RESOLUCIÓN COMUNAL 1470953 2025 COMUNA 5
Síntesis:
COMUNICA AL INSTITUTO DE GESTIÓN ELECTORAL - DENOMINACIÓN PARA LA COMUNA N° 5 A SER SOMETIDA A CONSULTA POPULAR - ALMAGRO-BOEDO - ELECCIONES - 2025
Publicación:
19/02/2025
Sanción:
06/01/2025
Organismo:
COMUNA 5
VISTO: Las Leyes N° 89 y N° 1.777, el Expediente Electrónico N° EX-2024-47568642-
GCABA-COMUNA5, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 1.777 establece las normas de organización, competencia y
funcionamiento de las Comunas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 127,
siguientes y concordantes de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que conforme la misma, las Comunas son unidades de gestión política y
administrativa descentralizada con competencia territorial, patrimonio y personería
jurídica propia;
Que el artículo 6° de dicha norma indica que las Comunas se identifican de la manera
consignada en el Anexo A, hasta tanto los electores de cada una definan su
denominación mediante consulta popular convocada por la Junta Comunal;
Que la Ley N° 89 que regular el proceso de Consulta Popular, explicita que la misma
puede ser convocada por las autoridades comunales, mediante el instrumento que
establezca la Ley que regule su organización y competencias, y que dicha
convocatoria debe contener (a) la decisión puesta a consideración del electorado; (b)
la pregunta que ha de responder el electorado, formulada de manera afirmativa y (c) la
fecha en que se realizará la Consulta Popular;
Que concluido el proceso Consulta, en el cual la opinión del electorado se considera
como positiva o negativa a simple pluralidad de sufragios, la Junta Comunal remitirá
un proyecto de Ley con la denominación propuesta, para su tratamiento por la
Legislatura de la Ciudad;
Que la Junta Comunal que presido, conforme Resolución que obra como ANEXO I (IF-
2025-01469525-GCABA-COMUNA5) de la presente, decidió, en virtud de las
consideraciones que emanan de dicho acto, la denominación a ser elevada a Consulta
Popular, la pregunta que ha de responder el electorado, y la fecha en que se realizará
la misma, todo ello en virtud de la normativa precedentemente detallada.
Por ello, en virtud de los artículos 6° y 29° de la Ley N° 1.777,
Artículo 1°.- Comunicar al Instituto de Gestión Electoral que la denominación para la
Comuna N° 5 a ser sometida a Consulta Popular es "ALMAGRO-BOEDO", y la misma
debe ser llevada a cabo en la fecha en que las Autoridades Electorales fijen la
celebración de elecciones para autoridades locales durante el año 2025, en virtud de
lo resuelto por la Junta Comunal N° 5 conforme ANEXO I(IF-2025-01469525-GCABA-
COMUNA5)
Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Perdomo Carricart