DISPOSICIÓN 177 2024 DIRECCION GENERAL DE RECICLADO
Síntesis:
RECTIFICA ARTÍCULO 1 - DISPOSICIÓN 173-DGRECI/24 - RÉGIMEN DE TRABAJO Y CONDUCTA DE PROGRAMAS BA RECICLA
Publicación:
03/12/2024
Sanción:
26/11/2024
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE RECICLADO
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires
aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97 (texto consolidado por Ley
N° 6588), la Resolución N° 212-MEPHUGC/21 y su modificatoria 947/MEPHUGC/24,
las Disposiciones N° 68-GCABA-DGOR/21 y 173-GCABA-DGRECI/24, el Expediente
Electrónico N° 41639281-GCABA-SSHIG/24, y
CONSIDERANDO:
Que, por el actuado citado en el Visto tramitan las nuevas pautas generales y
homogéneas aplicables a los subsidios e incentivos otorgados a las adjudicatarias del
Concurso Público N° 1-MEPHUGC/21 en el marco de los Programas creados por la
Resolución N° 212-MEPHUGC/21 y su modificatoria 947/MEPHUGC/24;
Que, la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires
aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97 (texto consolidado por Ley
N° 6588) establece en su artículo 124 que en cualquier momento podrán rectificarse
los errores meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la
enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión;
Que, a mayor abundamiento, la Procuración de la Ciudad de Buenos Aires tiene dicho
que: "La corrección material del acto administrativo o rectificación en la doctrina
italiana, se da cuando un acto administrativo válido en cuanto a las formas y al
procedimiento, competencia, etc., contiene errores materiales de escritura o
transcripción, expresión, numéricos, etc. Debió expresar algo e inadvertidamente
expresó otra cosa; o la voluntad real del agente fue una y la expresión externa de su
voluntad consignó sin quererlo otra. (...) No constituye extinción, ni tampoco
modificación sustancial del acto, pues la corrección supone que el contenido del acto
es el mismo y que sólo se subsana un error material deslizado en su emisión,
instrumentación o publicidad (notificación o publicación
(https://www.gordillo.com/pdf_tomo3/capitulo12.pdf. Gordillo, Agustín, Capítulo XII,
Modificación del Acto Administrativo, p. XII-4)" (Dictamen: IF-2018-30677359-
DGATYRF, 8 de noviembre de 2018);
Que, mediante la Disposición N° 173-GCABA-DGRECI/24, se ha ordenado en su
Artículo 1°: "Sustituir el Anexo I aprobado por la Disposición N° 68-GCABA-DGOR/21,
por el Anexo I Régimen de Trabajo y Conducta de Programas BA Recicla (IF-2024-
xxxxxxx-GCABA-DGRECI), que forma parte de la presente Disposición";
Que, por un error material involuntario, en la referida Disposición se omitió detallar el
número del IF del nuevo Anexo I, resultando necesario rectificarla;
Que la rectificación tiene por finalidad mantener la sustancia del acto y subsanar un
error involuntario, siendo sus efectos retroactivos y considerándose al acto rectificado
como correcto;
Que ha tomado intervención la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal;
Por ello, en ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 4° de la Resolución N°
212-MEPHUGC/21,
Artículo 1°.- Rectificar el artículo 1° de la Disposición N° 173-GCABA-DGRECI/24, el
que quedará redactado de la siguiente manera: Sustituir el Anexo I aprobado por la
Disposición N° 68-GCABA-DGOR/21, por el Anexo I Régimen de Trabajo y
Conducta de Programas BA Recicla (IF-2024-41651232-GCABA-DGRECI), que forma
parte de la presente Disposición.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese
a las Cooperativas de Trabajo adjudicatarias del Concurso Público N° 1-
MEPHUGC/21. Comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal
del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana para su conocimiento. Cumplido,
archívese. García Resta