DISPOSICIÓN 6 2025 DIRECCIÓN GENERAL MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO
Síntesis:
DEROGA -DISPOSICIONES 56-MGEYA-23 Y 47-MGEYA- 24 - ESTABLECE - TRÁMITES Y ACTUACIONES QUE INGRESEN DESDE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES CON DESTINO AL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DEBERÁN SER ENVIADAS AL CORREO ELECTRÓNICO OFICIAL DE LA GERENCIA OPERATIVA ATENCIÓN AL PÚBLICO Y SERVICIOS DE INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA - APRUEBA PROCEDIMIENTO - MESA GENERAL DE ENTRADAS SALIDAS Y ARCHIVO - SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Publicación:
24/02/2025
Sanción:
30/01/2025
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO
Estado:
No vigente
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; las Leyes Nros. 3 y
6.292 (Textos Consolidados por Ley 6764); Decretos Nros. 387/2023 y 3/25,
Resolución Conjunta N° 1-JGGC-SECLYT/23, Disposiciones Nros. 56-MEGEYA/2023
y 47-MGEYA/2024 y el EX-06109443-GCABA-MGEYA/2025 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 137 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, crea a
la Defensoría del Pueblo de la Ciudad, como órgano unipersonal e independiente con
autonomía funcional y autarquía financiera, siendo su principal función, la defensa,
protección y promoción de los derechos humanos y demás derechos e intereses
individuales, colectivos y difusos tutelados en la Constitución Nacional, las leyes y la
Constitución de la Ciudad, frente a los actos, hechos u omisiones de la administración
o de prestadores de servicios públicos;
Que la Ley 3 establece su funcionamiento y la faculta mediante los artículos 13 y 36
para solicitar informes, vista de expedientes, documento, antecedente, etc., como así
también a efectuar advertencias, recomendaciones, recordatorios de los deberes de
los funcionarios, y propuestas para la adopción de nuevas medidas. Todo ello ante
distintas reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley 6684, mediante la cual se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contempla a la Secretaría Legal y Técnica entre
las Secretarías dependientes del Poder Ejecutivo;
Que, la Resolución Conjunta 1-JGGC-SECLYT/23 estableció que los trámites y
actuaciones procedentes de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires deben ingresar por la Dirección General Mesa de Entradas, Salida y
Archivo, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por el artículo 3° de la resolución mencionada se encomendó a la Dirección
General Mesa de Entradas, Salida y Archivo a determinar el circuito administrativo de
los trámites y actuaciones provenientes de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad
Autónoma de Buenos;
Que la Resolución 56-MGEYA/23 y su modificatoria 47-MGEYA/24 aprobó el
"Procedimiento para el Ingreso de trámites y actuaciones derivadas por la Defensoría
de Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que no requieran el seguimiento
de la Ex Dirección General de Organismos de Control y Acceso a la Información" y
establece la forma y el correo electrónico de ingreso;
Que mediante el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder
Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando dentro
de su órbita a la Secretaría Legal y Técnica y como direcciones dependientes a la
Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo y a la Ex Dirección General
Seguimiento de Organismos de Control y Acceso a la Información;
Que mediante el Decreto 3/25 se modifica la estructura orgánico funcional de la
Secretaría Legal y Técnica del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, modificando la denominación de la Ex Dirección General
Seguimiento de Organismos de Control y Acceso a la Información por Dirección
General Acceso a la Información y Gobierno Abierto (DGAIGA);
Que según la modificación de la estructura organizativa de la Secretaría Legal y
Técnica y a los fines de no procurar una dispersión normativa resulta necesario
derogar el procedimiento aprobado por la Disposición 56-MGEYA/23 y su modificatoria
47-MGEYA/24 y aprobar uno nuevo que se adapte a los cambios de estructura de la
Secretaría Legal y Técnica;
Que en miras de una buena técnica legislativa resulta necesario derogar las
Disposiciones Nros. 56-MGEYA/23 y su modificatoria 47-MGEYA/2024 en
consonancia con la Resolución Conjunta N° 1-JGGC- SECLYT/23 y la nueva
estructura orgánica funcional de la Secretaría Legal y Técnica;
Que en virtud de lo expuesto corresponde el dictado del presente acto administrativo.
Por ello,
Artículo 1°.- Derogar las Disposiciones Nros. 56-MGEYA/23 y 47-MGEYA/24.
Artículo 2°.- Establecer que los trámites y actuaciones que ingresen desde la
Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con destino al
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCABA) deberán ser enviadas al
correo electrónico oficial de la Gerencia Operativa Atención al Público y Servicios de
Información Administrativa, dependiente de la Dirección General Mesa de Entradas,
Salidas y Archivo (MGEYA): mgeya_goap@buenosaires.gob.ar o casilla que en un
futuro la reemplace.
Artículo 3°.- Aprobar el "Procedimiento para el Ingreso de trámites y actuaciones
derivadas por la Defensoría de Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que
no requieran seguimiento de la Dirección General Acceso a la Información y Gobierno
Abierto (DGAIGA)" u organismo que en el futuro lo reemplace, el que como Anexo I (
IF-2025-06111915-GCABA-MGEYA) forma parte de la presente Disposición.
Artículo 4°.- Determinar que los trámites y actuaciones de la Defensoría de Pueblo de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que sean presentaciones que requieran
seguimiento de la Dirección General Acceso a la Información y Gobierno Abierto
(DGAIGA) u organismo que en el futuro lo reemplace, serán caratuladas por la
Dirección General Mesa de Entradas, Salida y Archivo (MGEYA) y enviadas a la
Dirección General Acceso a la Información y Gobierno Abierto (DGAIGA), según el
procedimiento que ambas Direcciones establezcan. Dávalos
ANEXOS
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7067