DISPOSICIÓN 1 2024 DIRECCIÓN GENERAL MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO
Síntesis:
DEROGA - DISPOSICIÓN CONJUNTA N° 1-MGEYA-DGSOCAI-23 - APRUEBA - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - INGRESO - DERIVACIÓN - TRAMITACIÓN - DOCUMENTOS - AUDITORÍA GENERAL - CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Publicación:
25/10/2024
Sanción:
24/10/2024
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO
Estado:
No vigente
VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes 70, 325 y
6.684; el Decreto 387/23 y sus modificatorios; la Resolución 142-SECLYT/24; la
Disposición Conjunta 1-MGEYA-DGSOCAI/23; y el Expediente Electrónico N°
40407377-CABA-DGSOCAI/24 y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley 6.684, mediante la cual se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contempla a la Secretaría Legal y Técnica entre
las Secretarías dependientes del Poder Ejecutivo;
Que mediante el Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplando dentro de la órbita de la mentada Secretaría a la Dirección General
Mesa de Entradas, Salidas y Archivo y a la Dirección General Seguimiento de
Organismos de Control y Acceso a la Información;
Que la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo tiene entre sus
responsabilidades primarias a las de organizar y supervisar la Mesa de Entradas,
Salidas y Archivos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; organizar la
recepción, giro y seguimiento de las actuaciones y expedientes del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y caratular los expedientes e implementar
mecanismos para la descentralización administrativa;
Que, por su parte, la Dirección General Seguimiento de Organismos de Control y
Acceso a la Información posee entre sus responsabilidades primarias las de coordinar
las relaciones con los Organismos de Control locales en materia de requerimientos de
información, documentación y colaboración; administrar el sistema de recepción y
tramitación de requerimientos provenientes de los Organismos de Control locales y
solicitudes de Acceso a la Información Pública; así como también proyectar e
implementar un adecuado circuito de derivación de los informes producidos por los
Organismos de Control;
Que la Auditoría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce, en los
términos del artículo 135 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, el control
externo del sector público en sus aspectos económicos, financieros, patrimoniales, de
gestión y de legalidad;
Que la Ley 70 dispone la organización y funcionamiento de la Auditoría General de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley 325 establece su estructura orgánica y
distribución de funciones;
Que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires debe brindar respuestas
completas y oportunas a los requerimientos de la Auditoría General de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en el marco del Plan Anual de Auditoría;
Que por Resolución 78 -SECLYT/18 se aprobó el procedimiento para el acceso a
expedientes electrónicos por parte de usuarios auditores externos, mediante el
desarrollo de un módulo específico;
Que por Disposición Conjunta 1- MGEYA-DGSOCAI/23 se aprobó el procedimiento
electrónico para el ingreso, derivación y tramitación de los requerimientos provenientes
de la Auditoría General de la Ciudad;
Que, a fin de simplificar y aportar eficiencia a la comunicación entre el Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Auditoría General de la Ciudad, la Resolución
142-SECLYT/24 dejó sin efecto a la Resolución 78-SECLYT/18;
Que una buena administración requiere realizar una revisión continua de los
procedimientos de tramitación de actuaciones administrativas, con el objeto de
asegurar su eficiencia, eficacia, agilidad y claridad;
Que, conforme lo expuesto, es necesario modificar el procedimiento oportunamente
aprobado mediante Disposición Conjunta 1- MGEYA -DGSOCAI /23 a fin de
contemplar el modo de acceso a Expedientes Electrónicos por parte de la Auditoría
General de la Ciudad de Buenos Aires (AGCBA), bajo parámetros que garanticen la
celeridad y eficiencia de las comunicaciones, así como el debido resguardo de la
información remitida;
Que, asimismo, en virtud del cambio de estructura operado por Decreto 163/24,
corresponde modificar el canal de ingreso de documentación proveniente de AGCBA
al correo de la Gerencia Operativa Atención al Público y Servicios de Información
Administrativa, dependiente de la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y
Archivo;
Que, por lo expuesto, corresponde dejar sin efecto la Disposición Conjunta 1-MGEYA-
DGSOCAI /23 y aprobar el nuevo procedimiento administrativo para el Ingreso,
Derivación y Tramitación de los documentos provenientes de la Auditoría General de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de las tareas de auditoría.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto 387/23,
Artículo 1°. Derogar la Disposición Conjunta N° 1- MGEYA -DGSOCAI /23.
Artículo 2°. - Aprobar el "Procedimiento administrativo para el Ingreso, Derivación y
Tramitación de los documentos provenientes de la Auditoría General de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, en el marco de las tareas de auditoría", que como Anexo I
(IF-2024-40455227-GCABA-DGSOCAI) forma parte integrante de la presente
Disposición.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a
los Ministerios, Secretarías, Subsecretarías, Direcciones Generales y Organismos
Descentralizados del Poder Ejecutivo, a la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y a la
Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires. Para su conocimiento y demás
efectos, remitir a la Dirección General Seguimiento de Organismos de Control y
Acceso a la Información, de la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archivar.
Dávalos - Domenech p/p