ORDENANZA 36683 1981

Síntesis:

DEROGADA - AMPLÍA LOS TÉRMINOS DE LA ORDENANZA N° 36683 - AUTORIZA LA VENTA DE TARJETAS PARA ESTACIONAMIENTO A ENTIDADES BENÉFICAS

Publicación:

21/05/1981

Sanción:

13/05/1981

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


Visto la Ordenanza N° 36.261 (B.M. N° 16.421), relacionada con el régimen de venta de las tarjetas par estacionamiento medido, en áreas habilitadas y eventualmente control de las infracciones que se comiten en el sistema de estacionamiento, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario ampliar los términos de la citada Ordananza, a fin de autorizar que en circunstancias excepcionales se permita a entidades benéficas la venta en iguales condiciones a las establecidas por Ordenanza N° 36.261 y a exclusivo juicio de la Municipalidad.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por las Leyes números 21.314 y 21.557,

EL INTENDENTE MUNICIPAL

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

ORDENANZA:

Artículo 1° - Amplíanse los términos de la Ordenanza N° 36.261 (B.M. N° 16.421), autorizando en circunstancias excepcionales a entidades benéficas la venta de tarjetas en iguales condiciones a las establecidas en la misma y a exclusivo juicio de la Municipalidad.

Art. 2° - Cada caso en particular será autorizado por decreto.

Art. 3° - La presente Ordenanza será refrendada por los señores Secretarios de Economía, de Gobierno y Obras Públicas.

Art. 4° - Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Inmuebles y Concesiones.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
Art. 16 de la Ley 2148 Abroga la Ordenanza 36.683
COMPLEMENTA
La Ord 36683 autoriza la venta de tarjetas de estacionamiento a entidades benéficas