LEY 430 2000
Síntesis:
INFRACCIONES CONTRAVENCIONALES DE TRÁNSITO - MODIFICACIÓN DEL DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA 1780-97 - PAGO DEL CARGO ADMINISTRATIVO EN CASO DE ABSOLUCIÓN DEL CONTRAVENTOR - USO DEL MEDIO ELECTRÓNICO COMPROBATORIO DE LA INFRACCIÓN - CONTRAVENCIONES - MULTAS
Publicación:
07/08/2000
Sanción:
06/07/2000
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
01/08/2000
Estado:
No vigente
Artículo 1° - Modifícase el artículo 3° del Decreto de necesidad y urgencia N° 1.780/97 aprobado por Resolución N° 40/98, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"Establécese que el pago del cargo administrativo correspondiente al uso del medio electrónico comprobatorio de la infracción no procederá en los casos que el juez competente determine la absolución del contraventor.
En caso contrario, dicho cargo deberá abonarse junto con el monto de la multa que se determine."
Art. 2° - Comuníquese, etc.
CARAM
Rubén Gé