LEY 1769 2005

Síntesis:

DISPONE - CONSTRUCCIÓN HOSPITAL - BARRIO DE VILLA LUGANO - AVENIDA FRANCISCO FERNÁNDEZ DE LA CRUZ - INICIO DE LA OBRA 12 MESES DESDE PROMULGACIÓN - ENVÍO DE INFORMES A LA LEGISLATURA TRIMESTRALES 

Publicación:

26/09/2005

Sanción:

11/08/2005

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

16/09/2005


Dispone la construcción de un hospital en el barrio de Villa Lugano

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1° - Dispónese la construcción de un hospital en el barrio de Villa Lugano, a localizarse en una porción de terreno de la manzana 123, Sección 68, Circunscripción 1, con frente de ciento cincuenta metros (150) metros sobre avenida Francisco Fernández de la Cruz, a partir del límite de la fracción que sobre ésta misma arteria determina la Ley N° 516 en su artículo 1°, y 195 metros de fondo, al sudeste lindante con el predio antes mencionado.

Artículo 2° - El Poder Ejecutivo deberá iniciar la obra dentro de los doce (12) meses de promulgada la presente. El plazo establecido en el presente artículo es improrrogable.

Artículo 3° - El Poder Ejecutivo deberá, trimestralmente, enviar a la Legislatura un informe explicitando el grado de avance de la obra establecida en el artículo 1°.

Artículo 4° - Las erogaciones que genere la presente obra serán imputadas al Presupuesto General de Gastos a los ejercicios correspondientes.

Artículo 5° - Comuníquese, etc.

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, y en ejercicico de las facultades conferidas por el art. 8° del Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 1.769 (Expediente N° 57.013/05), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 11 de agosto de 2005 ha quedado automáticamente promulgada el día 16 de septiembre de 2005.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Direccoión General de Asuntos Políticos y Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a las Secretarías de Salud y de Hacienda y Finanzas. Cohen

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art. 1 Decreto 245-20 crea  el Hospital General de Agudos  Cecilia Grierson sito en avenidas Francisco Fernández de la Cruz y Escalada, del Barrio de Villa Lugano , en el marco del art. 1 Ley 1769.</p>
REGLAMENTADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 849-10, aprueba la reglamentación de la Ley 1769.</p>