RESOLUCIÓN 1582 2024 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
SUSTITUYE - ANEXO I - RESOLUCIÓN 163-MHFGC-24 - VALOR PRESENTISMO - MÓDULOS RETRIBUTIVOS PARA EL PERSONAL NO POLICIAL - VALOR MONOPOL - MÓDULOS RETRIBUTIVOS POLICIALES - MOPOL - SERVICIO EN LA VÍA PÚBLICA - SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD PÚBLICA - CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - POLICIA - MINISTERIO DE SEGURIDAD
Publicación:
15/11/2024
Sanción:
12/11/2024
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: Las Leyes Nros. 5.688 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y 6.684, el
Decreto N° 47/17 y modificatorios, la Resolución de Firma Conjunta N° 163-GCABA-
MHFGC/24 y modificatorias, y el Expediente Electrónico N° 39287079-GCABA-
DGARHC/24, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando, entre ellos, a los Ministerios de
Seguridad y de Hacienda y Finanzas;
Que, la Ley N° 5.688 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del
Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo
referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y
funcionamiento, así como las bases normativas para la formulación, implementación y
control de las políticas y estrategias de seguridad pública, creando la Policía de la
Ciudad y el Cuerpo de Bomberos de la Ciudad;
Que, por el Decreto N° 47/17 y modificatorios se estableció la estructura salarial de la
Policía de la Ciudad, disponiendo que el sueldo básico correspondiente a cada grado
del escalafón policial se determinaría como un porcentaje del sueldo básico del Jefe
de la Policía y que se fijaría en Módulos Retributivos Policiales (MOPOL);
Que, en la misma normativa se estableció que el sueldo básico correspondiente a los
distintos niveles del agrupamiento del personal sin estado policial integrante de la
Policía de la Ciudad se determinaría como un porcentaje del sueldo básico del nivel A
y que se fijaría en Módulos Retributivos para el Personal No Policial (MONOPOL);
Que, en el artículo 3° del citado Decreto se facultó a los titulares de los por entonces
Ministerio de Justicia y Seguridad y Ministerio de Hacienda, actuales Ministerios de
Seguridad y de Hacienda y Finanzas, en forma conjunta, a fijar el valor de los Módulos
Retributivos referidos;
Que, mediante el artículo 6° del Anexo I de dicho Decreto se fijaron los suplementos
para el personal con estado policial;
Que, asimismo, por los artículos 16 y 18 del mencionado Anexo se definieron los
suplementos por Servicio en la Vía Pública y Presentismo, respectivamente, ambos de
carácter no remunerativo y no bonificable;
Que, los artículos 17 y 18, in fine, del mismo Anexo determinaron que los montos de
los suplementos en cuestión serían establecidos por Resolución de Firma Conjunta del
por entonces Ministro de Justicia y Seguridad, actual Ministro de Seguridad, y del
Ministro de Hacienda y Finanzas;
Que, por Resolución de Firma Conjunta N° 163-GCABA-MHFGC/24 y modificatorias
se establecieron los montos de los módulos y suplementos citados para el período
2024;
Que, deviene necesario actualizar los montos correspondientes del Módulo Retributivo
Policial (MOPOL) y del Módulo Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL) y
de los Suplementos por Servicio en la Vía Pública y Presentismo para el período 2024;
Que, conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente.
Por ello, y de acuerdo con las facultades conferidas por el Decreto N° 47/17 y sus
modificatorios,
Artículo 1°.- Sustituir el Anexo I (IF-2024-30873746-GCABA-DGARHC) aprobado por
la Resolución de Firma Conjunta N° 163-GCABA-MHFGC/24 y modificatorias, por el
Anexo I (IF-2024-39417433-GCABA-DGARHC) que a todos sus efectos forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Sustituir el Anexo II (IF-2024-30874494-GCABA-DGARHC) aprobado por
la Resolución de Firma Conjunta N° 163-GCABA-MHFGC/24 y modificatorias, por el
Anexo II (IF-2024-39414822-GCABA-DGARHC) que a todos sus efectos forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Sustituir el Anexo III (IF-2024-30875520-GCABA-DGARHC) aprobado por
la Resolución de Firma Conjunta N° 163-GCABA-MHFGC/24 y modificatorias, por el
Anexo III (IF-2024-39413897-GCABA-DGARHC) que a todos sus efectos forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 4°.- Sustituir el Anexo IV (IF-2024-30877342-GCABA-DGARHC) aprobado por
la Resolución de Firma Conjunta N° 163-GCABA-MHFGC/24 y modificatorias, por el
Anexo IV (IF-2024-39413140-GCABA-DGARHC) que a todos sus efectos forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente será
imputado a las partidas presupuestarias correspondientes.
Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el
Orden del Día de la Policía de la Ciudad. Comuníquese a las Direcciones Generales
de Administración y Liquidación de Haberes, de Planificación y Control Operativo y de
la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, dependientes del Ministerio de Hacienda
y Finanzas, a la Secretaría de Seguridad, a la Secretaría de Coordinación, a la
Subsecretaría de Capital Humano, a la Dirección General Técnica, Administrativa y
Legal del Ministerio de Seguridad y al Instituto Superior de Seguridad Pública y, para
su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Administración de
Recursos Humanos y Compensaciones del Ministerio de Seguridad. Cumplido,
archívese. Wolff - Arengo Piragine