RESOLUCIÓN 1582 2024 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SUSTITUYE - ANEXO I - RESOLUCIÓN 163-MHFGC-24 - VALOR PRESENTISMO - MÓDULOS RETRIBUTIVOS PARA EL PERSONAL NO POLICIAL - VALOR MONOPOL - MÓDULOS RETRIBUTIVOS POLICIALES - MOPOL - SERVICIO EN LA VÍA PÚBLICA - SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD PÚBLICA - CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - POLICIA - MINISTERIO DE SEGURIDAD

Publicación:

15/11/2024

Sanción:

12/11/2024

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: Las Leyes Nros. 5.688 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y 6.684, el

Decreto N° 47/17 y modificatorios, la Resolución de Firma Conjunta N° 163-GCABA-

MHFGC/24 y modificatorias, y el Expediente Electrónico N° 39287079-GCABA-

DGARHC/24, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando, entre ellos, a los Ministerios de

Seguridad y de Hacienda y Finanzas;

Que, la Ley N° 5.688 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del

Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo

referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y

funcionamiento, así como las bases normativas para la formulación, implementación y

control de las políticas y estrategias de seguridad pública, creando la Policía de la

Ciudad y el Cuerpo de Bomberos de la Ciudad;

Que, por el Decreto N° 47/17 y modificatorios se estableció la estructura salarial de la

Policía de la Ciudad, disponiendo que el sueldo básico correspondiente a cada grado

del escalafón policial se determinaría como un porcentaje del sueldo básico del Jefe

de la Policía y que se fijaría en Módulos Retributivos Policiales (MOPOL);

Que, en la misma normativa se estableció que el sueldo básico correspondiente a los

distintos niveles del agrupamiento del personal sin estado policial integrante de la

Policía de la Ciudad se determinaría como un porcentaje del sueldo básico del nivel A

y que se fijaría en Módulos Retributivos para el Personal No Policial (MONOPOL);

Que, en el artículo 3° del citado Decreto se facultó a los titulares de los por entonces

Ministerio de Justicia y Seguridad y Ministerio de Hacienda, actuales Ministerios de

Seguridad y de Hacienda y Finanzas, en forma conjunta, a fijar el valor de los Módulos

Retributivos referidos;

Que, mediante el artículo 6° del Anexo I de dicho Decreto se fijaron los suplementos

para el personal con estado policial;

Que, asimismo, por los artículos 16 y 18 del mencionado Anexo se definieron los

suplementos por Servicio en la Vía Pública y Presentismo, respectivamente, ambos de

carácter no remunerativo y no bonificable;

Que, los artículos 17 y 18, in fine, del mismo Anexo determinaron que los montos de

los suplementos en cuestión serían establecidos por Resolución de Firma Conjunta del

por entonces Ministro de Justicia y Seguridad, actual Ministro de Seguridad, y del

Ministro de Hacienda y Finanzas;

Que, por Resolución de Firma Conjunta N° 163-GCABA-MHFGC/24 y modificatorias

se establecieron los montos de los módulos y suplementos citados para el período

2024;

Que, deviene necesario actualizar los montos correspondientes del Módulo Retributivo

Policial (MOPOL) y del Módulo Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL) y

de los Suplementos por Servicio en la Vía Pública y Presentismo para el período 2024;

Que, conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto

administrativo pertinente.

Por ello, y de acuerdo con las facultades conferidas por el Decreto N° 47/17 y sus

modificatorios,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

Y EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Sustituir el Anexo I (IF-2024-30873746-GCABA-DGARHC) aprobado por

la Resolución de Firma Conjunta N° 163-GCABA-MHFGC/24 y modificatorias, por el

Anexo I (IF-2024-39417433-GCABA-DGARHC) que a todos sus efectos forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Sustituir el Anexo II (IF-2024-30874494-GCABA-DGARHC) aprobado por

la Resolución de Firma Conjunta N° 163-GCABA-MHFGC/24 y modificatorias, por el

Anexo II (IF-2024-39414822-GCABA-DGARHC) que a todos sus efectos forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Sustituir el Anexo III (IF-2024-30875520-GCABA-DGARHC) aprobado por

la Resolución de Firma Conjunta N° 163-GCABA-MHFGC/24 y modificatorias, por el

Anexo III (IF-2024-39413897-GCABA-DGARHC) que a todos sus efectos forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 4°.- Sustituir el Anexo IV (IF-2024-30877342-GCABA-DGARHC) aprobado por

la Resolución de Firma Conjunta N° 163-GCABA-MHFGC/24 y modificatorias, por el

Anexo IV (IF-2024-39413140-GCABA-DGARHC) que a todos sus efectos forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente será

imputado a las partidas presupuestarias correspondientes.

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el

Orden del Día de la Policía de la Ciudad. Comuníquese a las Direcciones Generales

de Administración y Liquidación de Haberes, de Planificación y Control Operativo y de

la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, dependientes del Ministerio de Hacienda

y Finanzas, a la Secretaría de Seguridad, a la Secretaría de Coordinación, a la

Subsecretaría de Capital Humano, a la Dirección General Técnica, Administrativa y

Legal del Ministerio de Seguridad y al Instituto Superior de Seguridad Pública y, para

su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Administración de

Recursos Humanos y Compensaciones del Ministerio de Seguridad. Cumplido,

archívese. Wolff - Arengo Piragine


ANEXOS

ANEXOI

ANEXO II

ANEXO III

ANEXO IV

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 1582/MHFGC/MSEG/2024 sustituye el Anexo I de la Resolución 163/MHFGC/MSEG/2024 (modificatoria de la Resolución 74//MHFGC/MSEG/2023).</p><p>Art. 2 sustituye el Anexo II.</p><p>Art. 3 sustituye el Anexo III.</p><p>Art. 4 sustituye el Anexo IV.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 1582/MHFGC/MSEG/2024 sustituye el Anexo I de la Resolución 163/MHFGC/MSEG/2024 (modificatoria de la Resolución 74//MHFGC/MSEG/2023).</p><p>Art. 2 sustituye el Anexo II.</p><p>Art. 3 sustituye el Anexo III.</p><p>Art. 4 sustituye el Anexo IV.</p>