DECRETO 1443 2005

Síntesis:

NORMA DEROGADA - APRUEBA PROYECTO DE CONVENIO - ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD E INSTITUCIONES Y ENTIDADES ORIENTADAS AL BIEN PÚBLICO - DESARROLLAN ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN, CAPACITACIÓN Y PRODUCCIÓN DE LA TAREA VOLUNTARIA - DELEGACIÓN DE FACULTADES - SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL

Publicación:

04/10/2005

Sanción:

16/09/2005

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


Visto el Decreto N° 2.209/04 y el Expediente N° 14.728/05, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el decreto mencionado, se promovió la participación de organizaciones, universidades y entidades de bien público, que eligieron comprometerse con una tarea de apoyo, resultando que la tarea voluntaria en ese sentido tiene por finalidad recrear la solidaridad en nuestra sociedad;

Que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entiende la necesidad de continuar apoyando las iniciativas desplegadas por los diferentes actores sociales, brindando promoción financiera y el apoyo técnico para la implementación de nuevos mecanismos de coordinación social;

Que a través de la investigación, capacitación y producción de la tarea voluntaria, se propicia el fortalecimiento de diversos grupos de voluntariado, que en diferentes temáticas, realizan la reconstrucción del tejido social y contribuyen a profundizar la cultura de la solidaridad en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete;

Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias (artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Apruébase el proyecto de convenio a celebrarse entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires e instituciones y entidades orientadas al bien público, que desarrollen actividades de investigación, capacitación y producción de la tarea voluntaria, que como Anexo forma parte integrante de la presente norma.

Artículo 2° - Facúltase al señor Secretario de Desarrollo Social a suscribir los convenios aprobados por el artículo precedente y a otorgar los subsidios previstos en dichos instrumentos a las instituciones y entidades orientadas al bien público, que resultaren seleccionadas a tales fines, por parte del Programa de Voluntariado Ser Solidario, dependiente de la Subsecretaría de Promoción e Integración Social de la Secretaría de Desarrollo Social.

Artículo 3° - Facúltase a la Secretaría de Desarrollo Social a dictar las normas reglamentarias y complementarias que fueran menester para la convocatoria y selección de las instituciones y entidades orientadas al bien público, con las cuales se suscribirán los precitados convenios.

Artículo 4° - El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a la partida correspondiente del presupuesto en vigor.

Artículo 5° - El presente decreto es refrendado por el señor Secretario de Desarrollo Social, la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 6° - Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; y para su conocimiento y demás efectos pase a la Secretaría de Desarrollo Social, quien también deberá dar cumplimiento a lo establecido por el Decreto N° 8.258-MCBA/87 (A.D. 221.26) y a las Direcciones Generales de Contaduría, de Tesorería y de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese.


ANEXOS


ANEXO

CONVENIO

Entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante G.C.B.A., representado en este acto por el Sr. Secretario de Desarrollo Social, ..............., con domicilio en Av. de Mayo 575, piso 3°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte y por la otra ........................., representada en este acto por el/la ..................., DNI........................., en carácter de ........................ de la entidad mencionada, quien acredita la personería invocada con la siguiente documentación: ..............., que se anexa al presente convenio y se declara formando parte del mismo, con domicilio en .............. de la Ciudad de Buenos Aires, en adelante la ORGANIZACIÓN, convienen en celebrar el presente convenio, sujeto a las siguientes condiciones y cláusulas que a continuación se detallan:

MARCO GENERAL: El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a través de la Secretaría de Desarrollo Social, se propone financiar, asistir técnicamente y evaluar acciones de instituciones y entidades de bien público que funcionen en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyas actividades estén orientadas a:

a) Financiamiento de Investigaciones, en las temáticas referidas a la Promoción del Voluntariado; Tercer Sector; Trabajo Comunitario; Responsabilidad Social; Cultura de Paz; Participación Ciudadana y afines.

b) Financiamiento de Capacitaciones y Formación de Voluntarios en: herramientas de voluntariado en general (trabajo en equipo, liderazgo, comunicación); violencia familiar; educación no formal; primeros auxilios; herramientas de voluntariado en tercera edad; discapacidad; economía social; redes; mediación y negociación; recreación; entre otros.

c) Financiamiento de Producción de Actividades del Voluntariado destinado a: adquisición de materiales didácticos, de infraestructura, comunicacionales y otros necesarios para la formación en micro emprendimientos.

PRIMERA: La ORGANIZACIÓN declara conocer y aceptar lo establecido por Decreto N° .............-GCBA/05.

SEGUNDA: La ORGANIZACIÓN ha presentado un proyecto denominado ........................................., que como Anexo I forma parte del presente convenio, en el área de Investigación/Capacitacion/Producción, por medio de las siguientes actividades: ..........................................

Asimismo, la ORGANIZACIÓN se compromete a incluir tanto en el material didáctico como de difusión, el logo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, como auspiciante del proyecto subsidiado.

TERCERA: El G.C.B.A., a través de la Secretaría de Desarrollo Social, otorgará un subsidio de pesos............................. ($ .............), que será efectivizado mediante ............. (..........) pago/s.

CUARTA: La ORGANIZACIÓN, asume las siguientes obligaciones a saber:

A) Administrar el subsidio otorgado por el G.C.B.A., presentando a través del equipo evaluador, cuando éste lo solicite o cuando finalice el plazo de ejecución, la nómina de voluntarios que hayan accedido a los beneficios del proyecto, debiendo constar apellido, nombre, tipo y número de documento, para los proyectos de capacitación; el resultado de la investigación realizada, para los proyectos de investigación y el comprobante de pago de insumos para los proyectos de producción.

B) Realizar informes trimestrales, e informe final de la actividad subsidiada, los cuales deberán consignar los siguientes aspectos:

a) Temática de las investigaciones efectuadas, nivel de avance de las mismas y financiamiento otorgado.

b) Cantidad de voluntarios capacitados por materia específica.

c) Monto comprendido de financiamiento de actividades de voluntarios y destino de la financiación otorgada.

QUINTA: La ORGANIZACIÓN tendrá a su exclusivo cargo la administración de los importes establecidos en la cláusula TERCERA y se compromete a aplicarlos al cumplimiento de las obligaciones que asume por este convenio.

SEXTA: El G.C.B.A. conviene expresamente que la relación laboral de las personas que designe la ORGANIZACIÓN, no generará dependencia técnica, económica, ni jurídica alguna, con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

SÉPTIMA: El presente convenio tendrá vigencia desde la fecha de suscripción hasta el ................................

OCTAVA: Queda expresamente prohibida la cesión o transferencia total o parcial del presente convenio por parte de la ORGANIZACIÓN.

NOVENA: En caso de controversia en la interpretación o implementación del presente convenio, las partes acuerdan someterse a la competencia de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires en el caso que la ORGANIZACIÓN sea una persona de derecho privado, o en los Tribunales Federales en lo Contencioso Administrativo cuando la ORGANIZACIÓN fuere una persona de derecho público, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que por cualquier motivo pudiere corresponderles, y a tales efectos fijan sus domicilios especiales en los indicados en el encabezamiento, donde serán válidas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales. Aquellas notificaciones judiciales que deban ser cursadas al G.C.B.A. deberán ser efectuadas en Uruguay 440, piso 2°, Of. 27, conforme a lo establecido en el art. 20 de la Ley N° 1.218 de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Previa lectura y ratificación de las cláusulas precedentes, las partes firman de conformidad cuatro ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto, tres (3) para el G.C.B.A. y uno (1) para la ORGANIZACIÓN, a los ....... días del mes de ................ de dos mil.........

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 4 del Decreto 956-09, deroga el Decreto 1443-05.</p>
REGLAMENTADA POR
Res. 1303-SDS-05 Aprueba convocatoria y requisitos para ONG en los términos del Dec. 1443-05
INTEGRADA POR
Res. 76-MDHYS-07 aprueba la Convocatoria 2007 al Cuarto Plan de Fortalecimiento y Promoción del Voluntariado cuyos proyectos de convenios se aprobaran por Dto. 1443-05