ORDENANZA 36683 1981
Síntesis:
DEROGADA - AMPLÍA LOS TÉRMINOS DE LA ORDENANZA N° 36683 - AUTORIZA LA VENTA DE TARJETAS PARA ESTACIONAMIENTO A ENTIDADES BENÉFICAS
Publicación:
21/05/1981
Sanción:
13/05/1981
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Estado:
No vigente
Visto la Ordenanza N° 36.261 (B.M. N° 16.421), relacionada con el régimen de venta de las tarjetas par estacionamiento medido, en áreas habilitadas y eventualmente control de las infracciones que se comiten en el sistema de estacionamiento, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario ampliar los términos de la citada Ordananza, a fin de autorizar que en circunstancias excepcionales se permita a entidades benéficas la venta en iguales condiciones a las establecidas por Ordenanza N° 36.261 y a exclusivo juicio de la Municipalidad.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por las Leyes números 21.314 y 21.557,
Artículo 1° - Amplíanse los términos de la Ordenanza N° 36.261 (B.M. N° 16.421), autorizando en circunstancias excepcionales a entidades benéficas la venta de tarjetas en iguales condiciones a las establecidas en la misma y a exclusivo juicio de la Municipalidad.
Art. 2° - Cada caso en particular será autorizado por decreto.
Art. 3° - La presente Ordenanza será refrendada por los señores Secretarios de Economía, de Gobierno y Obras Públicas.
Art. 4° - Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Inmuebles y Concesiones.