RESOLUCIÓN 4 2025 SECRETARIA DE INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL
Síntesis:
APRUEBA ALTA - INVENTARIO ÚNICO DE TRÁMITES IUT - TRÁMITE IVC - IMPUTACIÓN DE PAGOS - INSTITUTO DE VIVIENDA - SECRETARÍA DE INNOVACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE LA CIUDAD
Publicación:
05/03/2025
Sanción:
25/02/2025
Organismo:
SECRETARIA DE INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL
VISTO: Las Leyes Nros 3.304 (texto consolidado por Ley N° 6.764) y 6.684, los
Decretos Nros. 118/22 y 387/23 y sus modificatorios, la Resolución N° 70-SECITD/22,
la Resolución Conjunta N° 1-SECITD/22, el Expediente Electrónico N° EX-2024-
45706286- -GCABA-IVC, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 3.304 estableció el "Plan de Modernización de la Administración Pública
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires" a fin de encarar un proceso de
modernización administrativa;
Que el artículo 3° de la mencionada Ley establece que la Jefatura de Gabinete de
Ministros es la autoridad de aplicación;
Que los artículos 1° y 2° del Decreto N° 118/22 establecen un Modelo de Gobernanza
de los Datos y un Sistema de Interoperabilidad del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires que interconecte los sistemas de información de todas las áreas de gobierno
para garantizar el intercambio de datos de manera segura, transparente y confidencial;
Que mediante artículo 7° del Decreto aludido, se creó el Inventario Único de Trámites
(IUT), dentro del Módulo Registro de Legajo Multipropósito (RLM) del Sistema de
Administración de Documentos Electrónicos (SADE), estableciendo que el mismo será
implementado y organizado por la Secretaría de Innovación y Transformación Digital, o
el organismo que en el futuro la reemplace, de la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que, de la misma manera, se estableció que todas las reparticiones deberán informar
los trámites que tengan en su órbita, a fin de incorporarlos al mencionado Inventario en
las formas, plazos y condiciones que determine la Secretaría de Innovación y
Transformación Digital para asegurar su vigencia;
Que el Inventario Único de Trámites (IUT) consolida todos los trámites vigentes del
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de acuerdo a lo declarado por cada
repartición;
Que, mediante la Resolución N° 70-SECITD/22, se aprobó el "Reglamento Operativo
del Inventario Único de Trámites (ROIUT)";
Que el artículo 3° de la mentada Resolución encomendó a la Dirección General de
Eficiencia Administrativa la gestión de todas las acciones necesarias para dar
cumplimiento al "Reglamento Operativo del Inventario Único de Trámites (ROIUT)";
Que en el marco de ello, por medio de la Resolución Conjunta N° 1-SECITD/22 se
aprobó el Anexo I, estableciendo el "Procedimiento para la incorporación de nuevo
trámite o modificación de uno existente en el Inventario Único de Trámites (IUT)"
Que la misma norma, establece que el área responsable deberá pasar por el control
interno del área competente en la materia, la cual confeccionará un informe con las
recomendaciones pertinentes y un informe evaluatorio para la incorporación del nuevo
trámite;
Que por la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires contemplando a la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que por el Decreto N°387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando
a la Secretaría de Innovación y Transformación Digital dependiente de la Jefatura de
Gabinete de Ministros, y a el Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que el mencionado Decreto establece, entre las responsabilidades primarias de la
Secretaría de Innovación y Transformación Digital, las de fomentar el diseño ágil de
procesos, la digitalización y la coordinación de las políticas de transformación de la
gestión administrativa dentro del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
incentivando la incorporación de nuevas metodologías de trabajo, el uso de
herramientas y sistemas digitales y la optimización de los procesos; intervenir en el
diseño y coordinación de las políticas de transformación y modernización en las
distintas áreas de gobierno y la propuesta de las normas en la materia; supervisar el
diseño de procesos y asistir en esta materia a todas las áreas del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires que lo requieran y supervisar la implementación de
las iniciativas de modernización, relativas a la gestión y modernización administrativa y
tecnológica, procesos y servicios al ciudadano;
Que, a su vez, el Decreto establece, entre las responsabilidades primarias del Instituto
de Vivienda de la Ciudad, las de ejercer las facultades conferidas por la Ley N° 1.251;
Que la Ley N° 1251 (texto consolidado por Ley N° 6764) en su artículo 3° establece
que el Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "(...) tiene por
objeto la ejecución de las políticas de vivienda del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires (...) y asesorar al Jefe de Gobierno en la materia de su competencia de
acuerdo con lo establecido en el artículo 31 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires (...)";
Que asimismo, la referida Ley, fija en su artículo 4° que "Son principios de la presente
Ley (...) "Integrar a las distintas áreas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires en la gestión de políticas de hábitat y vivienda";
Que, en atención a lo expuesto, resulta necesario el dictado del acto administrativo
pertinente en virtud de lo dispuesto por el artículo 9° del Anexo I de la Resolución
Conjunta N° 1-SECITD/22;
Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Secretaría de
Innovación y Transformación Digital y la Dirección General Técnica, Administrativa y
Legal del Instituto de Vivienda han tomado la intervención que le compete;
Que en uso de las atribuciones y facultades legales que le son propias,
Artículo 1°.- Aprobar el Alta del trámite "IVC IMPUTACIÓN DE PAGOS" en el
Inventario Único de Trámites (IUT).
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Dirección General de Eficiencia Administrativa a fin de proceder a la
carga en el Inventario Único de Trámites (IUT) del Alta del Trámite: "IVC
IMPUTACIÓN DE PAGOS". Cumplido, archívese. Coppola - Piola