LEY 170 1999

Síntesis:

DESAFECTA - DISTRITO DE ZONIFICACIÓN C 3 I - INMUEBLE SITO EN LA AVDA RIVADAVIA Y MEDRANO - DONDE FUNCIONARA LA CONFITERÍA LAS VIOLETAS - AFECTA EL MISMO AL DISTRITO DE ZONIFICACIÓN ÁREA DE PROTECCIÓN HISTÓRICA - APH - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - MODIFICACIÓN

Publicación:

04/08/2000

Sanción:

25/03/1999

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

29/04/1999

Estado:

No vigente


LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1° - Desaféctase del distrito de zonificación C 3 I al inmueble sito en la intersección de las Avenidas Rivadavia y Medrano, de esta Ciudad, donde funcionara la Confitería "Las Violetas".

Art. 2° - Aféctase al distrito de zonificación Area de Protección Histórica A.P.H., inmueble referido en el artículo 1° de la presente Ley.

Art. 3° - Encomiéndase al Poder Ejecutivo la elaboración de las normas correspondientes de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N° 45.517, en un plan de sesenta (60) días de recibida la presente. Las mismas contendrán criterios que aseguren la preservación de todos los elementos ornamentales y decorativos que lucen en el interior del inmueble.

Art. 4° - Encomiéndase al Poder Ejecutivo para que por intermedio de la Comisión de Protección y Promoción de los Cafés, Bares, Billares y Confiterías Notables de la Ciudad de Buenos Aires estudie la factibilidad del mantenimiento de la actividad desarrollada por la Confitería "Las Violetas".

Art. 5° - Comuníquese, etcétera.

Buenos Aires, 17 de agosto de 1999.

En virtud de lo prescripto en el Art. 8° del Decreto N° 2.343/GCBA/98, certifico que la Ley N° 170, Expte. N° 21.574/99, sancionada por la Legislatura en su sesión del 25 de marzo de 1999, ha quedado automáticamente promulgada el día 29 de abril de 1999.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, pase para su conocimiento y demás efectos a las Secretarías de Hacienda y Finanzas, de Gobierno y de Planeamiento Urbano, y gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales en prosecución de su trámite.

Jorge Barbagelata

Subsecretario Legal y Técnico

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 170, desafecta del Distrito de Zonificación C 3 l al inmueble sito en Av. Rivadavia y Medrano, donde funcionara la Confitería Las Violetas.</p><p>Art. 2, afecta el citado inmueble al Distrito de Zonificación APH del Código de Planeamiento Urbano, aprobado por Ordenanza 33387.</p>