DISPOSICIÓN 26 2025 DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS
Síntesis:
APRUEBA - PROCEDIMIENTO - CIRCUITOS DE AUTORIZACIONES DE COBERTURA DE VACANTES - MODELO DE COMUNICACIÓN OFICIAL - DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS
Publicación:
03/04/2025
Sanción:
25/03/2025
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS
VISTO: Las Leyes Nros. 6.767, 6.035, 6.684, 471 (texto consolidado por Ley N°
6.764); los Decretos N° 40/25, N° 254/24; la Resolución N° 4565/GCABA/MEFGC/19;
el Acta de Negociación Colectiva N° 19/22, instrumentada mediante Resolución N°
5620-GCABA-MHFGC/22; el Acta de Negociación Colectiva N° 31/23, sus
ampliaciones y modificatorias; y el Expediente Electrónico N° 2025-12718443-GCABA-
DGAYDRH;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 6.684, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 17 de la mencionada Ley, el Ministerio de
Salud tiene como objetivos la planificación y administración de los recursos del
Sistema de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como la
regulación y control de las actividades desarrolladas por los efectores de salud en el
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre otros;
Que, por medio del Decreto N° 254/24 se modificó la estructura organizativa del
Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se creó,
en el ámbito de la Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos
Humanos, la Subgerencia Operativa Registro, Autorización y Seguimiento de
Cobertura de Vacantes, dependiente de la Gerencia Operativa de Planificación y
Control de Recursos Humanos del Sistema de Salud;
Que entre las competencias asignadas a dicha Subgerencia se incluyen la verificación
de las vacantes de los distintos escalafones del personal del Ministerio de Salud, el
registro de la creación de nuevos cargos, la gestión del financiamiento de las bajas
que puedan ser cubiertas por concurso, en coordinación con las áreas
correspondientes, así como el diligenciamiento de los procesos concursales en dicha
Dirección General, incluyendo los pedidos de inicio de concurso y su control
presupuestario, entre otros;
Que la Ley N° 6.767, referida a la Carrera de Enfermería Profesional del Sistema
Público de Salud, establece en su artículo 9°, que el ingreso a la carrera de enfermería
del Sistema Público de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
se formaliza mediante acto administrativo emanado de autoridad competente, previo
concurso público abierto de conformidad con las reglas que se establezcan por vía
reglamentaria;
Que la Ley N° 6.035, referida a la Carrera de Profesionales de la Salud, establece el
Reglamento de Concursos para la Carrera de Profesionales de la Salud, y mediante la
Resolución N° 4565/GCABA/MEFGC/19 se aprueban los Anexos I, II, III, IV y V, que
conforman la reglamentación del Capítulo XI de dicha Ley;
Que el artículo 6° de la Ley N° 471 y sus modificatorias establece que el ingreso de
personal a la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires debe
formalizarse mediante acto administrativo emanado de la autoridad competente, previo
concurso público abierto conforme a las reglas establecidas por vía reglamentaria;
Que, en este contexto, y con el objetivo de promover la eficiencia, organización,
registro e implementación de medidas orientadas a la mejora de los procesos, es
necesario contar con adecuaciones normativas y aclaraciones pertinentes;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1°.- Aprobar el procedimiento a partir de la fecha de la presente para los
diferentes circuitos de autorizaciones de cobertura de vacantes, según se detalla en el
Anexo I (IF-2025-12683570-GCABA-DGAYDRH), el Anexo II (IF-2025-12683553-
GCABA-DGAYDRH), el Anexo III (IF-2025-12683514-GCABA-DGAYDRH), el Anexo
IV (IF-2025-12683531-GCABA-DGAYDRH), y el Anexo V (IF-2025-12683499-GCABA-
DGAYDRH), que estará a cargo de la Subgerencia Operativa Registro, Autorización y
Seguimiento de Cobertura de Vacantes.
Artículo 2°.- Aprobar e implementar, a partir de la fecha de la presente, el modelo de
comunicación oficial que deberá utilizarse para solicitar el cambio de especialidad de
la vacante a concursar, conforme al circuito correspondiente, identificado como Anexo
VI (IF-2025-12683619-GCABA-DGAYDRH).
Artículo 3°.- Aprobar e implementar, a partir de la fecha de la presente, el modelo de
comunicación oficial que deberá utilizarse para solicitar el bloqueo preventivo de
haberes, conforme al circuito correspondiente, identificado como Anexo VII (IF-2025-
12683594-GCABA-DGAYDRH).
Artículo 4°.- Establecer a la Subgerencia Operativa Registro, Autorización y
Seguimiento de Cobertura de Vacantes, dependiente de la Gerencia Operativa de
Planificación y Control de Recursos Humanos del Sistema de Salud de esta Dirección
General, la que será responsable de recepcionar las bajas y solicitudes de concursos,
así como de caratular los expedientes que resulten de dichos procesos, dándoles
curso a las áreas competentes.
Artículo 5°.- Todo método de solicitud que no cumpla con las formas o el alcance
establecidos en esta norma carecerá de los requisitos de formalidad establecidos, y
será considerado nulo hasta tanto se ajuste a lo dispuesto en la presente Disposición.
Artículo 6°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y,
para su conocimiento y efectos, comunicar a la Subsecretaría de Atención Hospitalaria
y a la Subsecretaría de Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria, dependientes
del Ministerio de Salud, y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del
Ministerio de Hacienda y Finanzas, a fin de que tomen conocimiento de lo dispuesto.
Klappenbach