DECRETO 311 2024

Síntesis:

DEROGA - DECRETO 494-12 - APRUEBA - PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN PARA CONTROLADORES ADMINISTRATIVOS DE FALTAS - UNIDAD ADMINISTRATIVA DE CONTROL DE FALTAS - JEFATURA DE GOBIERNO

Publicación:

13/09/2024

Sanción:

12/09/2024

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Las Leyes 591, 1.217, 2.128 modificada por Ley 4.340,y 6.684 (Textos

consolidados Ley 6.588), los Decretos 494/12, 387/23 y modificatorios, y el Expediente

Electrónico 2024-33327242-GCABA-DGAI, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley 591 se creó, en el ámbito del Poder Ejecutivo, la Unidad Administrativa

de Control de Faltas, la que actúa como instancia administrativa única, obligatoria y

previa al juzgamiento de las faltas que tengan prevista como sanción única o

autónoma la pena de multa por parte de la Justicia en lo Penal, Contravencional y de

Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por la Ley 2.128, modificada por Ley 4.340, se contempla en el ámbito de la

Dirección General de Administración de Infracciones, el Organismo Fuera de Nivel

Unidad Administrativa de Atención de Faltas Especiales;

Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando en su artículo 2° entre los Ministerios del

Poder Ejecutivo al Ministerio de Justicia;

Que mediante Decreto 387/23 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el nivel de

Dirección General;

Que en el marco del Decreto mencionado precedentemente se contempla el

organismo fuera de nivel Unidad Administrativa de Control de Faltas, constituido por

ciento veintiséis (126) cargos de Controladores Administrativos de Faltas y Agentes

Administrativos de Faltas Especiales, a fin de ejercer las funciones conferidas por la

Ley 1.217 del Procedimiento de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 2° de la Ley 591 estableció que la selección de los/as controladores/as

administrativos/as de faltas será por concurso público, en los términos de lo

establecido en la Ley 471 para el régimen gerencial;

Que el artículo 4° del Anexo A de la Ley 2.128, prevé, asimismo, la selección por

concurso público de oposición y antecedentes;

Que por el Decreto 494/12 se aprobó el Reglamento de concurso para la selección de

Controladores Administrativos de Faltas, de la Unidad Administrativa de Control de

Faltas del Gobierno de la Ciudad Autónomas de Buenos Aires;

Que las últimas designaciones celebradas por concurso público abierto de

antecedentes y oposición fueron en los años 2014 y 2016;

Que la administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene por

objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia

de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;

Que, en atención al tiempo transcurrido desde las últimas designaciones efectuadas

conforme el procedimiento mencionado, resulta necesario adecuar las normas que

rigen el proceso de selección mediante concurso público para cubrir los cargos de

Controladores Administrativos de Control de Faltas;

Que, en virtud de lo expuesto precedentemente, corresponde derogar el Decreto

494/12, y aprobar un nuevo reglamento de concurso para la selección de

Controladores Administrativos de Faltas de la Unidad Administrativa de Control de

Faltas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que establezca las

bases del llamado a concurso público abierto de antecedentes y oposición;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires intervino en el

marco de sus competencias, emitiendo el correspondiente dictamen jurídico;

Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Derogar el Decreto 494/12.

Artículo 2°.- Aprobar el Procedimiento de selección para Controladores Administrativos

de Faltas de la Unidad Administrativa de Control de Faltas, Organismo Fuera de Nivel

bajo la órbita de la Dirección General Administración de Infracciones, dependiente de

la Secretaría de Justicia del Ministerio de Justicia, que como Anexo I (IF-2024-

34311138-GCABA-MJGC) forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo 3°.- Facultar a la Secretaría de Justicia, dependiente del Ministerio de Justicia

a dictar las normas complementarias, aclaratorias o modificatorias que sean

necesarias para la efectiva implementación del concurso de selección aprobado por el

artículo 2° del presente Decreto.

Artículo 4°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas arbitrará las medidas pertinentes a

fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.

Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por los Ministros de Justicia, de

Hacienda y Finanzas y por el Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 6°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar al

Ministerio de Hacienda y Finanzas y, para su conocimiento y demás efectos, remitir a

la Secretaría de Justicia dependiente del Ministerio de Justicia. Cumplido, archivar.

MACRI - Tapia - Arengo Piragine- Grindetti


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6957

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución N° 56/MJGC/25 declara el día 28 de febrero de 2025 como día inhábil administrativo para las ciento veintiséis (126) Unidades Administrativas de Control de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a efectos del cómputo de los plazos procesales.</p><p>Art 2° suspende la atención al público en las ciento veintiséis (126) Unidades Administrativas de Control de Faltas que funcionan en Sede Central de la Dirección General de Infracciones, sedes comunales, Colegio de la Abogacía de la CABA y en el Consejo de la Magistratura y a través del canal de consultas BOTI, durante el 28 de febrero de 2025.</p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 2° del Decreto N° 311/24 aprueba  el Procedimiento de selección para Controladores Administrativos de Faltas de la Unidad Administrativa de Control de Faltas, creada por Ley N° 591.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1° del Decreto N° 311/24 deroga el Decreto 494/12.</p>