RESOLUCIÓN 163 2024 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

APRUEBA VALORES DE MÓDULOS - RETRIBUTIVO POLICIAL -MOPOL -  RETRIBUTIVO  PERSONAL NO POLICIAL - SUPLEMENTOS ESTABLECIDOS EN ARTÍCULOS 12- 13- 14- 15- 27 - 28 - 33 INCISO B) - 34 - 35 INCISO A - 36 Y 40 ANEXO I  DECRETO N° 47-17 Y MODIFICATORIOS - AJUSTAN EN LA MISMA PROPORCIÓN Y CRONOGRAMA QUE EL SALARIO BÁSICO -  VALORES SUPLEMENTO - SERVICIO EN LA VÍA PÚBLICA  -  PRESENTISMO - MINISTERIOS - SEGURIDAD - HACIENDA Y FINANZAS

Publicación:

05/03/2024

Sanción:

23/02/2024

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: Las Leyes Nros. 5.688 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y 6.684, el

Decreto N° 47/17 y modificatorios, la Resolución de Firma Conjunta N° 74-GCABA-

MHFGC/23 y sus modificatorias y el Expediente Electrónico N° 06001014-GCABA-

DGARHS/2024, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando, entre ellos, a los Ministerios de

Seguridad y de Hacienda y Finanzas;

Que, por su parte, la Ley N° 5.688 establece las bases jurídicas e institucionales

fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires en lo referente a su composición, misión, función, organización,

dirección, coordinación y funcionamiento, así como las bases normativas para la

formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad

pública, creando la Policía de la Ciudad y el Cuerpo de Bomberos de la Ciudad;

Que por el Decreto N° 47/17 y modificatorios se estableció la estructura salarial de la

Policía de la Ciudad, disponiendo que el sueldo básico correspondiente a cada grado

del escalafón policial se determinaría como un porcentaje del sueldo básico del Jefe

de la Policía y que se fijaría en Módulos Retributivos Policiales (MOPOL);

Que en la misma normativa se estableció que el sueldo básico correspondiente a los

distintos niveles del agrupamiento del personal sin estado policial integrante de la

Policía de la Ciudad se determinaría como un porcentaje del sueldo básico del nivel A

y que se fijaría en Módulos Retributivos para el Personal No Policial (MONOPOL);

Que en el artículo 3° del citado Decreto se facultó a los entonces titulares del

Ministerio de Justicia y Seguridad y del Ministerio de Hacienda, actuales Ministros de

Seguridad y Ministro de Hacienda y Finanzas, en forma conjunta, a fijar el valor de los

Módulos Retributivos referidos;

Que, mediante el artículo 6° del Anexo I de dicho Decreto se fijaron los suplementos

para el personal con estado policial;

Que, asimismo, por los artículos 16 y 18 del mencionado Anexo se definieron los

suplementos por Servicio en la Vía Pública y Presentismo, respectivamente, ambos de

carácter no remunerativo y no bonificable;

Que, por su parte, los artículos 17 y 18, in fine, del mismo Anexo determinaron que el

monto de los suplementos en cuestión serían establecidos por Resolución Conjunta de

los Ministros de Justicia y Seguridad y de Hacienda y Finanzas de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, actuales Ministros de Seguridad y de Hacienda y

Finanzas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que deviene necesario actualizar y establecer los montos correspondientes del

Módulo Retributivo Policial (MOPOL) y del Módulo Retributivo para el Personal No

Policial (MONOPOL) y de los Suplementos por Servicio en la Vía Pública y

Presentismo;

Que la Subsecretaría de Capital Humano y Secretaría de Coordinación del Ministerio

de Seguridad tomaron la intervención de sus competencias, otorgando conformidad a

la prosecución del trámite referido;

Que, conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto

administrativo pertinente.

Por ello y de acuerdo con las facultades conferidas por el Decreto N° 47/17 y sus

modificatorios,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

Y EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Aprobar el valor del Módulo Retributivo Policial (MOPOL), creado por el

artículo 2° del Decreto N° 47/17 y modificatorios, conforme lo establecido en el Anexo I

(IF-2024-06150144-GCABA-SSCH), que forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Aprobar el valor del Módulo Retributivo del Personal no Policial

(MONOPOL), creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 y modificatorios, conforme

lo establecido en el Anexo II (IF-2024-06150316-GCABA-SSCH), que forma parte

integrante de la presente.

Artículo 3°.- Los suplementos establecidos en los artículos 12, 13, 14, 15, 27, 28, 33

inciso b), 34, 35 inciso a), 36 y 40 del Anexo I del Decreto N° 47/17 y modificatorios se

ajustan en la misma proporción y cronograma que el salario básico, conforme

previsiones del artículo 1° y 2° de la presente.

Artículo 4°.- Aprobar el valor del Suplemento por Servicio en la Vía Pública creado por

el artículo 16 del Anexo I del Decreto N° 47/17 y modificatorios, conforme lo

establecido en el Anexo III (IF-2024-06150478-GCABA-SSCH), que forma parte

integrante de la presente.

Artículo 5°.- Aprobar el valor del Suplemento por Presentismo creado por el artículo 18

del Anexo I del Decreto N° 47/17 y modificatorios, conforme lo establecido en el Anexo

IV (IF-2024-06150628-GCABA-SSCH), que forma parte integrante de la presente.

Artículo 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente será

imputado a las partidas presupuestarias correspondientes.

Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el

Orden del Día de la Policía de la Ciudad y del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad.

Comuníquese a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de

Haberes, de Planificación y Control Operativo y de la Oficina de Gestión Pública y

Presupuesto, dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a la Subsecretaría

de Capital Humano y a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del

Ministerio de Seguridad y al Instituto Superior de Seguridad Pública y, para su

conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Compensaciones y

Gestión de Capital Humano del Ministerio de Seguridad. Cumplido, archívese. Wolff -

Arengo Piragine


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1°.de la Resolucion N° 163-MHFGC-24 aprueba el valor del Módulo Retributivo Policial (MOPOL), modificando la Resolución N° 74/MHFGC/23.</p><p>Artículo 2°.- Aprobar el valor del Módulo Retributivo del Personal no Policial (MONOPOL), </p><p>Artículo 4°.aprueba el valor del Suplemento por Servicio en la Vía Pública.</p><p>Artículo 5°.aprueba el valor del Suplemento por Presentismo.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 1582/MHFGC/MSEG/2024 sustituye el Anexo I de la Resolución 163/MHFGC/MSEG/2024 (modificatoria de la Resolución 74//MHFGC/MSEG/2023).</p><p>Art. 2 sustituye el Anexo II.</p><p>Art. 3 sustituye el Anexo III.</p><p>Art. 4 sustituye el Anexo IV.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolucion 1394-MHFGC-MSEGC/24 sustituye el Anexo I aprobado por la Resolución de Firma Conjunta N° 163-MHFGC-MSEGC/24 y modificatorias.</p><p>Artículo 2° sustituye el Anexo II.</p><p>Artículo 3° sustituye el Anexo III.</p><p>Artículo 4° sustituye el Anexo IV.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolucion 1124-MHFGC-MSEGC/24 sustituye el Anexo I aprobado por la Resolución de Firma Conjunta N° 163-MHFGC-MSEGC/24 y modificatorias.</p><p>Artículo 2° sustituye el Anexo II.</p><p>Artículo 3° sustituye el Anexo III.</p><p>Artículo 4° sustituye el Anexo IV.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolucion 979- MHFGC-24 sustituye el Anexo I aprobado por la  Resolución de Firma Conjunta N° 163-GCABA-MHFGC/24 y modificatorias, por el Anexo I </p><p>Artículo 2° sustituye el Anexo II </p><p>Artículo 3° susttuye el Anexo III </p><p>Artículo 4° sustituye el Anexo IV </p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 343/MHFGC/24, sustituye el Anexo I aprobado por la Resolución de Firma Conjunta N° 163-GCABA-MHFGC/24.</p><p>Artículo 2°.- Sustituye el Anexo II.</p><p>Artículo 3°.- Sustituye el Anexo III.</p><p>Artículo 4°.- Sustituye el Anexo IV.</p>