RESOLUCIÓN 59 2025 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
Síntesis:
VIGENCIA ESPECIAL: PARTIR DEL DÍA 1° DE FEBRERO DE 2025. APRUEBA ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS - AGIP - DIRECCIONES GENERALES - SUBDIRECCIONES GENERALES -DIRECCIONES - DEPARTAMENTOS - DIVISIONES - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN Y PRENSA - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y CULTURA TRIBUTARIA - DIRECCIÓN GENERAL DE ANÁLISIS FISCAL - DIRECCIÓN GENERAL LEGAL Y TÉCNICA - DIRECCIÓN GENERAL PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE LA GESTIÓN TRIBUTARIA - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ANÁLISIS PLANIFICACIÓN Y ESTUDIOS - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS - SUBDIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y DE GESTIÓN OPERATIVA - DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS - DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS ADJUNTA - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE AGENTES DE RECAUDACIÓN E INFORMACIÓN - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE EMPADRONAMIENTO INMOBILIARIO - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL ESPECIAL TRIBUTARIO - SUBDIRECCION GENERAL DE FISCALIZACIÓN - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS Y CONTROL TRIBUTARIO - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SISTEMATIZACIÓN DE LA RECAUDACIÓN - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE TÉCNICA JURÍDICA Y CONTROL - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA - DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SISTEMAS - DIRECCIÓN GENERAL VINCULACIÓN ESTRATÉGICA
Publicación:
04/02/2025
Sanción:
31/01/2025
Organismo:
ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
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VISTO: Los términos de la Ley N° 2.603 (texto consolidado por Ley N° 6.764 -BOCBA
N° 7.022) y su modificatoria Ley N° 6.724 (BOCBA N.° 6.897), el Decreto N° 745/08
(BOCBA N° 2.961) y su modificatorio Decreto N° 57/21 (BOCBA N° 6.061), las
Resoluciones N° 391-AGIP/18 (BOCBA N.° 5.537) y sus modificatorias, y N° 289-
AGIP/21 y el Expediente Electrónico N° 06141389-GCABA-AGIP/25, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ha sido determinante en su objetivo de
llevar adelante diversas políticas púbicas que busquen construir un camino sólido
hacia un estado más eficiente, ágil e inteligente, siendo necesario para ello adecuar
las estructuras de gobierno para dar respuesta a dichas transformaciones;
Que el plan operativo estratégico desarrollado por la actual Administración del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se asienta en nuevas políticas de
recursos humanos, una nueva cultura de trabajo, la modernización de los procesos y
mecanismos administrativos;
Que por medio de la Ley N° 2.603 y su modificatoria Ley N° 6.724 se creó la
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), como ente autárquico de
administración y gestión del sistema tributario del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, encomendándole al administrador la organización y reglamentación del
funcionamiento interno en sus aspectos estructurales, funcionales y de administración
de personal, incluyendo el dictado y la modificación de la estructura orgánico-
funcional;
Que el Decreto N° 745/08, reglamentario de la citada Ley, faculta al Administrador
Gubernamental de Ingresos Públicos a realizar ceses y designaciones en los cargos
estructurales que conforman dicha Administración;
Que por medio de la Resolución N° 391-AGIP/18 y sus modificatorias se ha aprobado
la Estructura Orgánico Funcional de la Administración Gubernamental de Ingresos
Públicos;
Que siendo la estructura organizativa una herramienta funcional para la debida
implementación de políticas públicas, debe tener la flexibilidad necesaria para permitir
su reordenamiento en procura de alcanzar los objetivos propuestos;
Que la estructura organizativa de una entidad pública debe obedecer a la coyuntura
donde se encuentra inserta, para responder eficazmente a las necesidades de la
sociedad y a los diversos avances en materia de innovación, logrando así la correcta
asignación de los recursos públicos y, por ende, una mejor capacidad de respuesta a
las necesidades de la ciudadanía;
Que en esa línea, se busca a través de la presente reforma la desburocratización del
sistema, atendiendo a una política holística e integral, especializada, centrada en la
celeridad de procedimientos mediante una gestión estratégica que evite la
superposición de funciones a través de la modificación de la actual estructura
organizativa por una nueva administración reducida y diligente;
Que en consecuencia corresponde dejar sin efecto la Resolución N° 391-AGIP/18 y
sus modificatorias;
Que resulta necesario mantener la vigencia de la Resolución N° 289-AGIP/21
relacionada con la organización funcional de la Unidad Auditoría Interna, en tanto la
misma no reviste modificación alguna;
Que, en atención a los lineamientos descriptos, resulta conveniente modificar la
Estructura Orgánica Funcional de esta Administración Gubernamental.
Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébase la Estructura Orgánico Funcional de la Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos en los niveles Direcciones Generales y
Subdirecciones Generales, de acuerdo con el Anexo I (IF-2025--GCABA-AGIP), el que
a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Apruébase la Estructura Orgánico Funcional de la Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos respecto de las Direcciones, Departamentos y
Divisiones de acuerdo con el Anexo II (IF-2025--GCABA-AGIP) el que a todos sus
efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 3°.- Modifícanse las responsabilidades primarias asignadas respecto las
Direcciones Generales y Subdirección Generales del artículo 1° que se detallan en el
Anexo III (IF-2025--GCABA-AGIP), el que a todos sus efectos forma parte integrante
de la presente.
Artículo 4°.- Modifícanse las funciones de las áreas consignadas en el artículo 2° que
se detallan en el Anexo IV (IF-2025--GCABA-AGIP), el que a todos sus efectos forma
parte integrante de la presente.
Artículo 5°.- Dejese establecido que hasta tanto la estructura organizativa de las áreas
aprobadas por la presente cuenten con plena operatividad, las Direcciones Generales
y/o Subdirecciones Generales mantendrán las responsabilidades primarias vigentes al
momento de la suscripción del presente, que no hayan sido reasignadas conforme lo
dispuesto por el artículo 3, en su carácter de instancia jerárquica superior inmediata de
las áreas correspondientes.
Artículo 6°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 391-AGIP/18 y sus modificatorias y
toda normativa que se oponga a la presente, con excepción de la Resolución N° 289-
AGIP/21 relativa a la Unidad Auditoría Interna.
Artículo 7°.- La presente Resolución rige a partir del día 1° de febrero de 2025.
Artículo 8°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese al Ministerio de Hacienda y Finanzas, a la Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de
Hacienda y Finanzas y a todas las áreas dependientes de la Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido, archívese. Anexo I IF-2025-
06244262-GCABA-AGIP Anexo II IF-2025-06242701-GCABA-AGIP Anexo III IF-2025-
06242551-GCABA-AGIP Anexo IV IF-2025-06242398-GCABA-AGIP. Krivocapich
ANEXOS
ANEXO I - ORGANIGRAMA (DireccionesGenerales y Subdirecciones Generales)
ANEXO II -ORGANIGRAMA (Direcciones,Departamentos y Divisiones)