RESOLUCIÓN 3 2025 SUBSECRETARIA GESTION DEL APRENDIZAJE

Síntesis:

APRUEBA - RECONVERSIÓN - SECCIONES - ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS - NIVEL SECUNDARIO - ESCUELAS - EDUCACIÓN - COLEGIO 2 DE 1 DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO - ESCUELA DE COMERCIO 27 DE 4 - ANTARTIDA ARGENTINA ESCUELA DE EDUCACIÓN MEDIA 4 DE 19 HOMERO MANZI - ESCUELA DE COMERCIO 1 DE 4  JOAQUÍN V. GONZALEZ - ESCUELA DE COMERCIO 18 DE 5 REINO DE SUECIA - ESCUELA DE COMERCIO 8 DE 2 PATRICIAS ARGENTINAS - LICEO 5 DE 11 PASCUAL GUAGLIANONE - ESCUELA DE COMERCIO 23 DE 7 DR. LUIS AGOTE - LICEO 11 DE 15 CORNELIO SAAVEDRA - ESCUELA DE EDUCACIÓN MEDIA 1 DE 14 FEDERICO GARCIA LORCA - ESCUELA DE COMERCIO 24 DE 14 DR. DALMACIO VELEZ SARFIELD - ESCUELA DE EDUCACIÓN MEDIA 3 DE 10 MIGUEL S. SANCHEZ - ESCUELA TÉCNICA N° 5 DISTRITO ESCOLAR 11 - ESCUELAS TÉCNICAS RAGGIO DISTRITO ESCOLAR 10 - ESCUELA TÉCNICA 28 - ESCUELA TÉCNICA 11 DISTRITO ESCOLAR 6 - ESCUELA TÉCNICA 36  DISTRITO ESCOLAR 15 - ESCUELA TÉCNICA 8 DISTRITO ESCOLAR 13

Publicación:

13/02/2025

Sanción:

10/02/2025

Organismo:

SUBSECRETARIA GESTION DEL APRENDIZAJE


TEXTO ACTUALIZADO
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

 

Fecha de actualización: 23 de abril del 2025.
 

VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional

26206 y sus modificatorias, las Leyes 898, 6684 (textos consolidados por Ley 6764), el

Decreto 387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones 970-GCABA-MEDGC/22 y

1602-GCABA-MEDGC/24, el Expediente Electrónico 06997799-GCABA-DGEGE/25, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un

sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,

tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,

asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,

reinserción y egreso del sistema educativo;

Que conforme la Ley Nacional 26206 y sus modificatorias, se declara que la

obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de 4 años hasta la

finalización del nivel de la educación secundaria;

Que por su parte la Ley 898 (texto consolidado por Ley 6764) dispuso previamente la

obligatoriedad del nivel medio, en todas sus modalidades y orientaciones, debiendo los

servicios educativos de la jurisdicción adecuarse progresivamente, en cantidad y

calidad, para concretar la extensión de la obligatoriedad legalmente impuesta;

Que la Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764) establece que el Ministerio de

Educación tiene entre sus objetivos el de diseñar, promover, implementar y evaluar las

políticas y programas educativos que conformen un sistema educativo único e

integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social, administrar y fiscalizar el

sistema de educación, asegurando la educación pública estatal laica y gratuita en

todos los niveles y modalidades;

Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplando bajo la órbita del Ministerio de Educación a la Subsecretaría Gestión del

Aprendizaje y a la Dirección General Educación de Gestión Estatal;

Que corresponde a la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje "diseñar, promover,

implementar y supervisar las políticas y programas educativos para contribuir al

desarrollo individual y social de la comunidad" así como "diseñar, promover y

supervisar las políticas a efectos de la optimización de las condiciones pedagógicas de

enseñanza y aprendizaje, en pos de mejorar la calidad educativa";

Que la Dirección General Educación de Gestión Estatal dependiente de la mencionada

Subsecretaría tiene entre sus responsabilidades primarias, "Implementar y llevar a

cabo las políticas y programas educativos de todas las áreas, niveles y modalidades

de la enseñanza de su dependencia, atendiendo los aspectos pedagógicos y

administrativos";

Que mediante la Resolución 970-GCABA-MEDGC/22 se aprobó el "Régimen

Académico de la Educación Secundaria" de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el mentado Régimen Académico estableció en su Título I "Estructura y

organización de la Educación Secundaria" que el Primer Ciclo/Ciclo Básico conforma

una unidad pedagógica a los efectos de fortalecer y consolidar los aprendizajes de la

formación general permitiendo planificar las prácticas de enseñanza en atención a los

objetivos de cada ciclo y características propias de la población de cada uno de ellos;

Que adicionalmente, la adaptación de las ofertas existentes en el Segundo Ciclo/Ciclo

Orientado promueve una diversificación de experiencias formativas para los

estudiantes favoreciendo una distribución uniforme de las orientaciones/especialidades

dentro del territorio de la Ciudad y poniendo a disposición de los estudiantes más

opciones en términos de especialidades/orientaciones que se adecúen a sus

preferencias, vocaciones y propósitos;

Que la mencionada Resolución encomendó a las entonces Subsecretarías de

Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, de Carrera Docente, a las Direcciones

Generales de Educación de Gestión Privada y de Escuela de Maestros el desarrollo de

acciones, y el dictado de las normas complementarias y/o ampliatorias necesarias

para la implementación de la presente;

Que recientemente por la Resolución 1602-GCABA-MEDGC/24, se aprobó en el

ámbito de esta jurisdicción, el Plan Estratégico "Buenos Aires Aprende", el que tiene

como objetivo la mejora de los aprendizajes para niños/as, adolescentes y adultos/as;

Que dicho Plan Estratégico tiene como objetivo impulsar nuevas maneras de enseñar

y aprender que faciliten el desarrollo de las capacidades que posibiliten a los/las

estudiantes vivir y trabajar en un mundo dinámico, global y cambiante, y fortalecer las

tareas pedagógicas y administrativas de las escuelas a través de la incorporación de

nuevas funciones y potencialidades que brinda la tecnología;

Que, a su vez, el citado Plan propone seguir transformando la escuela secundaria para

que garantice una educación con sentido y propósito que haga del paso por la escuela

una experiencia desafiante y enriquecedora a partir de la reorganización de los

dispositivos y lógicas presentes en el nivel;

Que, toda vez que ello impacta favorablemente en la estructura y organización de las

escuelas de nivel secundario, resulta necesario reorganizar secciones, orientaciones y

recursos disponibles a efectos de implementar la unidad pedagógica prevista para el

Nivel y continuar garantizando un servicio educativo de calidad para todos los

estudiantes;

Que, en tal contexto, se propicia la reconversión de las secciones de los

establecimientos educativos de Nivel Secundario conforme se detalla en el Anexo I

(IF-2025-06998081-GCABA-DGEGE);

Que oportunamente la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa dictará las

medidas para el personal docente alcanzado por la presente;

Que la medida que se propicia no afecta en ningún aspecto a la población estudiantil;

Que la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa y la Dirección General

Coordinación Legal e Institucional han tomado intervención que le compete.

Por ello, y en uso de las facultades delegadas por Resolución 970-GCABA-

MEDGC/22,

LA SUBSECRETARIA GESTIÓN DEL APRENDIZAJE

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la reconversión de las secciones de los establecimientos

educativos de Nivel Secundario, de conformidad con lo establecido en el Anexo I (IF-

2025-06998081-GCABA-DGEGE), el que a todos los efectos forma parte integrante de

la presente Resolución.

Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, a las Direcciones Generales

Educación de Gestión Estatal, de Personal Docente y No Docente, de Carrera

Docente, a las Direcciones Educación Técnica, Educación Media y a la Gerencia

Operativa Innovación y Contenidos Educativos. Cumplido, archivar. Cruzalegui


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7060

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1 de la  Resolución N° 3-SSGDA/25 aprueba la reconversión de las secciones de los establecimientos educativos de Nivel Secundario, en el marco del Plan Estratégico Buenos Aires Aprende, aprobado por Resolución 1602-GCABA-MEDGC/24.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1° de la  Resolución N° 3/SSGDA/25 aprueba la reconversión de las secciones de los establecimientos educativos de Nivel Secundario, en el marco de la Resolución 970-MEDGC/22.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución N° 14/SSGDA/25 sustituye el Anexo I de la Resolución 3-GCABA-SSGDA/25.</p>