RESOLUCIÓN 5 2024 SECRETARIA DE INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL
Síntesis:
APRUEBA - BAJA - TRÁMITES EN EL INVENTARIO ÚNICO DE TRÁMITES - IUT - INSCRIPCIÓN AL MAILING ADHESIÓN A LA BASE DE DATOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTO, SOLICITUD DE INSTITUCIONES RELIGIOSAS: DECLARACIÓN DE INTERÉS Y SOLICITUD DE INSTITUCIONES RELIGIOSAS. OTRAS SOLICITUDES
Publicación:
18/12/2024
Sanción:
13/12/2024
Organismo:
SECRETARIA DE INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL
VISTO: Las Leyes 3.304 (texto consolidado por Ley 6.588) y 6.684, los Decretos
118/22 y 387/23 y sus modificatorios, la Resolución70-SECITD/22, la Resolución
Conjunta 1-SECITD/22, el Expediente Electrónico EX-2024-43609921-GCABA-DGCU,
y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 3.304 estableció el "Plan de Modernización de la Administración Pública
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires" a fin de encarar un proceso de
modernización administrativa;
Que el artículo 3° de la mencionada Ley establece que la Jefatura de Gabinete de
Ministros es la autoridad de aplicación;
Que el artículo 1° del Decreto N° 118/22 estableció un Modelo de Gobernanza de los
Datos y un Sistema de Interoperabilidad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
que interconecte los sistemas de información de todas las áreas de gobierno para
garantizar el intercambio de datos de manera segura, transparente y confidencial;
Que mediante artículo 7° del Decreto aludido, se creó el Inventario Único de Trámites
(IUT), dentro del Módulo Registro de Legajo Multipropósito (RLM) del Sistema de
Administración de Documentos Electrónicos (SADE), estableciendo que el mismo será
implementado y organizado por la Secretaría de Innovación y Transformación Digital, o
el organismo que en el futuro la reemplace, de la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que, de la misma manera, se estableció que todas las reparticiones deberán informar
los trámites que tengan en su órbita, a fin de incorporarlos al mencionado Inventario en
las formas, plazos y condiciones que determine la Secretaría de Innovación y
Transformación Digital para asegurar su vigencia;
Que el Inventario Único de Trámites (IUT) consolida todos los trámites vigentes del
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de acuerdo a lo declarado por cada
repartición;
Que, mediante la Resolución N° 70-SECITD/22, se aprobó el "Reglamento Operativo
del Inventario Único de Trámites (ROIUT)";
Que el artículo 3° de la mentada Resolución encomendó a la Dirección General de
Eficiencia Administrativa la gestión de todas las acciones necesarias para dar
cumplimiento al "Reglamento Operativo del Inventario Único de Trámites (ROIUT)";
Que, en el marco de ello, por medio de la Resolución Conjunta N° 1-SECITD/22 se
aprobó el Anexo I, estableciendo el "Procedimiento para la incorporación de nuevo
trámite o modificación de uno existente en el Inventario Único de Trámites (IUT)"
Que por la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires contemplando a la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la
Secretaria General de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad;
Que por el Decreto N°387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando
a la Secretaría de Innovación y Transformación Digital dependiente de la Jefatura de
Gabinete de Ministros, y a el Secretario General dependiente del Jefe de Gobierno de
la Ciudad;
Que el mencionado Decreto establece, entre las responsabilidades primarias de la
Secretaría de Innovación y Transformación Digital, las de fomentar el diseño ágil de
procesos, la digitalización y la coordinación de las políticas de transformación de la
gestión administrativa dentro del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
incentivando la incorporación de nuevas metodologías de trabajo, el uso de
herramientas y sistemas digitales y la optimización de los procesos; intervenir en el
diseño y coordinación de las políticas de transformación y modernización en las
distintas áreas de gobierno y la propuesta de las normas en la materia; supervisar el
diseño de procesos y asistir en esta materia a todas las áreas del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires que lo requieran y supervisar la implementación de
las iniciativas de modernización, relativas a la gestión y modernización administrativa y
tecnológica, procesos y servicios al ciudadano;
Que, a su vez, el Decreto establece, entre las responsabilidades primarias de la
Secretaria General, la de Diseñar e implementar metodologías de gestión orientadas al
mejor cumplimiento de los objetivos estratégicos de gobierno;
Que, en atención a lo expuesto, resulta necesario el dictado del acto administrativo
pertinente en virtud de lo dispuesto por el artículo 9° del Anexo I de la Resolución
Conjunta N° 1-SECITD/22.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias;
Artículo 1°.- Aprobar la Baja de los trámites "Inscripción Al Mailing Adhesión A La Base
De Datos De la Dirección General de Culto, Solicitud de Instituciones Religiosas:
Declaración de Interés y Solicitud De Instituciones Religiosas. Otras Solicitudes" en el
Inventario Único de Trámites (IUT).
Artículo 2°. - Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese
a la Dirección General de Eficiencia Administrativa a fin de proceder a la carga en el
Inventario Único de Trámites (IUT) de la Baja de los Trámites: "Inscripción al Mailing
Adhesión a la Base de Datos de la Dirección General de Cultos Solicitud de
Instituciones Religiosas: Declaración de Interés y Solicitud de Instituciones Religiosas.
Otras Solicitudes". Cumplido, archivar. Pompeo - Piola