DGEGE y IF-2024-10015684-GCABA-DGEGE de las Resoluciones 1400-GCABA-

MEDGC/24 y 1384-GCABA-MEDGC/24, respectivamente;

Que atento ello la Dirección General Educación de Gestión Estatal propicia la

sustitución del Anexo II (IF-2024-10015305-GCABA-DGEGE) de la Resolución 1400-

GCABA-MEDGC/24 por el Anexo II (IF-2024-30593419-GCABA-DGEGE) y el Anexo II

(IF-2024-10015684-GCABA-DGEGE) de la Resolución 1384-GCABA-MEDGC/24, por

el Anexo II (IF-2024-30593574-GCABA-DGEGE) a los efectos de incorporar a la

mentada Institución;

Que la medida que se propicia cuenta con el debido reflejo presupuestario;

Que las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje, Planeamiento e Innovación Educativa

y la Dirección General Educación de Gestión Estatal brindaron su conformidad en las

presentes actuaciones;

Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional tomó debida intervención

en el trámite.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Sustituir el Anexo II (IF-2024-10015305-GCABA-DGEGE) de la

Resolución 1400-GCABA-MEDGC/24 por el Anexo II (IF-2024-30593419-GCABA-

DGEGE) el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Sustituir el Anexo II (IF-2024-10015684-GCABA-DGEGE) de la

Resolución 1384-GCABA-MEDGC/24, por el Anexo II (IF-2024-30593574-GCABA-

DGEGE) el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Determinar que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en

la presente norma será afectado a la Jurisdicción 55. Inciso 1.

Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Efectuar las

comunicaciones oficiales pertinentes a las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje,

Planeamiento e Innovación Educativa y Tecnología Educativa, a las Direcciones

Generales Educación de Gestión Estatal, Sistema de Formación Docente, Personal

Docente y No Docente y Carrera Docente. Cumplido, archivar. Miguel


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6952 ANEXO 1

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6952 ANEXO 2

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1°de la Resolucion 2194-MEDGC-24 sustitutye el Anexo II de la Resolución 1400-GCABA-MEDGC-24 </p>
MODIFICA
<p>Artículo 2° de la  Resolucion 2194-MEDGC-24 sustituye el Anexo II de la Resolución 1384-GCABA-MEDGC/24</p>