RESOLUCIÓN COMUNAL 1470953 2025 COMUNA 5

Síntesis:

COMUNICA AL INSTITUTO DE GESTIÓN ELECTORAL - DENOMINACIÓN PARA LA COMUNA N° 5 A SER SOMETIDA A CONSULTA POPULAR - ALMAGRO-BOEDO - ELECCIONES - 2025

Publicación:

19/02/2025

Sanción:

06/01/2025

Organismo:

COMUNA 5


VISTO: Las Leyes N° 89 y N° 1.777, el Expediente Electrónico N° EX-2024-47568642-

GCABA-COMUNA5, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 1.777 establece las normas de organización, competencia y

funcionamiento de las Comunas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 127,

siguientes y concordantes de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que conforme la misma, las Comunas son unidades de gestión política y

administrativa descentralizada con competencia territorial, patrimonio y personería

jurídica propia;

Que el artículo 6° de dicha norma indica que las Comunas se identifican de la manera

consignada en el Anexo A, hasta tanto los electores de cada una definan su

denominación mediante consulta popular convocada por la Junta Comunal;

Que la Ley N° 89 que regular el proceso de Consulta Popular, explicita que la misma

puede ser convocada por las autoridades comunales, mediante el instrumento que

establezca la Ley que regule su organización y competencias, y que dicha

convocatoria debe contener (a) la decisión puesta a consideración del electorado; (b)

la pregunta que ha de responder el electorado, formulada de manera afirmativa y (c) la

fecha en que se realizará la Consulta Popular;

Que concluido el proceso Consulta, en el cual la opinión del electorado se considera

como positiva o negativa a simple pluralidad de sufragios, la Junta Comunal remitirá

un proyecto de Ley con la denominación propuesta, para su tratamiento por la

Legislatura de la Ciudad;

Que la Junta Comunal que presido, conforme Resolución que obra como ANEXO I (IF-

2025-01469525-GCABA-COMUNA5) de la presente, decidió, en virtud de las

consideraciones que emanan de dicho acto, la denominación a ser elevada a Consulta

Popular, la pregunta que ha de responder el electorado, y la fecha en que se realizará

la misma, todo ello en virtud de la normativa precedentemente detallada.

Por ello, en virtud de los artículos 6° y 29° de la Ley N° 1.777,

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA COMUNAL N° 5

RESUELVE:

Artículo 1°.- Comunicar al Instituto de Gestión Electoral que la denominación para la

Comuna N° 5 a ser sometida a Consulta Popular es "ALMAGRO-BOEDO", y la misma

debe ser llevada a cabo en la fecha en que las Autoridades Electorales fijen la

celebración de elecciones para autoridades locales durante el año 2025, en virtud de

lo resuelto por la Junta Comunal N° 5 conforme ANEXO I(IF-2025-01469525-GCABA-

COMUNA5)

Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Perdomo Carricart


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7064

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 1° de la Acordada N° 4-TECABA/25 aprueba la fórmula para realizar la consulta popular convocada por la Junta Comunal nro. 5 en forma simultánea con la elección general del próximo 18 de mayo, de acuerdo con las pautas indicadas en el considerando 4 del presente, en el marco de la Resolución Comunal N° 1470953-COMUNA5/25, que comunicó al Instituto de Gestión Electoral que la denominación para la Comuna N° 5 a ser sometida a Consulta Popular es ALMAGRO-BOEDO, y la misma debe ser llevada a cabo en la fecha en que las Autoridades Electorales fijen la celebración de elecciones para autoridades locales durante el año 2025.</p><p>Artículo 2° hace saber al Instituto de Gestión Electoral que deberá diseñar y aprobar el instrumento de votación de la consulta popular de conformidad con las pautas del considerando 4 del presente.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1 de la Resolución Comunal 1470953-COMUNA5/25 comunica al Instituto de Gestión Electoral que la denominación para la Comuna 5 a ser sometida a Consulta Popular es ALMAGRO-BOEDO, y la misma debe ser llevada a cabo en la fecha en que las Autoridades Electorales fijen la celebración de elecciones para autoridades locales durante el año 2025, en virtud de lo resuelto por la Junta Comunal 5 conforme ANEXO I.</p>