RESOLUCIÓN 59 2025 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

VIGENCIA ESPECIAL: PARTIR DEL DÍA 1° DE FEBRERO DE 2025. APRUEBA ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS - AGIP - DIRECCIONES GENERALES - SUBDIRECCIONES GENERALES -DIRECCIONES - DEPARTAMENTOS - DIVISIONES - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN Y PRENSA - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y CULTURA TRIBUTARIA - DIRECCIÓN GENERAL DE ANÁLISIS FISCAL - DIRECCIÓN GENERAL LEGAL Y TÉCNICA - DIRECCIÓN GENERAL PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE LA GESTIÓN TRIBUTARIA - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ANÁLISIS PLANIFICACIÓN Y ESTUDIOS - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS - SUBDIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y DE GESTIÓN OPERATIVA - DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS - DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS ADJUNTA - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE AGENTES DE RECAUDACIÓN E INFORMACIÓN - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE EMPADRONAMIENTO INMOBILIARIO - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL ESPECIAL TRIBUTARIO - SUBDIRECCION GENERAL DE FISCALIZACIÓN - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS Y CONTROL TRIBUTARIO - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SISTEMATIZACIÓN DE LA RECAUDACIÓN - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE TÉCNICA JURÍDICA Y CONTROL - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA - DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SISTEMAS - DIRECCIÓN GENERAL VINCULACIÓN ESTRATÉGICA 

Publicación:

04/02/2025

Sanción:

31/01/2025

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


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VISTO: Los términos de la Ley N° 2.603 (texto consolidado por Ley N° 6.764 -BOCBA

N° 7.022) y su modificatoria Ley N° 6.724 (BOCBA N.° 6.897), el Decreto N° 745/08

(BOCBA N° 2.961) y su modificatorio Decreto N° 57/21 (BOCBA N° 6.061), las

Resoluciones N° 391-AGIP/18 (BOCBA N.° 5.537) y sus modificatorias, y N° 289-

AGIP/21 y el Expediente Electrónico N° 06141389-GCABA-AGIP/25, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ha sido determinante en su objetivo de

llevar adelante diversas políticas púbicas que busquen construir un camino sólido

hacia un estado más eficiente, ágil e inteligente, siendo necesario para ello adecuar

las estructuras de gobierno para dar respuesta a dichas transformaciones;

Que el plan operativo estratégico desarrollado por la actual Administración del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se asienta en nuevas políticas de

recursos humanos, una nueva cultura de trabajo, la modernización de los procesos y

mecanismos administrativos;

Que por medio de la Ley N° 2.603 y su modificatoria Ley N° 6.724 se creó la

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), como ente autárquico de

administración y gestión del sistema tributario del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, encomendándole al administrador la organización y reglamentación del

funcionamiento interno en sus aspectos estructurales, funcionales y de administración

de personal, incluyendo el dictado y la modificación de la estructura orgánico-

funcional;

Que el Decreto N° 745/08, reglamentario de la citada Ley, faculta al Administrador

Gubernamental de Ingresos Públicos a realizar ceses y designaciones en los cargos

estructurales que conforman dicha Administración;

Que por medio de la Resolución N° 391-AGIP/18 y sus modificatorias se ha aprobado

la Estructura Orgánico Funcional de la Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos;

Que siendo la estructura organizativa una herramienta funcional para la debida

implementación de políticas públicas, debe tener la flexibilidad necesaria para permitir

su reordenamiento en procura de alcanzar los objetivos propuestos;

Que la estructura organizativa de una entidad pública debe obedecer a la coyuntura

donde se encuentra inserta, para responder eficazmente a las necesidades de la

sociedad y a los diversos avances en materia de innovación, logrando así la correcta

asignación de los recursos públicos y, por ende, una mejor capacidad de respuesta a

las necesidades de la ciudadanía;

Que en esa línea, se busca a través de la presente reforma la desburocratización del

sistema, atendiendo a una política holística e integral, especializada, centrada en la

celeridad de procedimientos mediante una gestión estratégica que evite la

superposición de funciones a través de la modificación de la actual estructura

organizativa por una nueva administración reducida y diligente;

Que en consecuencia corresponde dejar sin efecto la Resolución N° 391-AGIP/18 y

sus modificatorias;

Que resulta necesario mantener la vigencia de la Resolución N° 289-AGIP/21

relacionada con la organización funcional de la Unidad Auditoría Interna, en tanto la

misma no reviste modificación alguna;

Que, en atención a los lineamientos descriptos, resulta conveniente modificar la

Estructura Orgánica Funcional de esta Administración Gubernamental.

Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase la Estructura Orgánico Funcional de la Administración

Gubernamental de Ingresos Públicos en los niveles Direcciones Generales y

Subdirecciones Generales, de acuerdo con el Anexo I (IF-2025--GCABA-AGIP), el que

a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Apruébase la Estructura Orgánico Funcional de la Administración

Gubernamental de Ingresos Públicos respecto de las Direcciones, Departamentos y

Divisiones de acuerdo con el Anexo II (IF-2025--GCABA-AGIP) el que a todos sus

efectos forma parte integrante de la presente.

Artículo 3°.- Modifícanse las responsabilidades primarias asignadas respecto las

Direcciones Generales y Subdirección Generales del artículo 1° que se detallan en el

Anexo III (IF-2025--GCABA-AGIP), el que a todos sus efectos forma parte integrante

de la presente.

Artículo 4°.- Modifícanse las funciones de las áreas consignadas en el artículo 2° que

se detallan en el Anexo IV (IF-2025--GCABA-AGIP), el que a todos sus efectos forma

parte integrante de la presente.

Artículo 5°.- Dejese establecido que hasta tanto la estructura organizativa de las áreas

aprobadas por la presente cuenten con plena operatividad, las Direcciones Generales

y/o Subdirecciones Generales mantendrán las responsabilidades primarias vigentes al

momento de la suscripción del presente, que no hayan sido reasignadas conforme lo

dispuesto por el artículo 3, en su carácter de instancia jerárquica superior inmediata de

las áreas correspondientes.

Artículo 6°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 391-AGIP/18 y sus modificatorias y

toda normativa que se oponga a la presente, con excepción de la Resolución N° 289-

AGIP/21 relativa a la Unidad Auditoría Interna.

Artículo 7°.- La presente Resolución rige a partir del día 1° de febrero de 2025.

Artículo 8°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

comuníquese al Ministerio de Hacienda y Finanzas, a la Oficina de Gestión Pública y

Presupuesto, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de

Hacienda y Finanzas y a todas las áreas dependientes de la Administración

Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido, archívese. Anexo I IF-2025-

06244262-GCABA-AGIP Anexo II IF-2025-06242701-GCABA-AGIP Anexo III IF-2025-

06242551-GCABA-AGIP Anexo IV IF-2025-06242398-GCABA-AGIP. Krivocapich


ANEXOS

ANEXO I - ORGANIGRAMA (DireccionesGenerales y Subdirecciones Generales)

ANEXO II -ORGANIGRAMA (Direcciones,Departamentos y Divisiones)

ANEXO III -RESPONSABILIDADES PRIMARIAS

ANEXO IV -RESPONSABILIDADES PRIMARIAS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución 125-AGIP/25 modifica la Estructura Orgánico Funcional de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos en los niveles Direcciones Generales y Subdirecciones Generales, aprobada mediante Resolución 59-AGIP/25.</p><p>Artículo 2°.- Suprimir la Unidad Jefatura de Gabinete dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.</p><p>Artículo 3° deja sin efecto los artículos 2° y 4° de la Resolución 59-AGIP/2025 y el artículo 2° y 4° de su modificatoria la Resolución 65-AGIP/2025 respecto de la Estructura Orgánico Funcional de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos en los niveles Direcciones, Departamentos y Divisiones.</p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 6 de la Resolución 59-AGIP/25 deja sin efecto la Resolución 391-AGIP/18 y sus modificatorias y<br />toda normativa que se oponga a la presente, con excepción de la Resolución 289-AGIP/21 relativa a la Unidad Auditoría Interna.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución 65-AGIP/25 rectifica el Artículo 1 de la Resolución 59-AGIP/25.</p><p>Artículo 2° rectifica el Artículo 2°.</p><p>Artículo 3° rectifica el Artículo 3°.</p><p>Artículo 4° rectifica el Artículo 4°.</p>
DEROGA
<p>Artículo 6° de la Resolución 59-AGIP/25 deja sin efecto la Resolución 391-AGIP/18 y sus modificatorias y toda normativa que se oponga a la presente, con excepción de la Resolución 289- AGIP/21 relativa a la Unidad Auditoría Interna.</p>