DISPOSICIÓN 47 2024 DIRECCIÓN GENERAL MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO

Síntesis:

SUSTITUYE ARTÍCULO 2 DISPOSICIÓN 56-MGEYA/23 - TRÁMITES Y ACTUACIONES QUE INGRESEN DESDE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO CON DESTINO AL GOBIERNO DE LA CIUDAD - CORREO ELECTRÓNICO OFICIAL - GERENCIA OPERATIVA ATENCIÓN AL PÚBLICO Y SERVICIOS DE INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA - RECEPCIÓN DE LOS TRÁMITES, PRESENTACIONES Y ACTUACIONES - CUENTA DE CORREO - MGEYA_GOAP@BUENOSAIRES.GOB.AR - MESA GENERAL ENTRADAS SALIDAS Y ARCHIVO - PROCEDIMIENTO

Publicación:

20/11/2024

Sanción:

13/11/2024

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO

Estado:

No vigente


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; las Leyes N° 3 y N°

6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.588); Resolución Conjunta N°1- JGGC-

SECLYT/23, y el EX-2024-43028417-GCABA-MGEYA y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 137 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, crea a

la Defensoría del Pueblo de la Ciudad, como órgano unipersonal e independiente con

autonomía funcional y autarquía financiera, siendo su principal función, la defensa,

protección y promoción de los derechos humanos y demás derechos e intereses

individuales, colectivos y difusos tutelados en la Constitución Nacional, las leyes y la

Constitución de la Ciudad, frente a los actos, hechos u omisiones de la administración

o de prestadores de servicios públicos;

Que la Ley N° 3 establece su funcionamiento y lo faculta mediante los artículos 13 y 36

para solicitar informes, vista de expedientes, documento, antecedente, etc., como así

también a efectuar advertencias, recomendaciones, recordatorios de los deberes de

los funcionarios, y propuestas para la adopción de nuevas medidas. Todo ello ante

distintas reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Ley 6.684, mediante la cual se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contempla a la Secretaría Legal y Técnica entre

las Secretarías dependientes del Poder Ejecutivo;

Que mediante el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder

Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando dentro

de la órbita de la mentada Secretaría a la Dirección General Mesa de Entradas,

Salidas y Archivo y a la Dirección General Seguimiento de Organismos de Control y

Acceso a la Información;

Que, la Resolución Conjunta N° 1-JGGC-SECLYT/23 estableció que los trámites y

actuaciones procedentes de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires deberán ser ingresados única y exclusivamente por la Dirección General

Mesa de Entradas, Salida y Archivo, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, en concordancia con ello, el artículo 2° de la Disposición 56-MGEYA/23

determina que los trámites y actuaciones de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad

Autónoma de Buenos que ingresen desde la Defensoría del Pueblo de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires (DDP) con destino al Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires (GCABA) deberán ser enviadas exclusivamente al correo electrónico

mgeya_subgerenciadespacho@buenosaires.gob.ar de la Subgerencia Operativa de

Despacho (SOD), de la Gerencia Operativa de Atención al Público y Servicios de

Información Administrativa (GOAPSIA) dependiente de la Dirección General Mesa de

Entradas, Salida y Archivo (MGEYA);

Que de acuerdo con la nueva estructura organizativa de la GOAPSIA resulta necesario

modificar el artículo 2° de la Disposición 56-MGEYA/23 indicando un nuevo correo de

ingreso de las actuaciones provenientes de la Defensoría del Pueblo;

Que en virtud de lo expuesto y a los fines de establecer el nuevo correo de ingreso de

los trámites y actuaciones que ingresen desde la Defensoría del Pueblo de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

corresponde el dictado del presente acto administrativo, modificando la normativa

citada.

Por ello;

LA DIRECTORA GENERAL

DE MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO

DISPONE:

Artículo 1°.- Sustituir el artículo 2° de la Disposición N° 56-MGEYA/23, el que quedará

redactado de la siguiente manera: "Artículo 2°. - Establecer que los trámites y

actuaciones que ingresen desde la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires (DDP) con destino al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

(GCABA) deberán ser enviadas exclusivamente al correo electrónico oficial de la

Gerencia Operativa Atención al Público y Servicios de Información Administrativa,

dependiente de la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo (MGEYA):

mgeya_goap@buenosaires.gob.ar, o casilla que en un futuro la reemplace".

Artículo 2°.- Sustituir el punto 1 "de la recepción" del Anexo I aprobado por el artículo

3° de la Disposición N° 56-MGEYA/23, el que quedará redactado de la siguiente

manera: "La Gerencia Operativa de Atención al Público y Servicios de Información

Administrativa efectuará la recepción de los trámites, presentaciones y actuaciones

derivados por la DDP al GCABA a través de la cuenta:

mgeya_goap@buenosaires.gob.ar o por el canal/ cuenta que en un futuro se

establezca".

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a

los Ministerios, Secretarías, Subsecretarías, Direcciones Generales y Organismos

Descentralizados del Poder Ejecutivo, a la Procuración General de la Ciudad de

Buenos Aires y a la Defensoría del pueblo de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido,

archivar. Dávalos

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 7-MGEYA/25 deroga la Disposición N° 47-MGEYA/23.</p>
DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposicion 6-MGEYA-25 deroga la Disposicion 47-MGEYA/24.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1 de la Dispsicion 47-MGEYA/24  sustituye el artículo 2 de la Disposición N° 56-MGEYA/23.</p><p>Artículo 2 sustituye el punto 1 <strong>de la recepción</strong> del Anexo I aprobado por el artículo 3 de la Disposición 56-MGEYA/23.</p>