RESOLUCIÓN 2403 2024 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
CREA - CENTRO TECNOLÓGICO DE INNOVACIÓN ENTRENAMIENTO SIMULACIÓN Y ANÁLISIS LABORAL MULTISECTORIAL - CETESAL - DIRECCIÓN GENERAL AGENCIA DE HABILIDADES PARA EL FUTURO
Publicación:
10/10/2024
Sanción:
04/10/2024
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
TEXTO ACTUALIZADO
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de actualización: 26 de mayo del 2025.
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes
Nacionales 26058, 26206 y sus modificatorias, la Ley 6684, el Decreto 387/23 y sus
modificatorios, la Resolución 1602-GCABA-MEDGC/24, el Expediente Electrónico
37628311-GCABA-DGAHPEF/24, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que la Ciudad
reconoce y garantiza un sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la
ética y la solidaridad, tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad
justa y democrática;
Que asimismo, crea y reconoce, bajo su dependencia, institutos educativos con
capacidad de otorgar títulos académicos y habilitantes en todos los niveles, fomenta la
vinculación de la educación con el sistema productivo, capacitando para la inserción y
reinserción laboral y tiende a formar personas con conciencia crítica y capacidad de
respuesta ante los cambios científicos, tecnológicos y productivos;
Que la Ley Nacional 26206 y sus modificatorias establecen que entre los fines y
objetivos de la Política Educativa Nacional se encuentran garantizar una educación
integral que desarrolle todas las dimensiones de la persona y habilite tanto para el
desempeño social y laboral, como para el acceso a estudios superiores así como,
desarrollar las capacidades y ofrecer oportunidades de estudio y aprendizaje
necesarias para la educación a lo largo de toda la vida, entre otros;
Que la citada Ley establece en su Artículo 4°, la responsabilidad principal e
indelegable del Estado Nacional y de las jurisdicciones locales de proveer una
educación integral, permanente y de calidad para todos los habitantes de la Nación;
Que la Ley Nacional 26058 en su Artículo 11° establece que las jurisdicciones
educativas tendrán a su cargo los mecanismos que posibiliten el tránsito entre la
educación técnico profesional y el resto de la educación formal, así como entre los
distintos ambientes de aprendizaje de la escuela y del trabajo;
Que conforme a la Ley 6684, el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por los
Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les confiere
dicha Ley;
Que en el marco de la precitada norma, le corresponde a este Ministerio diseñar,
promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen
un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y
social; así como planificar y administrar los recursos del sistema educativo del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como las
responsabilidades primarias y objetivos de las Unidades de Organización
dependientes del mismo, contemplando a la Dirección General Agencia de Habilidades
para el Futuro;
Que la citada Dirección General tiene entre sus responsabilidades primarias impulsar
el diseño, la actualización y la evaluación de la oferta de alternativas formativas de
aprendizaje permanente, en función a las necesidades productivas de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, así como sostener acciones continuas para el desarrollo
de la participación, el compromiso y el consenso de educadores, empresarios,
sindicatos, y otros actores, mediante la formalización de acuerdos intersectoriales;
Que por Resolución 1602-GCABA-MEDGC/24 se aprobó el Plan Estratégico "Buenos
Aires Aprende" el cual tiene entre sus objetivos el de impulsar nuevas maneras de
enseñar y aprender que permitan alcanzar los objetivos de aprendizajes fundacionales
y avanzar hacia el desarrollo de las capacidades que posibiliten a los/as estudiantes
vivir y trabajar en un mundo dinámico, global y cambiante;
Que el referido Plan, propone como eje central y prioritario de los próximos años, la
mejora de los aprendizajes para niñas, niños, adolescentes y adultos, en un ambiente
que promueva el bienestar integral de quienes conforman la comunidad educativa, por
lo que se requiere para su implementación, la colaboración y el trabajo articulado de la
comunidad educativa en su conjunto;
Que asimismo, en el marco del referido Plan, la Dirección General Agencia de
Habilidades para el Futuro busca brindar una oferta educativa integral, actualizada y
de calidad, que promueva el aprendizaje continuo a lo largo de toda la vida y el
desarrollo de habilidades profesionales, básicas, digitales y blandas para que las
personas puedan insertarse en ese contexto;
Que para ello, resulta indispensable diseñar nuevos espacios y formatos
institucionales que permitan desarrollar procesos formativos de calidad e inclusivos
para la población jóven y adulta, que les brinden las capacidades y saberes necesarios
para responder a las demandas sociales, laborales y productivas del mundo del
trabajo y promuevan el desarrollo socio económico de la ciudad;
Que en dicho contexto, la citada Dirección General propicia la creación del "Centro
Tecnológico de Innovación, Entrenamiento, Simulación y Análisis Laboral
Multisectorial" (CETESAL), con el propósito de generar un espacio de vanguardia
dedicado a la formación y desarrollo de competencias técnicas y profesionales en
diversas áreas del conocimiento;
Que el Centro se enfocará en la integración de nuevas tecnologías en los procesos de
formación y desarrollo profesional, que incluyan el uso de herramientas digitales,
plataformas de e-learning y aplicaciones de realidad virtual y aumentada para crear
entornos de aprendizaje inmersivos y personalizados;
Que este espacio buscará brindar a los/as estudiantes experiencias prácticas y
realistas para afrontar los desafíos laborales con confianza y habilidad, impulsando su
crecimiento profesional y mejorando sus oportunidades de empleo;
Que por todo lo expuesto, resulta necesario y oportuno el dictado de un acto
administrativo que cree el "Centro Tecnológico de Innovación, Entrenamiento,
Simulación y Análisis Laboral Multisectorial" (CETESAL), en el ámbito de la Dirección
General Agencia de Habilidades para el Futuro y de conformidad con lo detallado en el
Anexo I (IF-2024- 37629434-GCABA-DGAHPEF);
Que asimismo, corresponde encomendar a la Dirección General Agencia de
Habilidades para el Futuro el dictado de las normas que resulten necesarias a los fines
de la implementación y el desarrollo del referido Centro;
Que han tomado intervención en el marco de sus respectivas competencias las
Subsecretarías Tecnología Educativa y Planeamiento e Innovación Educativa, las
Direcciones Generales Agencia de Habilidades para el Futuro y Administración de
Recursos;
Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional ha tomado intervención en
el ámbito de su competencia.
Por ello, en uso de las facultades que le son conferidas,
Artículo 1°.- Crear el "Centro Tecnológico de Innovación, Entrenamiento, Simulación y
Análisis Laboral Multisectorial" (CETESAL), en el ámbito de la Dirección General
Agencia de Habilidades para el Futuro, de conformidad con lo detallado en el Anexo I
(IF-2024-37629434-GCABA-DGAHPEF), el que a todos los efectos forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Facultar a la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro a
dictar las normas que resulten necesarias a los fines de la implementación y el
desarrollo del "Centro Tecnológico de Innovación, Entrenamiento, Simulación y
Análisis Laboral Multisectorial" (CETESAL) aprobado por el Artículo 1° de la presente
Resolución.
Artículo 3°.- Determinar que el gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será afectado a la Jurisdicción 55 - UE 7182 - Programa 6.
Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
las Direcciones Generales Agencia de Habilidades para el Futuro y Administración de
Recursos de este Ministerio. Cumplido, archivar. Miguel