RESOLUCIÓN 2403 2024 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
CREA - CENTRO TECNOLÓGICO DE INNOVACIÓN ENTRENAMIENTO SIMULACIÓN Y ANÁLISIS LABORAL MULTISECTORIAL - CETESAL - DIRECCIÓN GENERAL AGENCIA DE HABILIDADES PARA EL FUTURO
Publicación:
10/10/2024
Sanción:
04/10/2024
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
El texto actualizado es un recurso informativo que presenta todas las modificaciones que tuvo la norma desde su última versión consolidada por la Legislatura de la Ciudad o desde su publicación original en el Boletín Oficial. Estos textos, elaborados por la Gerencia Operativa Ordenamiento Normativo, están diseñados para facilitar la consulta y comprender la evolución de la norma.
Última actualización: 26 de Mayo de 2025
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VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes
Nacionales 26058, 26206 y sus modificatorias, la Ley 6684, el Decreto 387/23 y sus
modificatorios, la Resolución 1602-GCABA-MEDGC/24, el Expediente Electrónico
37628311-GCABA-DGAHPEF/24, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que la Ciudad
reconoce y garantiza un sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la
ética y la solidaridad, tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad
justa y democrática;
Que asimismo, crea y reconoce, bajo su dependencia, institutos educativos con
capacidad de otorgar títulos académicos y habilitantes en todos los niveles, fomenta la
vinculación de la educación con el sistema productivo, capacitando para la inserción y
reinserción laboral y tiende a formar personas con conciencia crítica y capacidad de
respuesta ante los cambios científicos, tecnológicos y productivos;
Que la Ley Nacional 26206 y sus modificatorias establecen que entre los fines y
objetivos de la Política Educativa Nacional se encuentran garantizar una educación
integral que desarrolle todas las dimensiones de la persona y habilite tanto para el
desempeño social y laboral, como para el acceso a estudios superiores así como,
desarrollar las capacidades y ofrecer oportunidades de estudio y aprendizaje
necesarias para la educación a lo largo de toda la vida, entre otros;
Que la citada Ley establece en su Artículo 4°, la responsabilidad principal e
indelegable del Estado Nacional y de las jurisdicciones locales de proveer una
educación integral, permanente y de calidad para todos los habitantes de la Nación;
Que la Ley Nacional 26058 en su Artículo 11° establece que las jurisdicciones
educativas tendrán a su cargo los mecanismos que posibiliten el tránsito entre la
educación técnico profesional y el resto de la educación formal, así como entre los
distintos ambientes de aprendizaje de la escuela y del trabajo;
Que conforme a la Ley 6684, el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por los
Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les confiere
dicha Ley;
Que en el marco de la precitada norma, le corresponde a este Ministerio diseñar,
promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen
un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y
social; así como planificar y administrar los recursos del sistema educativo del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como las
responsabilidades primarias y objetivos de las Unidades de Organización
dependientes del mismo, contemplando a la Dirección General Agencia de Habilidades
para el Futuro;
Que la citada Dirección General tiene entre sus responsabilidades primarias impulsar
el diseño, la actualización y la evaluación de la oferta de alternativas formativas de
aprendizaje permanente, en función a las necesidades productivas de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, así como sostener acciones continuas para el desarrollo
de la participación, el compromiso y el consenso de educadores, empresarios,
sindicatos, y otros actores, mediante la formalización de acuerdos intersectoriales;
Que por Resolución 1602-GCABA-MEDGC/24 se aprobó el Plan Estratégico "Buenos
Aires Aprende" el cual tiene entre sus objetivos el de impulsar nuevas maneras de
enseñar y aprender que permitan alcanzar los objetivos de aprendizajes fundacionales
y avanzar hacia el desarrollo de las capacidades que posibiliten a los/as estudiantes
vivir y trabajar en un mundo dinámico, global y cambiante;
Que el referido Plan, propone como eje central y prioritario de los próximos años, la
mejora de los aprendizajes para niñas, niños, adolescentes y adultos, en un ambiente
que promueva el bienestar integral de quienes conforman la comunidad educativa, por
lo que se requiere para su implementación, la colaboración y el trabajo articulado de la
comunidad educativa en su conjunto;
Que asimismo, en el marco del referido Plan, la Dirección General Agencia de
Habilidades para el Futuro busca brindar una oferta educativa integral, actualizada y
de calidad, que promueva el aprendizaje continuo a lo largo de toda la vida y el
desarrollo de habilidades profesionales, básicas, digitales y blandas para que las
personas puedan insertarse en ese contexto;
Que para ello, resulta indispensable diseñar nuevos espacios y formatos
institucionales que permitan desarrollar procesos formativos de calidad e inclusivos
para la población jóven y adulta, que les brinden las capacidades y saberes necesarios
para responder a las demandas sociales, laborales y productivas del mundo del
trabajo y promuevan el desarrollo socio económico de la ciudad;
Que en dicho contexto, la citada Dirección General propicia la creación del "Centro
Tecnológico de Innovación, Entrenamiento, Simulación y Análisis Laboral
Multisectorial" (CETESAL), con el propósito de generar un espacio de vanguardia
dedicado a la formación y desarrollo de competencias técnicas y profesionales en
diversas áreas del conocimiento;
Que el Centro se enfocará en la integración de nuevas tecnologías en los procesos de
formación y desarrollo profesional, que incluyan el uso de herramientas digitales,
plataformas de e-learning y aplicaciones de realidad virtual y aumentada para crear
entornos de aprendizaje inmersivos y personalizados;
Que este espacio buscará brindar a los/as estudiantes experiencias prácticas y
realistas para afrontar los desafíos laborales con confianza y habilidad, impulsando su
crecimiento profesional y mejorando sus oportunidades de empleo;
Que por todo lo expuesto, resulta necesario y oportuno el dictado de un acto
administrativo que cree el "Centro Tecnológico de Innovación, Entrenamiento,
Simulación y Análisis Laboral Multisectorial" (CETESAL), en el ámbito de la Dirección
General Agencia de Habilidades para el Futuro y de conformidad con lo detallado en el
Anexo I (IF-2024- 37629434-GCABA-DGAHPEF);
Que asimismo, corresponde encomendar a la Dirección General Agencia de
Habilidades para el Futuro el dictado de las normas que resulten necesarias a los fines
de la implementación y el desarrollo del referido Centro;
Que han tomado intervención en el marco de sus respectivas competencias las
Subsecretarías Tecnología Educativa y Planeamiento e Innovación Educativa, las
Direcciones Generales Agencia de Habilidades para el Futuro y Administración de
Recursos;
Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional ha tomado intervención en
el ámbito de su competencia.
Por ello, en uso de las facultades que le son conferidas,
Artículo 1°.- Crear el "Centro Tecnológico de Innovación, Entrenamiento, Simulación y
Análisis Laboral Multisectorial" (CETESAL), en el ámbito de la Dirección General
Agencia de Habilidades para el Futuro, de conformidad con lo detallado en el Anexo I
(IF-2024-37629434-GCABA-DGAHPEF), el que a todos los efectos forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Facultar a la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro a
dictar las normas que resulten necesarias a los fines de la implementación y el
desarrollo del "Centro Tecnológico de Innovación, Entrenamiento, Simulación y
Análisis Laboral Multisectorial" (CETESAL) aprobado por el Artículo 1° de la presente
Resolución.
Artículo 3°.- Determinar que el gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será afectado a la Jurisdicción 55 - UE 7182 - Programa 6.
Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
las Direcciones Generales Agencia de Habilidades para el Futuro y Administración de
Recursos de este Ministerio. Cumplido, archivar. Miguel